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Tribuna:Economía global
Tribuna
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En crecimiento o recesión, siempre a vueltas con el coste del despido

A falta de iniciativas útiles y eficaces frente a la crisis, determinados sectores vuelven a colocar el coste del despido y su nivel de protección en el centro del debate, utilizando como argumento un falso análisis comparado con la situación en la Unión Europea, presentando España como el país en el que el despido es caro y, además, está trufado de un proceso administrativo-judicial que lo dificulta.

Nada más alejado de la realidad. En España, la destrucción masiva de empleo, a diferencia del resto de la Unión Europea, se produce por un ajuste abusivo, vía finalización de los contratos temporales o despidos improcedentes, y no sólo por las debilidades de nuestro modelo productivo.

Aun con cuatro millones de parados, la temporalidad afecta al 25% de los ocupados
El camino ha de ser el de la convergencia con Europa, también desde el punto de vista social

El problema es la temporalidad, que, aun con cuatro millones de parados, representa el 25% de la población asalariada ocupada, muy por encima de la media de la UE, donde está algo por encima del 10% y es utilizada, en momentos de crecimiento, como mano de obra no especializada, pero sí muy flexible y de un coste por su nivel de precariedad mucho más bajo que el de la mano de obra estable, y en momentos de crisis como el actual, como vía de ajuste de las plantillas. Esto sencillamente no ocurre en Europa.

Quiero también llamar la atención sobre el trasvase que se produce de trabajadores en situación de alta precariedad contractual a la economía sumergida. Algo excepcional en la UE.

Sobre la masiva destrucción de empleo, hay que aportar los siguientes datos: el 55% de los despidos proviene del ajuste vía contratos temporales; el 35%, de despidos improcedentes, es decir, despidos sin causa que los justifique, y el 4%, de ERE. Estas vías sí son las realmente excepcionales en Europa.

Por tanto, podemos afirmar que el despido es "altamente flexible" en España, siendo la contratación temporal su primera fuente. Es demoledor, por otra parte, el dato de que a través de los despidos sin causa que los justifique, es decir, los improcedentes, se produzcan el 35% del total.

En cuanto al coste, la indemnización de los eventuales y de los contratados por obra y servicio determinado es de ocho días por año de trabajo; la del despido objetivo es de 20 días por año de trabajo hasta un máximo de 12 mensualidades; la del improcedente, 45 días por año, y el que se produce a través de ERE es también de 20 días por año hasta un máximo de 12 mensualidades.

Como es necesario subrayar el doble papel que juega el Fondo de Garantía Salarial: directo en materia de ERE y de despido objetivo en las empresas de menos de 25 trabajadores, en los que aporta el 40% de los 20 días por año de indemnización; subsidiario en los casos de insolvencia, donde el Fogasa aporta 20 días hasta el máximo de una anualidad, y en el resto, 30 días, también hasta el máximo de una anualidad.

España, con relación a la UE-15, es una excepción en materia de despidos.

En Italia, Francia, Alemania o Suecia, que son una referencia, el despido no es libre, ya que está altamente protegido a través de la participación de los sindicatos y del propio Poder Judicial.

En España, si un trabajador es despedido y el juzgado de lo social resuelve la improcedencia del mismo, no es el trabajador, tampoco el juez, los que determinan si el trabajador se reincorpora a su puesto de trabajo, sino que es la propia empresa la que decide. Sobra decir que prácticamente en el cien por cien de los casos el trabajador, a pesar de haber sido despedido injustamente, no se reincorpora al puesto de trabajo.

En Francia y Alemania, en los casos de despido sin causa, es el propio juez el que determina si el trabajador se reincorpora a su puesto de trabajo. Es obvio decir que la ley les da amplias potestades a los representantes de los trabajadores en el proceso previo a la resolución judicial. En Italia y Suecia es el propio trabajador quien decide si se reincorpora o no a su puesto de trabajo.

Por tanto, cuando se habla de rigideces, rigor y racionalidad es lo que hay que demandar a quienes, siempre buscando nuevas ventajas a costa de derechos, intentan poner el asunto del despido y de su coste en el centro del debate.

No voy a obviar que, para algunas modalidades, el coste del despido es algo menor en estos países que en España, pero no podemos en ningún caso pasar por alto que el despido no está descausalizado, y los niveles de protección por desempleo, tanto en cuantía como en duración, son mucho mayores.

Por tanto, el camino nunca ha de ser el de la desconvergencia, sino, por el contrario, el de converger, y sobre todo en lo positivo, desde el punto de vista social, para la economía y para el país, que seguro nos irá mejor.

Rodolfo Benito Valenciano es secretario Confederal de Estudios de CC OO y presidente de la Fundación Primero de Mayo.

La crisis ha poblado de colas las inmediaciones de las oficinas de empleo.
La crisis ha poblado de colas las inmediaciones de las oficinas de empleo.ULY MARTÍN

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