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Tribuna:LAS RETRIBUCIONES LABORALES
Tribuna
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Dignificar el salario mínimo interprofesional

Los autores aseguran que el salario mínimo español es uno de los más bajos de la UE y, tal como recoge la propuesta que presentan hoy, piden que se cumpla lo fijado en el Estatuto para su actualización.

El salario mínimo interprofesional (SMI) es el umbral por debajo del cual no debe existir ninguna retribución laboral, desempeñando una importante función en el mercado laboral como garantía de rentas a favor de los trabajadores que se encuentran en situaciones económicas y sociales más difíciles. El SMI pretende establecer o mantener niveles salariales dignos en aquellas actividades donde no existe un régimen eficaz para la fijación de salarios y en las que éstos son excepcionalmente bajos, lo que exige la intervención pública fijando condiciones mínimas laborales, y en particular un importe monetario mínimo imprescindible para mantener un nivel de vida suficiente.

En nuestro país, el Estatuto de los Trabajadores en su Artículo 27 sanciona la obligación del Gobierno de regular anualmente, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, el SMI, teniendo en cuenta el IPC, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general, con una revisión semestral para el caso en que no se cumplan las previsiones oficiales en materia de precios. Es evidente que la norma intenta asegurar, al menos, que este salario mantenga su poder adquisitivo. Por otro lado, la Carta Social Europea, que España suscribió en 1980 y tiene carácter de convenio internacional promovido por el Consejo de Europa, indica la necesidad de que el SMI nunca sea inferior al 60% del salario medio neto.

La convergencia con la UE debe ser algo más que equipararnos en los parámetros monetarios

El SMI español es uno de los más reducidos de la UE, casi dos veces inferior al promedio comunitario, está por debajo de la retribución mínima fijada en EE UU o Japón y es similar, por poner un ejemplo, al establecido en Polonia o Hungría. Además, fruto de su deficiente actualización, el salario mínimo en España se está distanciando de la evolución del salario medio y ha sufrido pérdidas constantes de poder adquisitivo en los últimos años.

Tan sólo desde 1996, ha crecido 6 puntos menos que el pactado en convenios colectivos y 5 puntos porcentuales menos que el salario medio, representa en estos momentos alrededor del 37% de esa magnitud, y ha perdido desde aquel año 4 puntos de poder de compra. Por un lado, pues, se aleja de la recomendación de la Carta Social que promueve el derecho a una remuneración justa; por otro, acumula pérdidas de poder adquisitivo violentando el espíritu del Estatuto de los Trabajadores. En suma, en un período de expansión económica, los trabajadores con menos ingresos no sólo no se han beneficiado del crecimiento económico y los aumentos de la productividad, ni siquiera han podido resarcirse de las imprevisiones del Gobierno en materia de inflación. Ni se revisa semestralmente el SMI al ser la inflación real superior a la prevista, ni se garantiza el mantenimiento de su capacidad adquisitiva. Aún más, el Gobierno no negocia con los sindicatos ni establece la preceptiva consulta, tan sólo comunica su decisión de mantener el SMI en condiciones precarias.

Todo ello está provocando que nuestro SMI difícilmente pueda considerarse como una verdadera garantía de rentas para los trabajadores más desfavorecidos: para los que reciben directamente este salario y para los que sirve de referencia. Es cierto que una actualización del SMI, ajustada a la ley y a los compromisos internacionales, tendría un reflejo presupuestario por su impacto en algunas prestaciones sociales o ciertos servicios públicos que se articulan en función de su cuantía (subsidio por desempleo, pensiones mínimas, rentas de inserción, subvenciones, becas o ayudas a la vivienda). Y seguramente ésta es la principal razón que explica las reticencias e incumplimientos legales por parte del Gobierno a la hora de abordar esta cuestión, para nosotros inaplazable. Así, frente al colectivo de trabajadores que cobran el SMI en el ámbito laboral, el colectivo de beneficiarios de transferencias presupuestarias referidas al SMI es cuantitativamente mucho más importante. Todos estos datos abundan en la necesidad de desconectar el SMI de las políticas presupuestarias y circunscribirlo exclusivamente al ámbito laboral, que es el que le corresponde por ley.

Con su maltrato a los perceptores del SMI, el Gobierno muestra una nula sensibilidad en materia social. Nuestros menores niveles de gasto social y el insuficiente desarrollo de los servicios públicos son una parte del problema y no una coartada para negar la posibilidad de que el SMI sea una garantía retributiva mínimamente digna, pero el Gobierno insiste en una política económica empeñada en conseguir el equilibrio presupuestario con menos presión fiscal para las rentas más altas y con bajos costes laborales. Es el Gobierno del Partido Popular quien ha renunciado a 8.400 millones de euros con las dos reformas en el IRPF y ésta sí que es una verdadera restricción para que nuestro país recorte el diferencial que nos separa de la UE en protección social, diferencial que no ha dejado de aumentar en los últimos años.

Lo anterior no impide que se puedan considerar otras referencias diferentes al SMI para algunas políticas sociales, circunscribiendo el salario mínimo al ámbito laboral, pero es inaceptable mantener su continua reducción en términos reales a la vez que se reduce la protección social. El acercamiento en materia social a los parámetros comunitarios debe formar parte del tan aireado proceso de convergencia real, que el Gobierno reduce a crecer por encima del promedio comunitario. Una condición necesaria pero no suficiente.

Dignificar el SMI implica actualizarlo para que recupere el poder adquisitivo perdido en los últimos años. Significa aproximarlo con los ritmos pertinentes al 60% del salario medio neto. Implica, claro está, establecer un mecanismo permanente de revisión automática para asegurar su poder de compra. Supone, en fin, respetar la legalidad de nuestro país y las prescripciones internacionales. Deseamos, además, que el Gobierno comprenda que la convergencia con nuestros socios comunitarios debe ser algo más que equipararnos en los parámetros financieros y monetarios. En definitiva, exige la apertura cuanto antes de una verdadera negociación que resuelva estas cuestiones.

Gaspar Llamazares, José María Fidalgo y Cándido Méndez son, respectivamente, coordinador general de IU, secretario general de CC OO y secretario general de UGT.

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