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Carreras & capital humano
Columna
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De nuevo la jubilación

Como ya comentamos, el Real Decreto Ley de "medidas para la reducción del déficit público" incide en el régimen jurídico de la jubilación. A la espera de la "prevista" reforma de la Seguridad Social, que podría incluir un aumento de la edad de jubilación, hemos asistido ya a un primer paso en el endurecimiento de los requisitos de acceso a la misma. La eliminación del régimen transitorio de la jubilación parcial ha supuesto, por ejemplo, que desde la semana pasada, el acceso a la misma exija, entre otras condiciones, haber cotizado 30 años a la Seguridad Social.

Sin embargo, no sólo la jubilación parcial ha resultado afectada. Existe también otra medida que ha pasado más desapercibida, pero que tiene igualmente una gran trascendencia. Nos referimos a la supresión del régimen transitorio del periodo mínimo de cotización exigido para el acceso a la pensión de jubilación contributiva.

Recordemos que la reforma de la Seguridad Social llevada a cabo en 2007 eliminó la posibilidad de sumar los días correspondientes a las pagas extraordinarias a los días efectivamente cotizados, a efectos de cubrir el mínimo de cotización fijado. El legislador alegó que con ello se pretendía "incrementar la proporcionalidad entre cotizaciones y prestaciones", evitando "situaciones de falta de equidad", pero lo cierto es que su aplicación práctica perjudicó notablemente a muchos trabajadores que al no poder acreditar el periodo de cotización requerido al cumplir la edad de jubilación, debían seguir trabajando. Por ello se fijó un régimen transitorio.

Régimen que consistía en ir incrementado gradualmente, por periodos de 6 meses, los días cotizados exigidos para acceder a la pensión, de forma que hasta 2013 se irían añadiendo 77 días más por cada semestre. Así, durante este primer semestre de 2010, quienes accedían a la pensión de jubilación debían acreditar como mínimo 5.008 días cotizados.

No obstante, tras la supresión por el Decreto Ley del régimen transitorio, el acceso a la pensión de jubilación va a exigir acreditar, al menos, 5.475 días. Es decir, de un día para otro, el periodo mínimo de cotización se ha incrementado en 467 días más o, lo que es lo mismo, un año y tres meses. Medidas como esta son de esperar en un momento en el que se exige una gran austeridad a las cuentas públicas. -

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