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EL 'CASO GAL' EN EL SUPREMO

La mayoría de la Sala Segunda reclamará la competencia del 'caso GAL' para el pleno

El pleno de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo celebrará hoy una reunión, presentada como "informal" y carente, por tanto, de orden del día, en la que por primera vez los 13 magistrados que la componen abordarán en conjunto las vicisitudes, al menos procesales, del caso GAL. Aunque la reunión se producirá en el marco del encuentro pendiente sobre la modificación, mantenimiento o interpretación de las normas de reparto de asuntos desde el nombramiento de Fernando Cotta como presidente, fuentes del Supremo aseguran que la mayoría de la sala reclamará ya hoy la competencia del pleno de ésta para decidir sobre un caso en el que se encuentran implicados el presidente del Gobierno y otros tres aforados

Durante la semana pasada Cotta quitó importancia a esta reunión, que el viernes no había sido convocada formalmente y en la que no se descartan ausencias. Sin embargo, en la mayoría de los 13 componentes de la sala (12 a partir del 13 de septiembre, si el pleno del Consejo General del Poder Judicial acepta ese día, como se espera, la renuncia de Marino Barbero) reside la posibilidad de que el pleno asuma la competencia del caso GAL que, por el momento, lleva la Sala de Admisión integrada por Cotta, José Augusto de Vega y Francisco Soto.La ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ) es tajante cuando, como excepción a la regla general de que "bastarán tres magistrados para formar sala", establece en su artículo 197: "Ello no obstante, podrán ser llamados, para formar sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente, o la mayoría de aquéllos, lo estime necesario para la administración de justicia".

Uno de los magistrados que pertenece a la mayoría favorable a que sea el pleno de la sala el que decida en este asunto discrepa, sin embargo, tanto del retraso de Cotta en poner el caso en manos del pleno como de la posición gubernamental de excluir a algunos magistrados. Esta última posición fue manifestada el martes último (véase El PAÍS del 30 de agosto) desde fuentes de la Secretaría de Estado de Justicia, que estimaron probable que los tres magistrados de la Sala de Admisión quedaran "contaminados para enjuiciar el asunto".

"No hay salas semiplenas"

El magistrado del Supremo citado, en coincidencia con otras fuentes jurídicas, manifestó: "No existen salas semiplenas; o son plenas, o nada. Los aforados no pueden a la vez disfrutar del fuero y de las garantías propias de quienes no son juzgados en primera instancia por el Supremo". Estas fuentes sí admiten que en los casos de aforados quede excluido del pleno que enjuicie el caso el magistrado instructor. Así lo dispone, recuerdan, el artículo 57.2 de la LOPJ, que establece, para los casos de aforados, que "se designará de entre los miembros de la sala, conforme a un turno preestablecido, un instructor, que no formará parte de la misma para enjuiciarlos".La no designación hasta ahora de instructor ha llevado a medios gubernamentales a considerar una irregularidad procesal tal omisión, que probablemente recurrirá el abogado del Estado si antes del 8 de septiembre -día en que acaba el plazo para recurrir sobre aspectos "procedimentales y de fondo"- no son subsanados por la sala.

Varios magistrados de la Sala Segunda discrepan de la composición de la Sala de Admisión específica para el caso GAL. Estiman, y así lo piensan plantear hoy algunos de ellos, que la nueva Sala de Admisión debió constituirse por el presidente y los magistrados más antiguo -De Vega- y más moderno -Cándido Conde-Pumpido Tourón-, de modo analógico a como se constituyen por ley las salas especiales. En todo caso, consideran que la Sala de Admisión ya ha cumplido su papel y ahora corresponde trasladar al pleno de la sala la competencia sobre las decisiones clave del asunto, la primera de ellas designar instructor, para que él llaga las comprobaciones necesarias antes de llevar adelante el caso.

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Tales magistrados recuerdan, "guardando las distancias", dicen, el caso Crillon, en el que, tras realizar el instructor, Eduardo Moner, una serie de averiguaciones, la sala que inicialmente lo admitió, lo archivó. En el caso GAL se considera imprescindible que el instructor investigue las imputaciones realizadas.

La tesis gubernamental es, que tal investigación del instructor, como ocurrió en el caso Crillon, no afecte a los aforados, sino a quienes han hecho las imputaciones. Desde el Supremo se considera muy probable que el magistrado instructor tenga que tomar declaración al menos al ex ministro del Interior José Barrionuevo, en una estrategia de "investigación ascendente".

Otro de los cuatro aforados, el diputado socialista José María Benegas, está dispuesto a declarar voluntariamente ante el todavía no designado juez instructor del Supremo, si es llamado para ello, según informa hoy Cambio 16. "Está loco por ir, pues nada tiene que temer ni ver con lo que se le iinputa", ha declarado su abogado, Horacio Oliva, al citado semanario.

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