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El expresidente de SOS Cuétara, condenado a tres años de cárcel por delito fiscal

La Audiencia Nacional condena al empresario por urdir una trama para defraudar a Hacienda con la devolución del IVA

J. J. Gálvez
Jesus Ignacio Salazar SOS Cuetara
Jesús Salazar, expresidente de SOS Cuétara, en una foto de archivoPablo Monge

Jesús Ignacio Salazar, expresidente de la empresa SOS Cuétara, suma una nueva condena. La Audiencia Nacional ha sentenciado este miércoles al exdirectivo a tres años de cárcel por urdir una trama para defraudar a la Agencia Tributaria. El tribunal, que lo considera culpable de un delito contra la Hacienda Pública y otro de blanqueo de capitales, subraya que el procesado pidió al fisco una devolución millonaria del IVA por una operación inmobiliaria de compraventa en Pilas (Sevilla) a sabiendas de que esta “había resultado fallida” realmente y con la “intención de apoderarse” del dinero. La Fiscalía solicitaba para Salazar una pena de 8 años de prisión.

Con esta nueva resolución, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal inflige un duro golpe al empresario, que se declaró “absolutamente inocente” durante el juicio celebrado el pasado junio. “El IVA íntegro se pagó [...] La Hacienda Pública no ha tenido ningún descalabro”, defendió Jesús Salazar en la vista oral por esta línea de investigación instruida por separado dentro del conocido como caso SOS. Una macrosumario que ya le supuso una primera condena al expresidente de la compañía alimenticia, que aceptó en 2020 una pena de 21 meses de cárcel por participar en el desvío de más de 200 millones de euros desde las cuentas de la sociedad a otras controladas por los acusados. Entonces, él y su hermano Jaime llegaron a un acuerdo con la Fiscalía y con Deoleo, heredera de SOS.

En esta nueva sentencia dictada este miércoles, la Audiencia Nacional rechaza la tesis de defensa de Jesús Salazar y subraya que “resulta evidente” que, pese a que él y uno de sus colaboradores (Francisco Blázquez) sabían de la “inexistencia de la referida compraventa” inmobiliaria, desde 2006 venían consignando “a compensar” las cuotas del IVA soportado en dicha operación en Pilas, “simulando que las mismas se habían realizado conforme a lo pactado en contrato, lo que no fue así”. Gracias a ello, en enero de 2010, los procesados solicitaron a la Agencia Tributaria la devolución de más de 2,5 millones de euros —que incluía otras operaciones en Sueca (Valencia) que sí se ejecutaron, según la Sala—. Todo ello, concluyen los jueces, “con la finalidad de obtener ese indebido rendimiento en la devolución tributaria que finalmente obtuvieron”.

La sentencia insiste en que entonces, una vez conseguido su objetivo, los investigados trazaron un plan para conseguir apropiarse del metálico de la mencionada devolución e introducirlo en el tráfico mercantil con la finalidad de ocultar su origen ilícito. Una trama donde, según mantuvo la acusación pública en el juicio, el expresidente de SOS llevaba la voz cantante y Francisco Blázquez, condenado a cuatro años de cárcel por dos delitos contra la Hacienda Pública y uno de blanqueo, ejercía el papel de mero ejecutor. Blázquez sustituyó a Salazar como administrador único en Ddal Inversiones, la sociedad utilizada por la trama para sus oscuros tejemanejes.

El fallo de la Audiencia Nacional impone también a Salazar una multa de 5,5 millones de euros, pero lo absuelve del delito de insolvencia punible, al igual que a su colaborador. Además, ambos deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Agencia Tributaria por una cantidad de 1,8 millones de euros. A la hora de calcular la pena a dictar, los jueces han aplicado la atenuante de dilaciones indebidas por haber estado la causa paralizada entre junio de 2018 y julio de 2020 a la espera del juicio de la pieza principal del caso SOS.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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