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Columna
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Balanza fiscal y financiación autonómica

La reciente publicación del trabajo elaborado por un grupo de expertos designados por la parte catalana de la comisión mixta de valoraciones Administración del Estado-Generalitat de Cataluña para la actualización de la balanza fiscal de Cataluña con la Administración central ha arrojado más luz sobre un tema que tiene una larga tradición académica, en particular entre los economistas catalanes. Conocer el impacto territorial de los flujos que genera la actuación de la Administración central es un tema que, sin duda, tiene un interés muy destacable para la economía de un territorio. Más allá de que una buena parte de los flujos que conforman la balanza fiscal no se definen por el lugar de residencia de quienes soportan la carga tributaria o son receptores de transferencias, sino por sus condiciones socioeconómicas, no deja de haber, en cualquier caso, un impacto territorial que es importante estudiar. Sin embargo, no es necesario decir que también hay flujos que tienen una definición marcadamente territorial, como la política de inversiones en infraestructuras.

Es, pues, muy pertinente la elaboración de este documento, como por otra parte también debería ser relevante tener en cuenta otros mecanismos de equilibrio con el exterior de nuestra economía. Por ejemplo, conocer de una manera regular y con las suficientes garantías los flujos comerciales con el resto de España, los flujos turísticos con el exterior o los flujos de capital daría una idea más precisa de las características de la economía catalana y de los perfiles de su modelo de desarrollo. A pesar de las dificultades que presentan este tipo de estimaciones, la importancia que tienen las comunidades autónomas hoy en España no hace sino acentuar la necesidad de conocer los flujos interterritoriales que se producen en el seno de la economía española y también, por qué no, con unidades territoriales equivalentes de los países de la Unión Europea.

Sea, pues, bienvenido este esfuerzo que ha promovido el Gobierno de la Generalitat para la identificación de estos flujos, como en su momento lo hizo el anterior Gobierno, cuando promovió el estudio de la balanza de pagos de Cataluña.

A partir de los resultados de este informe, creo que se pueden hacer las siguientes consideraciones:

1. No tiene ninguna justificación que la Administración del Estado no pueda promover una estimación de las balanzas fiscales de las comunidades autónomas españolas. Y más cuando, como se ha leído estos días, organismos como el Instituto Nacional de Estadística han manifestado su predisposición y, por otra parte, instituciones que podrían desempeñar un papel relevante en este sentido, como el Instituto de Estudios Fiscales, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, estarían en condiciones de hacerlo. Además, el mencionado instituto tiene al frente en estos momentos al profesor Jesús Ruiz-Huerta, que ha sido coautor, bajo la dirección del actual consejero de Economía, Antoni Castells, del estudio más completo sobre las balanzas fiscales entre las comunidades autónomas españolas, promovido en su momento por el mismo instituto y publicado posteriormente por Editorial Ariel. La falta de transparencia en este sentido y, lo que es más grave, la descalificación de los trabajos del grupo de expertos no ayudan en absoluto a que el debate sobre las balanzas fiscales se haga sin apriorismos.

2. La importancia de hacer pública una estimación razonada de los flujos fiscales entre comunidades autónomas ha de permitir que el ciudadano en general conozca que, como no puede ser de otra forma, los territorios que tienen unas rentas per cápita relativamente elevadas actúan en el marco de un Estado aportando recursos a los ciudadanos de los territorios con rentas menos elevadas. Hoy el ciudadano español no es consciente de esta obviedad y, como se ha puesto de manifiesto en encuestas realizadas, la mayoría cree que Cataluña recibe más de lo que aporta al conjunto del Estado.

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3. La estimación del grupo de trabajo no concluye con una cifra única de balanza fiscal, sino que apunta varias: una, la estimada según la aplicación del criterio del flujo monetario; otra, la estimada según el criterio del flujo beneficio, y tanto una como la otra, con dos versiones adicionales: según se neutralice o no el déficit público del Estado. Así pues, si bien el grupo dice textualmente que "se ha de poner más énfasis en las dos medidas basadas en el flujo monetario" (con el déficit fiscal de la Administración central neutralizado y no neutralizado), el hecho es que para un mismo año, 2001, la estimación del déficit fiscal de la Administración central va del -6,1% al -9,2% del PIB. El abanico de las estimaciones no hace sino poner el acento en la honestidad del trabajo elaborado y evidencia todavía más la actitud de la Administración central de no destinar todo su esfuerzo a hacer lo más transparentes posible los saldos fiscales de las comunidades autónomes.

4. No obstante, el conocimiento de los flujos fiscales no ha de ser la referencia única en la mejora de la financiación autonómica. No creo que tenga posibilidades, ni que sea razonable, ni que sea eficaz para el conjunto de la economía catalana la incorporación en el proyecto de Estatut de un tope de déficit fiscal en relación con el PIB. Los principales problemas que hoy expresa la financiación autonómica catalana son, como por otra parte ha sido repetidamente señalado, disponer de los recursos necesarios para resolver con garantías la financiación de la sanidad y hacer frente al déficit de infraestructuras que acumula nuestra economía. Ambos problemas se han de resolver, y se puede hacer sin cuestionar los criterios de un sistema de financiación que sean compartidos por las comunidades de régimen común. No sea que luchando por la reducción del déficit fiscal nos encontremos con el traslado a Cataluña de la División Acorazada Brunete o tengamos que reclamar una disminución del tipo marginal del impuesto general sobre la renta de las personas físicas, puesto que por ambas vías se produciría esa reducción.

En fin, es muy pertinente tener el horizonte de los saldos fiscales entre comunidades autónomas para que el conjunto de los ciudadanos conozcan los mecanismos de solidaridad existentes en España. Hacer depender del déficit fiscal la solución de los problemas que tiene hoy la financiación autonómica no parece que sea la solución más razonable y efectiva. El marco de que hoy se dispone permite avanzar en cuestiones como el aumento de los porcentajes de participación en los tributos estatales, la incorporación de parte de la recaudación de otros tributos a la cesta de ingresos de la Generalitat, el aumento de la capacidad normativa, el establecimiento de un plan de actuación para resolver el déficit en infraestructures y el déficit sanitario, y el desarrollo de una agencia tributaria que, de acuerdo con el Estado, gestione todos los tributos recaudados en Cataluña. Avanzar en estas líneas no ha de ser incompatible con las que se configuren en el conjunto de las comunidades de régimen común, y si a eso se añade una progresivamente creciente aportación a la solidaridad de las comunidades con régimen de concierto, el sistema de financiación tendrá más garantías de estabilidad.

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