_
_
_
_
_

El tribunal económico anula tres actas que abrió Hacienda a Núñez y Navarro

El Estado reclamaba 285 millones de pesetas por diversos impuestos

El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Cataluña ha dictado tres sentencias que anulan otras tantas actas levantadas desde 1998 por la inspección de Hacienda al grupo inmobiliario Núñez y Navarro por impuesto de sociedades e IVA. Las actas reclamaban 285 millones de pesetas (1,71 millones de euros) por discrepancias en los criterios aplicados para lograr exenciones tributarias por reinversiones realizadas entre empresas de ese grupo constructor. Dos de las sentencias ya son firmes y otra ha sido recurrida por Hacienda.

Además de estas tres actas ya resueltas, el TEAR, un tribunal administrativo que depende de Hacienda, tiene pendientes de sentencia otras dos actas levantadas por impuesto de sociedades que, como en los casos anteriores, fueron recurridas por el grupo Núñez y Navarro. Este proceso administrativo es independiente de la causa penal que tramita el Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona por la supuesta trama de corrupción entre los responsables de la Inspección de Hacienda en Cataluña cuando los máximos responsables eran Josep Maria Huguet y Ernesto de Aguiar. En ese proceso penal están imputadas más de una veintena de personas, entre ellas el constructor Josep Lluís Núñez Clemente, su hijo Josep Lluís y Salvador Sánchez Guiu, considerado el responsable económico del grupo.

Pese a que la vía penal está desvinculada del proceso administrativo, un portavoz del grupo Núñez consideró que las tres sentencias dictadas por el TEAR contradicen y desvirtúan el informe sobre la contabilidad del grupo que presentaron los peritos a instancias de la juez que investiga aquel caso. Ese informe (véase EL PAÍS del pasado 14 de diciembre) elevaba a 2.200 millones de pesetas (13,4 millones de euros) la deuda tributaria descubierta en las empresas del grupo entre 1988 y 1995 a partir de considerar que no concurrían los requisitos para que se aplicasen las exenciones fiscales por reinversión obtenidas entre sociedades de ese holding inmobiliario.

El mismo portavoz de Núñez y Navarro insistió en que las sentencias del TEAR avalan su tesis de que el proceso penal no tiene fundamento y no se les puede acusar de un delito fiscal. Las mismas fuentes recordaron, además, que los peritos judiciales designados por el juzgado, que son inspectores de Hacienda, aplicaron unos criterios tributarios contrarios a los que aplica el propio TEAR, pese a que ambos están dentro de Hacienda. Otras fuentes judiciales recordaron, sin embargo, que el delito fiscal es sólo una parte de la causa penal, y a varios de los imputados se les investiga también por los presuntos delitos de cohecho, soborno, prevaricación y falsedad documental.

Las dos sentencias firmes dictadas por el TEAR corresponden a actas levantadas por Hacienda el 1 de diciembre de 1999 por 41.741.521 pesetas en concepto de impuesto de sociedades y 31.144.745 pesetas por IVA. El TEAR anuló esas actas en noviembre y Hacienda no las recurrió.

El mismo tribunal, en concreto la Sala Primera, también dictó el pasado 10 de octubre otra sentencia que anulaba una reclamación de 213.102.525 pesetas de Hacienda al grupo en concepto de impuesto de sociedades del año 1993, pero levantada en el año 1998. Como en los casos anteriores se trata de exenciones por reinversión en la venta de una finca del barrio de Can Caralleu de la firma Sentsar a Edificio Córcega, SA. En este caso Hacienda sí ha recurrido contra la anulación ante el Tribunal Económico Administrativo Central. Quedan, además, otras dos actas pendientes de sentencia, también por exenciones por reinversión a la hora de tributar el impuesto de sociedades, abiertass contra las empresas Promoinver y Josel, SA, por 85.823.905 y 91.869.190 pesetas.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_