Los proveedores pierden el pulso contra Hacienda por los intereses de demora
La justicia europea da la razón al Gobierno español, que evita el pago de 3.000 millones de euros
El Tribunal de Justicia de la UE ha respaldado este jueves la legalidad del plan de pago a proveedores del Gobierno. La justicia europea estima que las Administraciones Públicas no tienen que devolver los intereses de demora a las empresas que se acogieron al plan Montoro, y evita así una devolución multimillonaria a unas 230.000 empresas que habría rondado los 3.000 millones de euros, casi tres décimas del PIB.
En 2012 el Gobierno ofreció a pymes y autónomos cobrar anticipadamente deudas pendientes de las Administraciones a cambio de renunciar a los intereses de demora de hasta el 8% que les correspondía percibir. Gracias a esa rápida devolución, Hacienda estimó que podía crear o mantener miles de empleos al disponer de una liquidez que en caso contrario no tendrían. La Corte de Luxemburgo cree que el plan español no contradice la legislación comunitaria, dado que la ley europea "no se opone a una norma nacional que permite al acreedor renunciar a exigir los intereses de demora y la compensación por los costes de cobro como contrapartida al pago inmediato del principal de créditos devengados, siempre que esta renuncia sea libremente consentida". La sentencia deja en manos de los tribunales españoles la comprobación de que las empresas han renunciado voluntariamente a recibir intereses y compensaciones por los retrasos.
La decisión de los jueces coincide con la que ya expresara en mayo del pasado año la abogada general, que tampoco interpretó como abusivo el acuerdo entre proveedores y administraciones. La sentencia final de la Corte de Luxemburgo suele estar en sintonía con la opinión del letrado comunitario en la mayoría de ocasiones, pero no siempre es así, por lo que la decisión de este jueves supone una incertidumbre menos para el Gobierno español y una decepción para las empresas que habían mostrado sus dudas sobre la legalidad de dicho pacto y aún mantenían la esperanza de percibir los intereses. "Teníamos la convicción de que la sentencia del TJUE supusiera un punto de inflexión en la lucha contra la morosidad en España, pero su interpretación excepcional lo que genera es una posición de dominio de las Administraciones Públicas en el pago a proveedores", ha criticado el presidente de la Plataforma multisectoral contra la morosidad, Antoni Cañete.
La consulta a los tribunales europeos llegó por parte de un juzgado de Murcia, que preguntó si el acuerdo era contrario a su directiva sobre morosidad después de que la compañía IOS Finance presentara un recurso. La empresa adquirió créditos pendientes de pago a algunos proveedores del servicio de salud de Murcia.
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