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COYUNTURA INTERNACIONAL
Columna
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FASB sin fondo

Las masivas adquisiciones de empresas a precios poco justificables, que suscitaron la reticencia de unos pocos analistas, frente a una mayoría que apostaba sin tregua por el nuevo negocio, y que caracterizaron el entorno corporativo durante el periodo que ha sido definido como de burbuja tecnológica, y que ha sido el origen de las últimas turbulencias sufridas por las bolsas de todo el mundo, van a perjudicar las cuentas de resultados del primer trimestre de las empresas norteamericanas, debido a la entrada en vigor de la nueva regulación estadounidense en relación con la amortización del fondo de comercio.

La reciente normativa contable dictada por el Federal Accounting Standard Board (FASB), número 142, establece que el fondo de comercio -diferencia entre el precio pagado en la adquisición de una compañía y su valor teórico contable- debe permanecer en el balance de la sociedad.

Las compañías norteamericanas deberán mantener el valor del fondo de comercio en el activo, y una vez al año será valorado a 'fair value', o valor de mercado

Con la normativa anterior, dicho sobreprecio se amortizaba progresivamente, imputándose como pérdida en Estados Unidos, en un plazo máximo de 40 años. Con la nueva regulación, las compañías norteamericanas deberán mantener el valor del fondo de comercio en el activo, y una vez al año será valorado a fair value, o valor razonable de mercado, imputando a pérdidas del ejercicio el posible deterioro económico en caso de pérdida de valor.

El efecto en las cuentas de resultado es sustancial. Por poner un ejemplo, la depreciación estimada del fondo de comercio anunciada por AOL Time Warner, el gigante del nuevo universo de Internet y diferentes medios de comunicación, por importe de entre 40.000 y 60.000 millones de dólares, se sitúa como una de las dotaciones más cuantiosas de la historia.

El cambio en la normativa supondrá un incremento en la volatilidad de los beneficios publicados, dado que las pérdidas por deterioro del fondo de comercio podrán darse de modo irregular y en cantidades variables. No obstante, también es cierto que aportará un mayor rigor y transparencia en las operaciones de concentración, en aras de alcanzar la tan maleable imagen fiel de la sociedad. En cualquier caso, la modificación sobre el criterio de amortización del fondo de comercio no debería afectar al valor de la empresa -a menos que existan repercusiones fiscales-, dado que dichas dotaciones no deben considerarse como flujo de caja.

Cristina de la Viesca y Alberto Segurado son, respectivamente, analistas y socio del área de Corporate Finance de Analistas Financieros Internacionales, Grupo Analistas (www.grupoanalistas.com).

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