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ELECCIONES

Los ciudadanos de la UE pueden votar en España sin residir todo el año

La nueva redacción de la Ley de Bases de Régimen Local, aprobada en 1996, exime a los ayuntamientos de la obligación de comprobar la residencia efectiva de cuantos extranjeros solicitan ser dados de alta en su padrón. Dado que el censo electoral se elabora a partir de los padrones, cualquier ciudadano de la Unión Europea o Noruega puede ejercer su derecho a voto aunque no resida en España de forma habitual sin renunciar a votar en su país. Esta circunstancia afecta especialmente a la provincia de Alicante, donde hay 55.000 europeos y noruegos censados, pese a que oficialmente residen unos 40.000. Las primeras noticias de esta circunstancia partieron del diario en lengua alemana Costa Blanca Nachrichten. Se considera "residente" al extranjero que pasa en España, al menos, seis meses al año, lo que les obliga a poseer una tarjeta de residencia. Para empadronarse, sin embargo, sólo necesitan su carta de identidad o su pasaporte. El mayor o menor control depende de la política de cada Consistorio. "Nosotros les pedimos el pasaporte y les preguntamos si residen de forma habitual en el municipio", decían ayer en la oficina del padrón del Ayuntamiento de Calpe, municipio que cuenta con 5.209 europeos censados. No piden ningún aval que certifique su residencia. "Si nos mienten, no es culpa nuestra", se excusan. En otras poblaciones costeras, como la vecina Altea (1.335 extranjeros con derecho a voto), sí se exige como prueba la escritura o contrato de alquiler de la vivienda. Prueba de fe La ley es clara al respecto: "El Ayuntamiento ni interviene en la concesión de los permisos de residencia ni es competente para controlarlos. (...) Y de la misma manera que no debe controlar a través del padrón la legalidad o ilegalidad de la ocupación de la vivienda, tampoco debe realizar ningún control sobre la legalidad o ilegalidad de la residencia en territorio español de ninguno de sus vecinos". En las oficinas del Instituto Nacional de Estadística en Alicante confirman esta situación. "Conforme está redactada la ley, los ayuntamientos deben realizar con los extranjeros una prueba de fe", valoran. La ausencia de control en este extremo puede conducir a que noruegos o europeos comunitarios que vengan a pasar sus vacaciones a España puedan elegir, si así lo desean, al alcalde del municipio en el que veranean aunque sólo residan en él 15 días al año. La única exigencia es una renuncia expresa de votar en sus localidades de origen. Además, un censo electoral con una abultada presencia extranjera podría dar al traste con las estimaciones que hayan realizado los partidos políticos, que en los municipios costeros ya dedican parte de sus programas a captar un electorado con el peso suficiente para que su voto pueda resultar decisivo.

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