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El derecho de injerencia

Emilio Menéndez del Valle

El autor reflexiona en este texto sobre uno de los más delicados problemas a los que se enfrenta hoy el mundo: el derecho de injerencia en un Estado cuando la democracia o los derechos humanos están amenazados.

Como es bien sabido, la realidad internacional está viviendo profundos y rápidos cambios en los últimos tiempos. Casi suena lejana la famosa caída del muro de Berlín y la subsiguiente desintegración de la Unión Soviética..., si no fuera porque las barbaridades que acontecen en la antigua Yugoslavia y la probable exacerbación nacionalista en la hasta hace poco denominada URSS nos obligan a reflexionar sobre los orígenes de todo ello.Por si fuera poco, la guerra por Kuwait convulsionó a la sociedad internacional y puso de manifiesto contradicciones y errores de unos y de otros. Hizo evidente que no hay una sociedad internacional, sino varias, y que el odio a Occidente tiene raíces profundas en una parte significativa del planeta. Tanto que a pesar de que Sadam Husein infringió una de las leyes supremas de las relaciones interárabes -un Estado árabe no declara la guerra a otro Estado árabe- muchos en el mundo islámico le apoyaron... por rechazo hacía Occidente.

Normas de conducta árabes que, en definitiva, pertenecen a la tradición occidental que consagra como elevados principios del derecho internacional la no intervención en los asuntos internos de otros Estados, la soberanía nacional, la inviolabilidad de las fronteras. Principios que han conformado durante siglos una determinada manera de concebir las relaciones interestatales y cuya validez teórico-jurídica ha sido escasamente cuestionada. Claro que la puesta en cuestión del principio puede depender del poder político, económico y militar de quien cuestiona. De ahí la importancia de la brecha en la teoría realizada por Bréznev cuando proclama la "doctrina de soberanía limitada" de los Estados comunistas de Europa oriental, obviamente dependientes de Moscú.

Voz de los débilesAmén de poner de nuevo en evidencia que la sociedad internacional no es única y que determinados modos y maneras de actuar son dictados en gran medida por quien puede ejercer un determinado control, el asunto no hace sino recordar que toda normativa tiene sus excepciones. Y que, para los integrantes más débiles del conjunto, puede resultar más desfavorable no tener voz en la calificación de lo que es excepcional que no haber participado en la redacción de las normas.

Vienen estas reflexiones a cuento de lo que últimamente se viene designando como "derecho de injerencia, asistencia o intervención..." cuando la democracia o los derechos humanos están amenazados en el interior de un. Estado. El tema es delicado, pero de rabiosa actualidad en la marea de cambios internacionales que vivimos, y no estaría tan rápidamente en alza si no hubiera desaparecido el sistema de bipolaridad efectiva creado por Washington y Moscú.

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Es urgente y actual porque los derechos humanos son violados en numerosos lugares y la democracia parlamentaria está prácticamente confinada a Occidente. Es delicado porque no todo el mundo entiende la democracia y los derechos humanos como nosotros. Y lo es porque inherente al derecho de injerencia es el recurso a la fuerza, formalmente prohibido por el derecho internacional en vigor.

Está bien que la sociedad internacional se preocupe de defender los derechos humanos fundamentales cuando estén en peligro. Pero, ¿quién define la fundamentalidad? Y aclarado el concepto, ¿quién interviene?, ¿quién se injiere?

El principal obstáculo radica en que continúa preponderando la sociedad de Estados soberanos individuales y que la vasta mayoría de ellos no per tenecen a Occidente. Y, al menos teóricamente, el tema lo tienen claro. Así, en su última reunión en la cumbre, el Movimiento de Países No Alineados (108) declaraba: "Reafirmamos que los derechos humanos básicos y las libertades funda mentales son de validez universal: saludamos la creciente ten dencia hacia la democracia y nos comprometemos a cooperar en la protección de los de rechos humanos...". Sin embargo (y aquí está el pero), "ningún país debe usar su poder para dictar su concepto de democracia y derechos humanos o para imponer condiciones a otros" (Yakarta, septiembre de 1992). Consecuentemente, los No Alineados, sin nombrarlo, rechazan el derecho de injerencia. Otro extremo importante: aun aceptado teóricamente el derecho de injerencia, ¿quién interviene? Si se quieren evitar abusos, no parece conveniente que lo haga un Estado individual, normalmente el más fuerte. En cualquier caso, deberá ser la ONU. Pero, ¿qué ONU? ¿La actual con Consejo' de Seguridad a cinco, con derecho de veto, o una ONU reformada?

El Tercer Mundo estima que se deben incrementar los programas de asistencia y cooperación y que se ha de dar entrada en el Consejo de Seguridad a sus más cualificados representantes (Brasil, India, Egipto, Nigeria) como manera de equilibrar el poder en Naciones Unidas. Este mundo es contrario al derecho de injerencia, al menos mientras no sea corresponsabilizado en la elaboración de la teoría y en la ejecución de la práctica.

Así pues, la cosa es complicada. Creo que mientras el sentido común de los diversos actores en presencia se moviliza de cara a lograr el adecuado equilibrio, lo mínimo que se debe hacer en este campo es reivindicar la exclusividad del derecho de injerencia para la ONU. Independientemente de la necesaria clarificación interna de la organización mundial.

En una de sus últimas declaraciones, cuando estaba a punto de dejar el cargo, el anterior secretario general de la ONU, Pérez de Cuéllar, se definió claramente sobre el particular: "El derecho de injerencia, en contraposición a la interpretación rígida del principio de no intervención, se está abriendo camino...".

Por la democracia

Apenas un mes después, y en la primera entrevista concedida a un medio de comunicación, el nuevo secretario general, Butros Gali, es preguntado sobre si la ONU debe favorecer la proliferación democrática en el mundo: "Igual que se ofrece asistencia técnica para construir hospitales y carreteras, debe existir una en favor de la democracia... Sin embargo, esta ayuda debe evitar toda injerencia en los asuntos internos".

Dos secretarios generales de la ONU: Cuéllar, peruano; Gali, egipcio. Ambos, por imperativo del cargo, por encima de impulsos nacionales y, en cualquier caso, ninguno de sus países respectivos miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Del primero se decía que se hallaba en mejor sintonía con el Consejo que Butros Gali, quien durante su primer año de mandato ha criticado en diversas ocasiones el "eurocentrismo" del organismo: Europa carga sobre la ONU sus responsabilidades hacia Yugoslavia, lo que dificulta que ésta pueda hacer frente mejor, por ejemplo, al terrible caso de Somalia.

Pero en una sociedad internacional que no es monolítica y cuya estructura no es del todo democrática, en una 1 so ciedad donde a menudo hay que recordar que universaliza ción de la cultura no debe equivaler a internacionalización de una cultura concreta y que "civilización occidental" no es igual a civilización de toda la humanidad, no está mal un se cretario general de un perfil particular, que incluye ser cristiano copto en Egipto, casado con una señora de origen judío y ser descendiente de un primer ministro asesinado por musulmanes fanáticos.

es embajador de España en Italia.

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