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La alcaldesa de Chinchón decidirá el lunes si dimite tras ser condenada por prevaricación

Magallares se negó a convocar una comisión de investigación aprobada por el pleno

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de ocho años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público impuesta a Ana María Magallares Buitrago, de 37 años, alcaldesa del PP de Chinchón, por un delito de prevaricación. Los jueces han desestimado el recurso presentado por Magallares contra una sentencia anterior dictada por la Audiencia Provincial el 22 de febrero de 2000. El Supremo considera que la edil tomó una decisión injusta a sabiendas de que lo era cuando no convocó una comisión de investigación que había sido aprobada por el pleno.

'Ha sido un auténtico mazazo. No entiendo esta decisión de los jueces. Creo que se ha utilizado una cuestión puramente administrativa para tumbarme en los tribunales, ya que el PSOE veía imposible conseguirlo en las urnas'. Con estas palabras, y con un 'absoluto respeto' a la decisión judicial, Magallares, alcaldesa de Chinchón desde 1997, encajó ayer la decisión del Supremo.

La Sala de lo Penal del Supremo ha desestimado el recurso de la alcaldesa contra la anterior sentencia de la Audiencia Provincial. Ésta había condenado a Magallares a ocho años de inhabilitación por 'no convocar una comisión de investigación', a pesar de ser 'plenamente consciente de que debía hacerlo', ya que dicha comisión había sido votada por el pleno de forma mayoritaria.

La Sala del Supremo -com-puesta por los magistrados José Ramón Soriano Soriano, Gregorio García Ancos y Joaquín Giménez García- no ha estimado los argumentos presentados por el letrado de la alcaldesa, Luis Fernández.

Comisión de investigación

'Consideramos que la no constitución de la comisión investigadora no es un delito de prevaricación. Fue una decisión puramente administrativa, ya que la investigación fue llevada a cabo sólo unos meses más tarde por la comisión permanente de control municipal', asegura el abogado. 'Además, esta comisión descartó en 1999 que hubiera cualquier irregularidad en las cuentas municipales', añade Fernández.

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Los socialistas, sin embargo, consideran que la decisión de la alcaldesa fue extremadamente grave, ya que iba en contra de la más elemental de las leyes democráticas: acatar la decisión de la mayoría del pleno.

Raúl López, secretario general del PSOE en Chinchón, negó ayer que su grupo haya utilizado el caso para atacar a la alcaldesa personalmente. López insistió en que lo importante es que 'la ley haya sido aplicada con toda justicia, ya que la alcaldesa no llevó adelante lo acordado por el pleno del Ayuntamiento'. 'Queremos que Chinchón tenga los dirigentes que se merece', concluyó López.

Magallares no quiso desvelar si va a presentar la dimisión o si está dispuesta a recurrir la sentencia ante el Constitucional. 'El lunes me reuniré con mi abogado y con la dirección del PP. Estudiaremos en cada caso lo que es mejor para Chinchón, para el partido y para mí', explicó.

Los hechos juzgados ahora por el Supremo se remontan al anterior mandato, en el que Magallares fue alcaldesa entre 1997 y 1999 en sustitución del anterior regidor, Jesús Hernández, también del PP, que dimitió por motivos personales. Aquel fue un mandato controvertido en Chinchón. El PP tenía, como ahora, mayoría absoluta con seis ediles; el PSOE contaba con cuatro y el otro era de una candidatura vinculada al Partido de Acción Democrática Española (PADE). Pero tres de los seis ediles populares se pasaron al Grupo Mixto y la oposición -mayoritaria en el pleno, aunque nunca presentó una moción de censura- aprobó el 20 de marzo de 1998 la constitución de una comisión de investigación para revisar, a iniciativa del PSOE, las cuentas municipales de los años 1996 y 1997.

'Ingobernabilidad'

La alcaldesa nunca constituyó la comisión de investigación. Sus argumentos fueron dos: que había estado varios días de baja por una fractura en un dedo y que la dimisión de tres ediles había dejado al Consistorio en una situación de 'ingobernabilidad' que desaconsejaba abrir el proceso.

El PSOE consideró que esta decisión era contraria a la ley, ya que había sido aprobada en el pleno. Por eso, los socialistas llevaron a Magallares ante el juez por un presunto delito de prevaricación. Este delito se produce cuando un cargo público toma una decisión a sabiendas de que ésta es ilegal.

La alcaldesa tiene abierto desde el año pasado otro proceso de malversación de caudales públicos, derivado del asunto ya juzgado. En este segundo proceso, que fue consecuencia de otra denuncia del PSOE, se investiga si la alcaldesa actuó incorrectamente al utilizar dinero de las arcas municipales para abonar la minuta, de 3.485 euros, del abogado Luis Fernández, que le asesoraba legalmente en el recurso que ahora ha desestimado el Supremo.

Este caso está siendo investigado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Valdemoro. Magallares considera 'justificado' pagar a su abogado con dinero del Ayuntamiento por creer que la condena a inhabilitación que le impuso la Audiencia Provincial 'sólo es aplicable a su cargo como alcaldesa'.

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