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El fiscal pide al Supremo la condena de dos presuntos casos del "caso Nécora"

El fiscal del Tribunal Supremo pidió ayer que se aumenten las penas impuestas a nueve narcotraficantes condenados por la Operación Nécora y que se revoque la absolución de dos de los principales encausados absueltos, Manuel Charlín Gama y Alfredo Cordero González. El fiscal pidió a los cinco magistrados del Tribunal Supremo que tengan en cuenta las escuchas telefónicas ordenadas por el juez instructor, Baltasar Garzón. La Audiencia Nacional consideró que no eran nulas ni ilícitas, pero sí que carecían de valor probatorio.

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La vista de los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional -que condenó a 31 de los 47 procesados por narcotráfico a penas que suman 304 años de cárcel- fue presenciada por una representación de mujeres de colectivos gallegos contra la droga.El recurso de casación del fiscal se centró en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, por no haberse aceptado la validez de las intervenciones telefónicas que, según la sentencia de la Audiencia Nacional, carecieron de las mínimas condiciones procesales para ser aceptadas como prueba.

El representante del ministerio público indicó que la sentencia de la Audiencia había causado una "percepción" en la sociedad de que las penas impuestas fueron muy leves en relación con la gravedad de los hechos que se enjuiciaron.

El fiscal pidió que sean sentenciados a prisión los presuntos capos del narcotráfico gallego Manuel Charlín Gama y Alfredo Cordero, para los que las Fiscalía Antidroga pidió 23 años de cárcel, pero que finalmente resultaron absueltos. Señaló que la sentencia de la Audiencia "no ponderó la realidad de que los traficantes de droga no hablaban nunca de droga ni de kilos por teléfono".

Respecto a Laureano Oubiña y Esther Lago, condenados a 12 años de cárcel y multa de 1.280. millones cada uno por receptación y delito fiscal, el representante del ministerio público manifestó que la sentencia de la Audiencia silencia determinados elementos graves acerca de las "sociedades fachada" que crearon para disimular los beneficios obtenidos con el supuesto tráfico de drogas. Para éstos y otros siete condenados pidió que se eleven en un grado la penas impuestas.

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Al recurso del fiscal se adhirieron los representantes de los ayuntamientos de Vigo y Madrid, y la Xunta de Galicia. El primero defendió que si las escuchas telefónicas sirvieron para que de las mismas se desglosara un sumario que llevó a la condena del narcotraficante Sito Miñanco a más de 20 años de prisión, también debería haberse tenido en cuenta su validez para este proceso.

El defensor de Charlín, Armando Ródenas, impugnó el recurso del fiscal y pidió la confirmación de la absolución de su defendido, a quien Garzón mantiene en prisión por otro proceso.

Ródenas contestó al fiscal que los tribunales "no están para satisfacer a la prensa y a la sociedad, sino para intentar hacer la valoración oportuna de la prueba". En consecuencia, pidió al Supremo que olvide "si la sentencia ha gustado o no" y dijo que, en los ocho meses de juicio en la Casa de Campo de Madrid, a las acusaciones no se les negó ninguna de las numerosas pruebas que pidieron, pese a lo cual el tribunal estimó que las escuchas no tenían validez probatoria.

El defensor de Charlín se refirió al punto más conflictivo de la instrucción, el cúmulo de intervenciones telefónicas que, según dijo, constituían una "auténtica prospección" por parte del juez. "Era tal el caos que tenían a nivel de instrucción, que el juez, por dos veces, solicitó a la Jefatura de Policía que, le aclarase exactamente cuál era el proceso de información que se estaba llevando a cabo".

Los letrados de Alfredo Cordero, José Luis Abal Agra, Baltasar Vilar, Eulogio Romero, José Luis Viñas, Gerardo González y José Rey se opusieron a los recursos de las acusaciones, que solicitaron se les. impusiera la pena superior en un grado en atención a la suma gravedad de los hechos.

Los defensores señalaron que no basta tener el "convencimiento moral" de que se está implicado' en los hechos, sino que hay que destruir con pruebas válidas la presunción de inocencia.

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