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La Audiencia de Barcelona ordena el ingreso en prisión de Javier de la Rosa

El tribunal critica a la Generalitat por proponer el régimen abierto para el financiero

Javier de la Rosa vuelve a entrar en prisión. La Audiencia de Barcelona le revocó ayer el régimen abierto que le concedió un juez a propuesta de la Generalitat acogiéndose a un artículo del reglamento penitenciario que se aplica en contadas ocasiones. La fiscalía recurrió al considerar que el financiero no reunía los requisitos que exige la ley. El tribunal asume ahora ese argumento y recrimina la actuación del juez y de la Administración.

Ésta es la segunda vez en seis meses que Javier de la Rosa ve revocado el régimen abierto. La decisión de ayer, además, no puede ser recurrida. El financiero ingresó en la prisión barcelonesa de Brians el pasado 22 de noviembre para cumplir 20 meses de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo por haber intentado estafar al Grupo KIO 300 millones de euros en 1992 (50.000 millones de pesetas de entonces). A las tres semanas, el Departamento de Justicia de la Generalitat lo clasificó en tercer grado. El fiscal recurrió y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Cataluña revocó la decisión y devolvió al financiero a la cárcel.

A principios de marzo, la Administración autonómica volvió a conceder el régimen abierto a De la Rosa acogiéndose en esta ocasión al artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Ese apartado asegura que, como "medida excepcional", se pueden combinar aspectos de cada uno de los grados penitenciarios. El mismo juez que dos meses antes había revocado el régimen avaló la decisión, por lo que De la Rosa salió de prisión el 7 de abril y sólo acudía a dormir de lunes a viernes y los fines de semana.

Ahora, el auto dictado por la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona del que ha sido ponente el magistrado Gerard Thomás recuerda que la decisión del juez de vigilancia penitenciaria "carece de toda fundamentación al simplemente citar preceptos legales y reglamentarios sin referencia alguna al caso específico". El tribunal añade que el juez se limitó a afirmar que el beneficio que concedía a De la Rosa era "la fórmula más adecuada en este caso", una expresión genérica aplicable en cualquier caso.

Colaborador parroquial

El tribunal también censura que la junta de tratamiento de la cárcel no remitiese al juez de vigilancia un programa para justificar la aplicación de ese artículo y que sólo se diga que el financiero ocupará el día en "colaborar con la parroquia de San Odón", sin concretar en qué consistiría la colaboración, ni horarios ni forma de control.

También se argumentaba que pasaría el día trabajando en su despacho profesional, pero la Audiencia de Barcelona recuerda, citando un informe del criminólogo de la cárcel, que fue "precisamente" en esas oficinas en las que De la Rosa "desarrolló la actividad delictiva por la que cumple condena". El tribunal cree que esas exigencias legales no son "meramente formales, sino esenciales" para conceder el beneficio penitenciario.

De la Rosa acumula también otra condena de cinco años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional por la llamada Operación Wardbase y que está recurrida. Desde el pasado mes de abril, ese mismo tribunal le juzga por irregularidades en la venta de las papeleras ICSA e Inpacsa, en las que él mismo se defiende. Uno de sus abogados, Javier Melero, explicó ayer que el financiero no podrá acudir a la sesión de hoy si la junta de la cárcel no le concede un permiso extraordinario y De la Rosa se costea el avión, ante la imposibilidad de prever una conducción policial en cuestión de horas.

De la Rosa se dirige a la Audiencia en noviembre pasado.
De la Rosa se dirige a la Audiencia en noviembre pasado.LLUÍS GENÉ

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