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Estrasburgo no admite la queja de un ex juez que fue tildado de indigno

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha rechazado la demanda de Jaime Rodríguez Hermida, ex magistrado del Supremo expulsado de la carrera judicial en 1986 por su intervención en la irregular puesta en libertad del jefe de la Camorra napolitana Antonio Bardellino, contra España, por la negativa del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a rehabilitarle en 1993. Impugnó el argumento de que su "indignidad para el ejercicio de la función judicial (...) no podría jamás cesar".Rodríguez Hermida se quejó de que el CGPJ estimara que su influencia sobre el juez que decretó la libertad de Bardellino "entraña un atentado a la ética que debe inspirar toda actividad de un juez o magistrado y la indignidad para serlo debe ser considerada como persistente en el tiempo".

Una vez que en 1994 el Supremo rechazó su recurso y en 1997 el Constitucional le negó el amparo, Rodríguez Hermida se dirigió al Tribunal de Estrasburgo, ante el que invocó que las citadas expresiones sobre su "indignidad perpetua" vulneran el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos: "Nadie puede ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes".

La decisión del Tribunal de Estrasburgo, conocida ahora, rechaza por unanimidad la demanda, entre otros motivos por estimar que el mal trato alegado "debe alcanzar un mínimo de gravedad", que en este caso no se da, "habida cuenta del conjunto de datos".

El tribunal recuerda que Rodríguez Hermida fue objeto de una grave sanción disciplinaria "por hechos no menos graves de los que fue considerado responsable, como el de haber 'ejercido presiones' sobre otro magistrado a fin de obtener la liberación" de Bardellino.

La resolución explica que el CGPJ rechazó en 1993 la rehabilitación del ex magistrado por "indignidad para el ejercicio de la función judicial, que no podría jamás cesar", como consecuencia de que "fue reconocido responsable de haber atacado la independencia judicial interna para obtener la impunidad de un delincuente peligroso del crimen organizado y al permitir así a dicho delincuente continuar sus actividades ilícitas".

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