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El Instituto Laboral mediará en los conflictos de los trabajadores madrileños a partir de la primavera

La próxima primavera comenzará a funcionar el Instituto Laboral, según las previsiones sindicales. Se trata de un nuevo organismo, que existe en otras comunidades autónomas del norte de España, que podrá solucionar conflictos colectivos surgidos de la interpretación o aplicación de las normas laborales estatales, convenios colectivos o decisiones de las empresas. Todavía no tiene local y cuenta, por ahora, con 60 millones de presupuesto, aportados por la Comunidad, según fuentes sindicales.El pasado 22 de noviembre, la patronal Ceim, la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE y los sindicatos UGT y Comisiones Obreras firmaron el. acuerdo y las líneas generales, cuyo objetivo es crear un sistema que permita solucionar los conflictos fuera de los tribunales. Y acaban de desarrollar el reglamento asesorados por la especialista en derecho laboral y vicerrectora de la Universidad Carlos III, María Emilia Casas.

Un reglamento que ya ha sido inscrito en la Dirección Provincial de Trabajo. El futuro presidente de este organismo lo designará la Comunidad de Madrid. El cuerpo del instituto lo, formarán 24 miembros, que se nombrarán a partes iguales entre los sindicatos y la patronal.

El instituto actuará a través de sus tribunales laborales, y podrán recurrir a ellos, para solicitar su mediación, tanto la patronal y los sindicatos firmantes del acuerdo que los crean como cualquier empresario, trabajador, comité de empresa o miembro de otras formaciones sindicales.

Si la intermediación acaba con acuerdo' - éste tendría "los mismos efectos que lo pactado en convenio colectivo", con lo que se pondrá fin al conflicto. Si no se logra poner de acuerdo a las partes enfrentadas, el tribunal laboral propondrá a las mismas la posibilidad de someter el conflicto a la decisión de un miembro del cuerpo arbitral del Instituto Laboral.

La decisión del árbitro o el laudo arbitral es de obligado cumplimiento para las partes, aunque podría ser impugnado ante la jurisdicción laboral, según explican los expertos.

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