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¿Para qué seguir trabajando con 65 años?

Desde hace algunos años, se ha discutido mucho sobre la idoneidad de cambiar la edad de jubilación en nuestro país, que es la misma desde la instauración del retiro obrero en 1919. Razones demográficas, como el aumento de la esperanza de vida y la reducción de la natalidad, se han usado para esconder el verdadero debate, que no es otro que el mantenimiento de un sistema de reparto en la Seguridad Social o su sustitución por un sistema de capitalización individual, que responde a criterios insolidarios y neoliberales.

Como en toda discusión, existen argumentos a favor y en contra, tanto de la reducción como de la ampliación de la edad de jubilación. Reducir la edad conecta con políticas de empleo y reparto de trabajo, pues el jubilado cede su puesto de trabajo, sin perder los ingresos, a un inactivo más joven. El problema que se encuentra tras estos planteamientos es que, en muchas ocasiones, estos puestos no son reocupados y los incentivos recibidos por las empresas son utilizados para "reflotar" sus negocios.

Los que se posicionan a favor de ampliar la edad de jubilación, en cambio, ven los beneficios económicos que esto supondría para el sistema, cada jubilado que trabaje es una pensión menos a pagar, y, que dicha ampliación haría menos traumático el tránsito hacia la inactividad. El problema, en este caso, se encuentra en que el trabajo es un bien escaso y, ampliar la edad de jubilación, condena a los más jóvenes al desempleo o a trabajos en condiciones precarias.

En medio de este debate, el 4 de noviembre entró en vigor un Decreto Ley que desarrolla algunos aspectos de la Ley de Jubilación Gradual y Flexible, que se deriva del acuerdo suscrito por el Gobierno, CCOO, CEOE y CEPYME en 2001, y al que UGT no se sumó por cuanto debilita el sistema público de pensiones, manteniendo y agravando las situaciones de desprotección, especialmente la de los trabajadores mayores expulsados del mercado laboral.

La UGT-PV ha denunciado reiteradamente la "gran trampa" de estos acuerdos: mejoras simbólicas, cuyos beneficiarios son muy escasos, enmascaran grandes elementos de desprotección y retrocesos respecto de la situación anterior, y, sobre todo, amparan que el Gobierno "trasvase" recursos desde el sistema de Seguridad Social, bien para financiar algunas empresas -se calcula que los empresarios ahorrarán casi 5.000 euros anuales por cada trabajador mayor de 65 años en activo- bien para cumplir sus objetivos de déficit público.

En nuestro país siempre había sido posible trabajar después de los 65 años, pero esta posibilidad se compaginaba con la capacidad de los agentes sociales para determinar en los convenios colectivos y, por razón de fomento del empleo, la fijación de una edad máxima de trabajo. Razones de solidaridad, de protección y de reparto del trabajo encontraban así su equilibrio.

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Equilibrio que ahora se rompe en favor de una concepción individualista que protege más a quien menos lo necesita, ya que esta medida puede calar en empleados con puestos de trabajo cómodos, que no impliquen mucha fatiga física o intelectual y remunerados justamente, pero olvida a los menos favorecidos: los desempleados más jóvenes que podrían ser objeto de contratos de relevo.

La UGT-PV no se opone a la jubilación flexible, pero sí nos oponemos a la filosofía que inspira el Acuerdo del 9 de abril de 2001, que en lugar de situar la prioridad en dificultar que las empresas puedan deshacerse tan fácilmente de los trabajadores de mayor edad, se facilita y abarata el empleo de los trabajadores mejor situados en el mercado de trabajo para que puedan seguir trabajando.

Al contrario de lo que se ha dicho, no se instaura la jubilación flexible, ya que se exigen 35 años cotizados para acceder al retiro anticipado, una condición que muy pocos trabajadores podrán cumplir en el futuro. ¿Por qué hay que fomentar la permanencia en activo de los que más han trabajado, si precisamente son los que más derecho tienen a percibir la pensión? Además, se exige haber cesado en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del empleado. Por tanto, no existe jubilación anticipada como derecho subjetivo del trabajador.

Una vez más, el Gobierno adopta medidas contraproducentes, pues la exoneración de cotizaciones va en contra de lo que se pretende. Si se quiere asegurar el futuro del sistema de Seguridad Social, el Estado no puede "devolver" el remanente de las cotizaciones a las empresas. Es más, lo que le interesa al sistema es que, quienes menos hayan cotizado permanezcan en sus puestos de trabajo y aumentar así los ingresos que aseguren su viabilidad futura.

La UGT-PV defenderá siempre el derecho de los trabajadores a elegir la edad de su retiro, porque la jubilación flexible debe ser entendida como el derecho de los trabajadores a escoger el momento de su retiro: no sólo a prolongar su vida laboral, sino también a anticipar voluntariamente su retiro.

La jubilación flexible, significa, libre elección del momento de la jubilación. Por tanto, la flexibilidad actual se enfoca de forma asimétrica: flexibilidad para prolongar la edad de jubilación pero no para quienes, por la razón que fuere, deseen jubilarse antes de la edad legal sin que ello suponga una confiscación de sus expectativas de pensión.

Rafael Recuenco es secretario general de UGT-PV.

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