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La defensa pide la absolución de Liaño y reitera que el juez volvería a actuar de la misma forma

La fiscal María Dolores Márquez de Prado, esposa y abogada defensora del juez Javier Gómez de Liaño en el juicio que por tres delitos de prevaricación se sigue contra él en el Tribunal Supremo, afirmó ayer que "es imposible que Gómez de Liaño haya prevaricado" y reiteró, como ya hizo el propio acusado durante su interrogatorio, que volvería a actuar de la misma forma que actuó. El procesado no quiso hacer uso del turno de última palabra y el juicio quedó visto para sentencia. Ésta se conocerá dentro de unos diez días, según informaron fuentes próximas al tribunal.

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Visto para sentencia

Nada más iniciar la sesión, Márquez de Prado, que realizó un informe breve, sosegado y técnico, aunque leído, anunció que prescindiría del testimonio del juez Baltasar Garzón, citado en el juicio como testigo de la propia defensa, por "haber faltado a la verdad de forma clara y terminante con la intención de perjudicar al señor Gómez de Liaño y a otras personas". Garzón declaró la semana pasada, entre otras cuestiones, que el 13 de mayo de 1997 oyó en el despacho de Gómez de Liaño una llamada telefónica en la que el juez acusado pactaba con el fiscal del caso Sogecable, Ignacio Gordillo, pedir un informe a la Brigada de Delitos Económicos para justificar la adopción de un nuevo secreto del sumario, una hora después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le hubiera ordenado levantar el secreto de las actuaciones por "falto de justificación, irrazonable, innecesario, desproporcionado e inadecuado".La defensa sostuvo que las decisiones de Liaño no habían supuesto perjuicio o indefensión para los querellados. Sin embargo, el presidente de Sogecable, Jesús de Polanco, llamado como testigo a propuesta de la defensa, subrayó durante el juicio que "una de las cosas que más han perjudicado" su "buen nombre" fue la doble negativa de Liaño a concederle permiso para acudir a la Universidad norteamericana de Brown para ser investido doctor honoris causa, aunque luego le dejase. Márquez recordó la motivación de los autos tachados de prevaricación y sostuvo que Liaño siempre contó con el respaldo de los fiscales.

Requisitos

La defensa analizó los requisitos para que exista prevaricación. Señaló que la mera ilegalidad de la resolución no basta para fundamentar la prevaricación, sino que, de acuerdo con la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, ésta debe ser "patente, grosera y esperpéntica, que pueda ser apreciada por cualquiera". Y bajo ese supuesto afirmó "Es imposible que Gómez de Liaño haya prevaricado". En el caso que nos ocupa no se puede hablar, dijo, de ilegalidad, grosería y esperpento, puesto que se investigaba una apropiación indebida de muchos miles de millones de pesetas, y no se decretó prisión sino comparecencias en el juzgado. El auto que impone la fianza de 200 millones a Polanco, dijo, está razonado en 15 fundamentos jurídicos y el instructor aprecia mejor que la Sala la necesidad del secreto, al estar más en contacto con la investigación. Precisó la defensa que aunque algún magistrado ha apreciado la existencia de prevaricación, ni los fiscales ni otros magistrados lo han hecho, por lo que "no es patente y evidente, sino discutible y controvertida". Concluyó señalando que el procesado está convencido de la legalidad de sus resoluciones y que volvería a dictarlas.

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