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El Gobierno reforzará la independencia del Consejo de Garantías Estatutarias

El Parlament no podrá destituir a los miembros del nuevo organismo

El actual Consejo Consultivo pasará a denominarse Consejo de Garantías Estatutarias en unos pocos meses. El cambio de nombre llevará asociado una reestructuración del organismo, que podrá emitir dictámenes vinculantes sobre aspectos relacionados con el título de deberes y derechos del Estatuto y verá aumentar de siete a nueve el número de consejeros. Éstos, además, tendrán más garantías para reforzar su independencia.

Estos cambios son los que recoge el anteproyecto de ley del Consejo de Garantías Estatutarias, que el Gobierno está acabando de elaborar y del que el presidente José Montilla entregó ayer una copia al líder de la oposición, Artur Mas, en un acto que el consejero de la Vicepresidencia, Josep Lluís Carod, definió como "gesto de cortesía institucional".

El consejo que deberá garantizar la constitucionalidad de las leyes que emanen del Parlament y procurar que éstas encajen también en el Estatuto está previsto en la carta autonómica aprobada en referéndum el pasado mes de junio. La novedad más destacada de la reforma es que el nuevo consejo no tendrá un carácter meramente consultivo como el actual. Algunos de sus dictámenes tendrán carácter vinculante. Concretamente, cuando esté en cuestión el cumplimiento del título de Deberes y Derechos del Estatuto.

Fuentes parlamentarias explican que este punto supondrá más carga de trabajo para el Consejo. Ello justificaría que los siete consejeros actuales pasen a ser nueve en el futuro. El sistema de elección de estos consejeros no variará, pero sí que se modifican las condiciones para cesarlos. No podrá hacerlo ni el Parlament ni el presidente del Consejo, una medida que se ha adoptado para reforzar la independencia de sus miembros, sobre todo ahora que sus decisiones podrán tumbar leyes del Parlament.

Más incompatibilidades

En cambio, sí va a limitarse la permanencia en el cargo: no podrán ostentarlo más de nueve años. También se verán endurecidas las incompatibilidades de los consejeros. Éstos sólo podrán alternar su labor en el consejo con la docencia o la investigación universitaria. En ningún caso podrán tener una actividad profesional o mercantil relacionada con materias objeto de discusión en el Consejo de Garantías Estatutarias. Con ello se pretende evitar casos como los del ex presidente Joaquín Tornos o de Agustí Bassols, quienes desde su despacho profesional elaboraron informes legales para la Generalitat.

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Más allá de estos cambios, el Consejo de Garantías Estatutarias mantendrá las atribuciones del Consejo Consultivo.

Si el Parlament decide presentar un recurso de inconstitucionalidad contra una ley, los grupos o diputados legitimiados tendrán que pedir un dictamen al Consejo en un plazo no superior a treinta días desde la publicación del texto. Entonces, el Consejo tendrá otro mes para pronunciarse. Con la aprobación de la ley del Tribunal de Garantías Estatutarias, los actuales consejeros del Consultivo se mantendrán en su cargo hasta que no se constituya formalmente el nuevo organismo. El Tribunal también se nutrirá del personal ya contratado por el Consultivo, que mantendrá los mismos deberes y derechos.

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