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La CNMV pide que el sueldo del comité de auditoría no comprometa su independencia

El supervisor bursátil publica una guía con recomendaciones para el buen funcionamiento de estos organismos, que considera clave para la gestión del riesgo de las empresas

David Fernández
Sebastián Albella, presidente de la CNMV
Sebastián Albella, presidente de la CNMVKIKE PARA

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado una guía técnica sobre comisiones de auditoría. En este documento se introducen una serie de recomendaciones sobre cómo se debe establecer la relación de la comisión de auditoría con el auditor de cuentas, así como también con el auditor interno, unos aspectos "particularmente relevantes" para el supervisor bursátil.

Entre las 79 recomendaciones de la guía, el organismo presidido por Sebastián Albella incide en "la necesidad de independencia" de la comisión de auditoría con el objetivo de que cumpla mejor sus funciones de supervisión. En este aspecto, la CNMV insta a que la remuneración de los miembros de estos órganos sea "suficiente", pero no comprometa su independencia.

Asimismo, entre estas buenas prácticas sobre independencia, también se recomienda una "variedad adecuada" de perfiles entre los miembros de los comités. En relación a su funcionamiento, se detallan los contenidos que debe tener el el reglamento de la comisión y se recomienda su publicación en la página web de la entidad.

Además, se aconseja un mínimo de cuatro reuniones anuales con posibilidad de que asistan de manera "ocasional" consejeros ejecutivos u otras personas, si bien únicamente en virtud de invitación previa por parte del presidente de la comisión y solo para tratar puntos específicos del orden del día.

El supervisor también recomienda una "variedad adecuada" de perfiles entre los miembros de los comités

La CNMV también considera relevante que los miembros de la comisión tengan un "correcto" conocimiento y entendimiento del sistema de control interno de la información financiera para supervisar "adecuadamente" su eficacia. En este punto, la comisión de auditoría debe poder revisar y comentar los estados financieros y otra información no financiera relevante con la dirección, la auditoría interna y el auditor externo, según explica el supervisor.

La guía técnica se publica tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Auditoría de Cuentas, que encomienda a la CNMV la supervisión de dichas comisiones. Esta ley extendió la obligación de contar con comisión de auditoría a las denominadas "entidades de interés público" que canalizan ahorro a través de distintos instrumentos o son relevantes por su importancia, la naturaleza de su actividad, tamaño o número de empleados.

En 2002 se introdujo por primera vez en el ordenamiento jurídico la obligatoriedad de las comisiones de auditoría para las sociedades cotizadas y en 2015 se extendió dicha obligación a las entidades de interés público, que incluye a las entidades financieras en general y a las empresas no cotizadas cuyo tamaño excede ciertos umbrales. Según los últimos datos disponibles, actualmente hay 655 entidades de interés público establecidas en España.

"Las comisiones de auditoría han adquirido una importancia creciente y se han convertido en una pieza fundamental para asegurar la calidad de la información financiera y no financiera de las empresas", concluye la CNMV.

 

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Sobre la firma

David Fernández
Es el jefe de sección de Negocios. Es licenciado en Ciencias de la Información y tiene un máster en periodismo por EL PAÍS-UAM. Inició su carrera en Cinco Días y desde 2006 trabaja en EL PAÍS, donde se ha especializado en temas financieros. Ha ganado los premios de periodismo económico de la CNMV, Citigroup, Aecoc y APD.

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