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Las empresas que se acojan al fondo de rescate no podrán repartir dividendos ni pagar bonus a sus directivos

El Gobierno prohíbe que las compañías empleen el dinero público para operaciones comerciales “agresivas”

La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa del Consejo de Ministros. En vídeo, Montero detalla los requisitos de las ayudas a empresas.Vídeo: Europa Press
Ramón Muñoz

El Gobierno no quiere que el fondo de 10.000 millones de euros de ayuda a las empresas consideradas estratégicas se convierta en un coladero que permita financiar aventuras empresariales o sueldos millonarios para los directivos como ya ocurrió con el rescate de las cajas de ahorro en la anterior crisis. De esta forma, las compañías no financieras que se acojan al fondo de rescate por la crisis de la covid-19 tendrán tres importantes limitaciones: no podrán abonar dividendos a sus accionistas, no podrán pagar primas ni bonus a sus directivos y consejeros y no podrán dedicar las ayudas públicas a una “expansión comercial agresiva”.

Así lo establecen las condiciones y requisitos para acceder a este mecanismo, aprobadas este martes por el Consejo de Ministros. Según las condiciones del fondo, el procedimiento tiene que iniciarlo la propia empresa afectada mediante solicitud por escrito acreditando una serie de condiciones: que su domicilio y centros productivos estén en España; no estar en crisis (ni en concurso voluntario ni en situación de insolvencia) a 31 de diciembre de 2019; estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no haber sido condenada por cohecho, prevaricación o malversación fondos públicos, y acreditar que sin esta ayuda cesaría en su actividad y tendría graves dificultades para mantenerse a flote.

Además, deberán justificar que su cese tendría un impacto negativo en la economía y en el empleo regional y presentar un plan de viabilidad a medio y largo plazo con previsión de reembolso de la ayuda estatal, que deberá acompasarse con la recuperación y la estabilización de la economía.

Dicho importe se incrementará en un 10% si transcurridos cinco años desde la aportación de capital, no se ha reducido al menos en un 40% la cuota de participación inicial. De mantenerse una participación con cargo al fondo transcurridos siete años desde la aportación de capital, el montante del reembolso se incrementará adicionalmente en un 10% sobre la participación viva en dicho momento. En las sociedades cotizadas, dichos incrementos del reembolso se producirán transcurridos cuatro y seis años respectivamente en las condiciones que se establezcan en cada caso.

Limitaciones

Hasta el reembolso definitivo del apoyo público temporal, el beneficiario estará sujeto a una serie de restricciones. En concreto, no se permite a los beneficiarios “ni practicar una expansión comercial agresiva financiada por las ayudas estatales ni asumir riesgos excesivos”. También quedará prohibido distribuir dividendos, abonar cupones no obligatorios o adquirir participaciones propias, salvo las de titularidad estatal por cuenta del fondo.

Además, hasta el reembolso del 75% del apoyo público, “la remuneración de los miembros del consejo de administración, de los administradores, o de quienes ostenten la máxima responsabilidad social en la empresa, no podrá exceder de la parte fija de su remuneración vigente al cierre del ejercicio 2019”. Es decir, bajo ningún concepto se abonarán primas u otros elementos de remuneración variable o equivalentes.

A partir de 25 millones de euros

El mecanismo de apoyo a estas empresas se articula bien mediante la concesión préstamos participativos, de deuda convertible o la compra de acciones. El importe mínimo será de 25 millones por beneficiario, salvo casos justificados, mientras que en lo relativo al importe máximo, se fijará el que sea imprescindible, siempre y cuando no supere el patrimonio neto de la compañía a 31 de diciembre 2019.

También se ha aprobado la composición y el funcionamiento del consejo gestor del fondo, que se pondrá en marcha antes de 30 días, y que es el órgano que decidirá si la ayuda se aprueba. Estará presidido por el presidente o vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y cuatro vocales del Gobierno.

La ministra portavoz, María Jesús Montero, señaló en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, que con esta medida se “refleja el compromiso del Gobierno para proteger y reforzar el tejido productivo”. El fondo, aprobado el 3 de julio por el Gobierno en el marco de las medidas autorizadas por Bruselas para hacer frente al impacto de la pandemia en el tejido empresarial, está dotado inicialmente de 10.000 millones y su objetivo es prestar apoyo público temporal a empresas no financieras afectadas por la pandemia y consideradas estratégicas a nivel nacional o regional.

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Sobre la firma

Ramón Muñoz
Es periodista de la sección de Economía, especializado en Telecomunicaciones y Transporte. Ha desarrollado su carrera en varios medios como Europa Press, El Mundo y ahora EL PAÍS. Es también autor del libro 'España, destino Tercer Mundo'.

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