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El Supremo rechaza el "inmediato" ingreso en prisión de los condenados de Filesa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado tajantemente la petición del empresario José María Ruiz-Mateos de decretar el "inmediato ingreso en prisión" de seis de los condenados en el juicio de Filesa. El Supremo considera no sólo "extemporáneas" sino incluso "carentes de valor", las valoraciones que hace en su escrito el abogado Marcos García Montes, para fundamentar su petición de prisión inmediata para los sentenciados.

La semana pasada, el abogado Marcos García Montes, que representa la acusación ejercitada por el empresario José María Ruiz-Mateos, reclamó el ingreso en prisión de todos los condenados en el juicio de Filesa [financiación irregular del PSOE] a excepción de los empresarios Juan Antonio Molina Vivas y Eugenio Marín García Mansilla, "al socaire" añadía, "de la posible aplicación de los derechos de remisión y condena condicional de la pena".El abogado se dirigió al Supremo en un escrito en el que le recordaba "el deber que le impone" el Código Penal de hacer ejecutar las sentencias, y adoptar "sin dilación" las medidas necesarias para que el condenado ingrese en prisión. Agregaba que, "por pudor", no citaba la jurisprudencia sobre el particular, al estar ésta consolidada "en el sentido literal de la norma". -

El letrado tampoco, consideraba "ocioso" recordar al Tribunal Supremo que los seis condenados para los que pidió el ingreso en la cárcel "no han sufrido prisión preventiva". En opinión de García Montes, eso ha producido "un desequilibrio con la población penitenciaria preventiva, que en muchos casos ha padecido la prisión provisional por hechos y tipos penales sancionados con penas inferiores" a las del caso Filesa.

García Montes también significó en su escrito la "falta de competencia" por parte de la Sala Segunda del Supremo para suspender la ejecución de la condena. Según el letrado, "al haber explicitado expresamente la sentencia la inexistencia de recurso alguno", la Sala debe ejecutar la sentencia inmediatamente.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo replica al abogado en sentido totalmente opuesto a sus pretensiones, en una providencia en la que le recuerda que "deberá ser el Tribunal, como órgano que dictó la sentencia, quien decida el momento procesal de su ejecución".

Añade el Supremo que la ejecución deberá ser "de toda la sentencia, y no como pretende la parte acusadora, que sólo alcance al cumplimiento de la pena privativa de libertad con respecto a algunos acusados y a otros no".

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La Sala también explica al abogado que no se pueden ejecutar "una parte de las condenas que atañen a la situación personal, y no la otra, que afecta al carácter meramente económico de las responsabilidades civiles". El tribunal concluye que "las valora ciones" del escrito de García Montes "deben ser rechazadas en su totalidad por extemporáneas y carentes de valor".

La sentencia del caso Filesa impuso penas de 11 años de cárcel al ex diputado socialista Carlos Navarro, de 10 años a los gestores del holding, Luis Oliveró y Alberto Flores, de 3 años al ya ex senador del PSC Josep María Sala i Grisó, y de 2 años y 4 meses a la ex coordinadora de finanzas del PSOE Aida Álvarez y a su marido, Miguel Molledo. Estos son los seis condenados para los que Ruiz-Mateos exigía el "inmediato ingreso en prisión".. También fueron condenados a penas de seis meses los empresarios Molina Vivas y García Mansilla, aunque éstos no tendrán que in gresar por remisión condicional de la pena.

Recurso al Constitucional

Frente a las alegaciones de la acusación de Ruiz-Mateos, fuentes del Supremo señalaron, el mismo día de conocerse la sentencia de Filesa, la existencia de precedentes de causas especiales contra aforados en los que el Supremo aguarda a que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la admisión del recurso de amparo por vulneración de derechos fundamentales. Es en ese trámite en el que el Constitucional se pronuncia sobre la suspensión de la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva el recurso de amparo. Aunque nada obsta a que la Sala Segunda ejecute la sentencia en cuanto lo considere conveniente, la decisión notificada ayer parece abonar la solución de esperar el pronunciamiento del Constitucional, al que ya han acudido los abogados defensores.

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