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Tribuna:EN TORNO AL PROYECTO DE LEY DE AUDITORIA DE CUENTAS
Tribuna
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Calidad de la información y auditoria contable

A estas alturas no es novedad señalar que nuestro modelo económico se caracteriza por una fuerte concentración de los recursos financieros en un núcleo no demasiado numeroso de grandes compañías. Estos recursos pertenecen en su mayor parte o son propiedad de un elevado número de ciudadanos y son manejados por un conjunto no muy numerosos de administradores o dirigentes empresariales que disfrutan de un poder de decisión bastante elevado que puede desembocar, de no existir controles sólidos ("poderes compensadores", diría Galbraith), en "dictaduras financieras" más o menos blandas.Transparencia informativa

La información contable sobre el quehacer de las empresas de ciertas dimensión (sociedades normalmente cotizadas en bolsa) constituye uno de esos instrumentos de control o "poderes compensadores" para evitar o atemperar el peligro de "dictadura financiera" de los máximos dirigentes empresariales frente a las masas de ahorradores que les confían sus recursos (como titulares de acciones, de obligaciones, etcétera). En efecto, de esa manera al menos puede existir una vía de conocimiento de lo que ocurre en las respectivas empresas (cuál es su situación económico-financiera, cuáles son sus beneficios o pérdidas, cuál es su previsible futuro, etcétera), aunque hay que reconocer que esta transparencia informativa no es por sí sola suficiente para poder cambiar el rumbo de ciertas acciones o comportamientos de los dirigentes que pudiesen ir en contra de los intereses de un buen número de los titulares de los recursos invertidos en las empresas. Con todo, una información contable veraz, completa y relevante, puesta automáticamente en manos del público, es una garantía natural frente a los riesgos potenciales de descontrol con que pueden actuar de hecho los administradores de las empresas en relación con los administrados.

El proceso de elaboración y rendición de cuentas de las empresas a partir de cierto tamaño debe estar presidido, por ello, de las máximas garantías. La auditoría de la información contable es algo axiomático y es el eslabón clave de la actuación eficiente del referido "poder compensador" en razón de la independencia, competencia profesional y responsabilidad de aquellos a quienes se encomienda su ejercicio, en beneficio y defensa sobre todo de los sujetos que forman la colectividad, rasgos éstos capaces de asegurar esa garantía de veracidad y relevancia que se condensa en esa frase técnica de cierta ambigüedad: "imagen fiel" de la empresa.

Mas he aquí el gran dilema: ¿es la captación, representación, medición y valoración de los hechos económico-financieros de que se ocupa la contabilidad para poder elaborar la información empresarial y, en último término, para auditar la misma un proceso sencillo, rutinario, casi automático o asépticamente técnico, en el que bastaría con un catálogo de fórmulas estereotipadas ("principios de contabilidad generalmente aceptados"), aplicado por personas con especialización técnica en la materia, para llegar a unos documentos informativos representativos de la situación razonable de la empresa o del grupo de empresas? O, por el contrario, ¿todo este quehacer contable es algo bastante más complejo, para el que es menester una formación rigurosa e interdisciplinar de la actividad económico-financiera e incluso de otras cuestiones conexas del marco jurídico para poder llegar a soluciones contables compatibles con el objetivo de mostrar tal situación o "imagen fiel"?

La respuesta, a nuestro entender, no tiene dudas. La contabilidad es una rama de la economía, de tal manera que es menester un conocimiento sólido de esta disciplina científica para poder alumbrar soluciones contables adecuadas o acordes con la racionalidad económico-financiera de los hechos. Pero además no se ha de olvidar que la economía, y por ello mismo también la contabilidad, son disciplinas eminentemente sociales en las que no caben los patrones o estereotipos rígidos ni las visiones esquemáticas y simplificadoras sobre los hechos económicos y la propia vida empresarial en sí; por contra, deben imperar los juicios de valor, los perfiles particulares del entorno y circunstancias de las diferentes empresas, etcétera, todo lo cual hace que sus planteamientos y soluciones tengan con frecuencia dosis más o me nos abultadas de relatividad y d convencionalismo.

No se puede conocer rigurosamente la contabilidad y por ende no se puede practicar un auditoría solvente de la información contable de las empresas grupos de cierta complejidad si una formación académica ad hoc de rango universitario de las disciplinas que configuran el currículo de un facultativo en materías económicas y empresariales amén de otros requisitos complementarios. Dicho con mayor rotundidad aún: sí la actividad económica es algo enormemente problemático, que tiene multitud de caras y de interrelaciones efectos cruzados, no es posible la emisión de un informe de auditoría rigurosamente ponderado e empresas de ciertas magnitud sí un conocimiento profundamente científico de dicha actividad, cual es lo contrario de la versión simplificadora que se deriva convertir este extremo en algo eminentemente técnico.

Información contable

La información contable y la auditoría independiente de esta información tiene una trascendecia social enorme. Un informe auditoría puede tener eefecto económicos, directos e indirectos sobre los intereses de mucha personas, del que pueden derivarse en ciertos casos ganancia para unos sujetos y pérdida para otros, por lo que es precisa que sea ponderado y tengaa reflexivamente en cuenta los diversos matices y circunstancias del caso que lleven a la solución imparcial más equilibrada. Además de los informes periódicos o de fin ejercicio, piénsese en la trascedencia y complejidad de operaciones tales como fusiones, absorciones, tomas de control, situaciones concursales, dictámenes en expedientes de crisis empresariales, etcétera.

Es menester por ello que el denamiento regulador de la autoría reserve la facultad de en estos informes a personas que ofrezcan las máximas garantías ante asuntos tan complejos; esta es, con titulación académica rigurosa en las materias sobre la que deben versar sus informes

Lamentablemente, el proyecto de ley que actualmente se debate en el Congreso de los Diputados no lo hace así, sino que rebaja temerariamente ("había cursado los estudios u obtener los títulos que faculten para el ingreso en la Universidad". Artículo 7º, 2, a). Si esto no se corrigen a tiempo habrá una contradicción patente entre el objetivo de robustecer la calidad técnica de los informes de los auditores y la información que el marco legal exigen quienes se otorga esta fáculta con lo que la pretensión declarada por la exposición de motivo "dotar de la máxima transparencia a la información económico contable de la empresa" puede quedar convertida de hecho hermosa retórica, y el contrapensador "poder compensador" que exige la desigualdad entre administradores y masa anónima de titulares de los recursos financiera de las empresas y grupos de cita dimensión no llegará a funcionar como sería de desear.

José Luis Cea García es catedrático Economía Financiera y Contabilidad de la facultad de Ciencias Económica y Empresariales de la universidad Autónoma de Madrid.

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