Pequeña defensa de la Constitución
El problema catalán no se produce en el marco de un Estado centralista a la francesa
En el primer número de la Revista Española de Ciencia Política, publicado en 1999, el politólogo Juan José Linz, uno de los padres de la ciencia política moderna, publicó un interesante artículo llamado Democracia, multinacionalismo y federalismo. El trabajo de Linz, un ejercicio de análisis sobre la compleja forma en la que se articulan federalismo, democracia e idea nacional, sostenía que cualquier Estado multinacional debería basarse en el pluralismo y en el reconocimiento del valor de la diversidad, antes que en la mera aceptación de la pluralidad de la sociedad como un hecho.
No deja de llamar la atención que el modelo elegido por Linz para ilustrar su razonamiento fuese la Constitución española de 1978. Según Linz, su preámbulo formulaba muy bien su tesis: “La Nación española (…) proclama su voluntad de: (…) proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones”. Y nos decía que se completa en el artículo 3.3, cuando la Constitución establece que: “La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección”.
Recuperar las ideas de Linz no es un mero ejercicio de arqueología académica. Al contrario, se trata de incorporar una voz autorizada al debate sobre la reforma constitucional que va tomando cuerpo tras las elecciones catalanas. Una voz que pone en valor la capacidad de la Constitución de 1978 para responder a la cuestión nacional y que hace justicia a su vocación de reconocimiento de la pluralidad territorial española. Aún más, una voz que señala la sintonía del texto constitucional y el Estado de las autonomías con los principios que inspirarían una constitución de corte federal y plurinacional.
En nuestro debate público, quienes cifran la solución del problema catalán en una reforma constitucional que lleve la singularidad catalana a la ley fundamental tildan de “inmovilista” o “defensor del statu quo” a cualquiera que ose plantear una mínima sombra de duda sobre su proyecto. Y las etiquetas no se eligen al azar, sino que trabajan sobre el trasfondo de nuestra historia política reciente y tienen, por ende, un sentido peyorativo claro. Sin embargo, al promocionar una imagen de la Constitución como realidad jurídica impermeable a la singularidad catalana, no solo se oscurece la verdadera naturaleza de la planta del Estado, sino que se induce a la opinión pública a hacer una evaluación equivocada de los orígenes de la actual crisis. Pues el problema catalán no se produce en el marco de un Estado centralista a la francesa, sino en una estructura de organización territorial que destaca en el entorno europeo por su nivel de descentralización y autogobierno de sus regiones y nacionalidades.
Obviar la singularidad de nuestro sistema territorial y hacerlo para acomodar los hechos a una estrategia de tercera vía, que se dice virtuosa por ubicarse entre separatistas e inmovilistas, ha contribuido de forma imprudente, primero, a una mala comprensión de la naturaleza y lógica política del nacionalismo y, segundo, a desdibujar su responsabilidad en el estado actual de las cosas.
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