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La ley de vivienda abre la puerta a regular el alquiler de temporada para evitar las “trampas” de algunos caseros

Una disposición adicional introducida durante la negociación parlamentaria obliga a crear un grupo para estudiar esta modalidad de contrato, que se usa en algunos pisos de estudiantes o por trabajadores desplazados

Alquiler vivienda
La ministra de Transportes, Raquel Sánchez (izquierda), la ministra portavoz, Isabel Rodríguez (centro), y la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, tras un Consejo de Ministros, el pasado diciembre.EDUARDO PARRA (Europa Press)
José Luis Aranda

La ley de vivienda que el Congreso de los Diputados prevé votar este jueves abre la puerta a una futura regulación de los alquileres de temporada. Según el texto publicado este lunes en la web de la Cámara baja, una disposición adicional recoge esta posibilidad. En concreto, la norma da un plazo de seis meses para constituir “un grupo de trabajo para avanzar en una propuesta normativa de regulación de los contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda”. En el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana precisan que la labor de los expertos será buscar “un mecanismo para evitar que esta figura se use en fraude de ley”, un asunto de mucha “complejidad” y que nada tiene que ver, subrayan, con la enmienda que ha presentado Unidas Podemos para limitar los pisos turísticos en las áreas tensionadas de precios.

De hecho, la disposición adicional quinta del proyecto alude al artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Ese es el que define los alquileres de todo lo que no es la vivienda habitual, pero no los turísticos, porque estos quedan específicamente excluidos de la norma en otro punto. Como explica José Ramón Zurdo, director general de la compañía de intermediación inmobiliaria Agencia Negociadora del Alquiler, el arrendamiento de temporada es aquel que “tiene una causa que justifique la temporalidad”. Esta puede ser laboral, de estudios o la que sea, pero debe quedar explicitada en el contrato. Es decir, que el inquilino tiene otra casa, pero necesita esa durante un periodo determinado. Por ejemplo, en el caso de personas que se desplazan a otra ciudad por trabajo durante un tiempo o en los pisos de estudiantes (si se alquilan enteros, si no, sería un alquiler de habitaciones).

La motivación es un tema central para los arrendamientos de temporada, añade Zurdo, porque lo que determina esta figura contractual “no es el plazo, es la causa”. Y porque “si no se dice la causa que justifique la temporalidad, es una trampa”. Es decir, un fraude de ley en toda regla en el que para el experto es fácil que los tribunales den la razón al inquilino —”solo tiene que alegar que no tenía otra vivienda donde residir cuando firmó el contrato para que eso se convierta en un arrendamiento de vivienda habitual”— aunque no es fácil evitar el coladero previo. De hecho, “fue algo que se notó muchísimo durante la pandemia”. Entonces, muchos pisos turísticos que vieron que esa actividad se cortó en seco intentaron arrendar el inmueble por meses para volver al mercado turístico cuando este se recuperara.

Algo así es lo que pretenden evitar el Gobierno y sus socios parlamentarios. Los expertos que se designen para ello estudiarán si hay manera de “evitar que se camufle un alquiler de vivienda habitual como un alquiler de temporada”, inciden en Transportes. Las mismas fuentes agregan que el asunto “ya se ha analizado y no se ha dado con la tecla, porque de lo contrario se hubiera incorporado ya en la ley”. Pero sí se halló “un consenso en que era un tema lo suficientemente complejo como para abordarlo fuera de los plazos de la negociación”.

Esos plazos serán de seis meses para la constitución del grupo de trabajo, pero no tendrá ningún otro horizonte temporal ni más compromiso que el de estudiar la cuestión a fondo y hacer alguna propuesta. La intención del Ejecutivo es consultar con los grupos parlamentarios, las comunidades autónomas y el sector inmobiliario, por lo que todavía no está definido quiénes ni cuántas personas formarán parte del grupo de trabajo.

No obstante, de cumplirse los vaticinios de una parte del sector inmobiliario, la materia podría ganar urgencia cuando la nueva norma estatal de vivienda entre en vigor. Zurdo se encuentra entre quienes pronostican que “van a proliferar contratos que permitan sortear las limitaciones que pone la ley”. Y cita los de habitaciones o los de temporada, dos figuras legales que “no están bien reguladas”. Pero también cree que puede haber un desplazamiento de pequeños inversores a otras actividades recogidas en la LAU, como los locales comerciales, o que quedan fuera de esta, como los pisos turísticos.

Estos, precisamente, han generado el último disenso en el seno del Ejecutivo a cuenta de la futura norma. Cuatro días antes de que se presente en el pleno para su votación, Unidas Podemos anunció este lunes una enmienda transaccional para limitar los apartamentos vacacionales en las denominadas áreas tensionadas, aunque fuentes de esa formación aseguran que no forzarán una votación sobre ello, a menos que todos los grupos que apoyan la ley estén de acuerdo. Esto último parece difícil, pues según recuerdan en Transportes, “la regulación de los pisos turísticos es competencia de las comunidades autónomas”. Se trata de un tema que también se vio en su día y sobre la que no hubo acuerdo. Máxime cuando los socios parlamentarios preferentes para sacar adelante la ley, ERC y Bildu, han sido muy garantes de las competencias autonómicas durante la negociación del texto en el Congreso.

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Sobre la firma

José Luis Aranda
Es redactor de la sección de Economía de EL PAÍS, diario donde entró a trabajar en 2008. Escribe habitualmente sobre temas de vivienda y referentes al sector inmobiliario. Es licenciado en Historia por la Universitat de València y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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