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JUICIO POR TRATO DE FAVOR FISCAL

Los peritos consideran "ilegal y arbitraria" la actuación de Ibarra

Aseguran que en un mismo día se iniciaron y se cerraron inspecciones

El exjefe de la Inspección Fiscal de Vizcaya, Juan Ramón Ibarra, carecía de amparo legal para tener un listado protegido de contribuyentes y tuvo una actuación "ilegal, arbitraria e injusta". Es la opinión expresada por los dos peritos judiciales que analizaron ayer la causa en la que se imputa a Ibarra y a otros tres funcionarios de la Inspección vizcaína por un presunto trato de favor a contribuyentes.

Los peritos Alejandro Luelmo y Alfredo Pérez incidieron en una de las irregularidades que se ha repetido en las seis semanas de la vista, como la paralización de investigaciones a contribuyentes o la obstrucción a las pesquisas. Se refirieron a varios casos en los que en el mismo día se abrió una inspección y se liquidó. "Es evidente que no tiene lógica", apuntó Luelmo. "Es imposible iniciar una actuación inspectora hoy y liquidarla el mismo día. Si eso no lo ve nadie, supone que se tapa a un contribuyente. Y cuando el director [de Hacienda] pide datos, esos contribuyentes no aparecen como inspeccionados".

El listado protegido "no está amparado por ninguna norma", declaran

La retirada de expedientes iniciados fue abordada también por los peritos, a preguntas de la Fiscalía. Aunque en la vista inspectores y altos cargos de Hacienda han asegurado que era una iniciativa que podía partir del director o el diputado foral, los peritos aseguraron que la legislación establece que las retiradas se debe basar en un informe del inspector del caso y luego corrobado por el inspector jefe. "No he visto ninguna justificación en las retiradas", dijo Alejandro Luelmo, quien precisó que esta medida es "absolutamente excepcional" y debe estar motivada. En la Hacienda vizcaína, estas retiradas de casos, que motivaron un hondo malestar entre los inspectores, se justificaban mayoritariamente por razones de "eficacia y oportunidad".

Sobre el listado de Ibarra, aseveraron que evitaba la inspección de los contribuyentes incluidos, lo que "no está amparado por ninguna norma de lejos". Negaron que por su cargo de subdirector tuviera competencias para realizar inspecciones y cuando actuó con esta labor, la investigación a "gran parte de los contribuyentes" finalizaba con un "comprobado y conforme. En algún caso se levantaron deudas pero de cuantía poco relevante. Y en un 40% de ellas hubo condonaciones". En contra de lo que sostiene Ibarra que la lista era para uso informativo, expresaron que ese seguimiento a contribuyentes "no es tributario, es policial".

Las defensas de los imputados buscaron las contradicciones de los peritos, que no supieron aclarar si existe constancia documental de que no se pudiera investigar fiscalmente a los contribuyentes del listado. Sobre la competencia de Ibarra para actuar como inspector, admitieron que la legislación da pie a interpretaciones.

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