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Análisis:Inversión | CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Capital corporativo

El año 2004 ha sido exitoso para el sector del capital riesgo en España. El volumen invertido alcanzó máximos históricos (1.967 millones de euros) y la captación de nuevos fondos (2.044 millones de euros) sólo fue superada por la obtenida en 2000. El mercado español se ha globalizado: el 43% de los recursos gestionados en España en 2004 procedían de inversores extranjeros. En 2005 se espera que continúe la tendencia con un volumen de inversión materializada en el primer trimestre de 475 millones, lo que supone un crecimiento interanual del 139%.

En las operaciones capital riesgo en España empieza a ser frecuente la inversión en empresas cotizadas para sacarlas de Bolsa. Este tipo de operaciones se caracterizan por requerir un volumen de fondos elevado y ofrecer un menor riesgo, y son realizadas por sociedades extranjeras o no constituidas como entidades de capital riesgo, ya que la Ley 1/1999 de Capital Riesgo prohíbe la entrada en empresas cotizadas en el mercado de valores.

La futura ley permite un segmento de capital riesgo dirigido a las exclusiones de Bolsa y con un perfil de más capital y menos riesgo

El actual Proyecto de Ley de las Entidades de Capital Riesgo (ECR) introduce la importante novedad de permitir la adquisición de empresas cotizadas, siempre y cuando sean excluidas de la cotización en los doce meses siguientes a la toma de la participación. Las ECR podrán invertir en empresas cotizadas para excluirlas de cotización, manteniendo las ventajas fiscales en el momento de la desinversión.

La futura ley permite la aparición de un segmento de capital riesgo dirigido a las exclusiones de Bolsa y con un perfil de más capital y menos riesgo, lo que podríamos denominar capital corporativo. El efecto positivo de este tipo de operaciones puede ser menor, al dirigirse a empresas que ya han alcanzado la madurez financiera. No hay que olvidar que las ventajas fiscales otorgadas a las entidades de capital riesgo se justifican por su capacidad para aportar recursos propios a empresas que, por su tamaño, tienen difícil el acceso a los mercados de capitales.

Diego Abellán y Arturo Rojas son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas (Grupo Analistas).

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