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El tribunal niega a cinco mujeres el alta en la comunidad de El Palmar

Las mujeres que denunciaron a la Comunidad de Pescadores de El Palmar por discriminarlas al no permitirles pescar en L'Albufera siguen sin ingresar en la organización. El tribunal de la Audiencia de Valencia que ratificó su derecho a ingresar en el colectivo, se ha negado a inscribir a las mujeres en la comunidad al entender que esa iniciativa "excede de los términos del fallo". El abogado de las afectadas había pedido que el tribunal, previa petición del libro de actas de la comunidad, registrara a las demandantes.

La lucha jurídica y social iniciada por cinco vecinas de El Palmar en junio de 1997 parece lejos de su finalización. A pesar de que la titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia, Pilar Cerdán, y la sección octava de la Audiencia de Valencia reconocieron su derecho a faenar en el lago, Teresa Chardí, Teresa Bru, Felicidad Dasí, Elena Marco y Vicenta Dasí no se cuentan entre los vecinos de la pedanía de Valencia que pueden pescar en L'Albufera acorde a la tradición de la comunidad. La Audiencia de Valencia, el 6 de julio, notificó su negativa a aceptar la petición del abogado de las mujeres, Mario Pérez, que solicitó al tribunal que, ante el reiterado incumplimiento de la comunidad, fueran los propios magistrados los que inscribieran a las demandantes en ejecución de su anterior fallo. Los jueces entienden que la petición de las mujeres sobrepasa lo establecido en su sentencia de abril de 1999. Ésta, en sintonía con la resolución de la juez Cerdán, estableció que las demandantes habían sufrido una "discriminación por razón de sexo, al pretender imponerles para una misma situación, el ingreso en la Comunidad, unos condicionamientos y exigencias que no hubo para los hombres". Ahora bien, su derecho a ingresar en la comunidad no implica que su entrada se pueda producir de manera diferente a la del resto de aspirantes, hasta ahora, hijos varones de pescadores que presentaran su solicitud y fueran aceptados por los cerca de 400 socios de la entidad.

Esta resolución, a efectos prácticos, deja en vía muerta el definitivo ingreso de las denunciantes en la comunidad, que el pasado 2 de julio aceptó en su seno, por primera vez, a 21 mujeres. Todas ellas, afines a la cofradía, renunciaron a su derecho a faenar en el lago. ¿Cómo es posible que las cinco demandantes sigan fuera de la comunidad pese a los dos fallos que respaldan su derecho? Por los recursos jurídicos y administrativos interpuestos por la comunidad. En el campo de los tribunales, los pescadores de El Palmar han recurrido todas las decisiones contrarias a su posición, incluida la sentencia de la Audiencia, pendiente de un fallo del Tribunal Supremo.

Y para postergar el requerimiento de la Audiencia, que en julio de 1999 dio un plazo de 10 días para cumplir su mandato, la comunidad ha recurrido al campo administrativo. Desistió de celebrar la Junta de Capítols (donde se dan de alta los nuevos socios) y el sorteo de redolins al alegar la necesidad de realizar un paro biológico. Posteriormente, hace cuatro meses, la junta general rechazó la propuesta de la directiva, que conminó a los socios a aceptar el ingreso de las demandantes. Al ser la junta general el órgano estatuariamente competente para aceptar altas, la cúpula de la organización vio rechazada su solicitud en un acto que fue calificado de farsa por el abogado de las demandantes.

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