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La Cámara de los Lores británica estudia la propiedad de Dry Sack

El martes 8 de octubre terminó ante la Cámara de los Lores británica -el equivalente al Tribunal Supremo español- la vista de dos recursos de apelación presentados por la defensa de José María Ruiz-Mateos en el contencioso de la propiedad de la marca Dry Sack.El juicio, un episodio colateral con la cuestión fundamental -por decidir- de la propiedad de dicha marcha, asunto que se verá en febrero próximo, se inició el pasado día 5, y ha discurrido hasta el día 8, en que los cinco jueces terminaron de escuchar las alegaciones de las partes. Tras tres días de sesiones, existen pocas esperanzas de que las tesis de los abogados del empresario jerezano sean escuchadas por el tribunal.

Se trata de dos sentencias anteriores de los tribunales británicos, que han sido apeladas por los abogados de Ruiz-Mateos, la firma Denton, Hall & Burgin: las sentencias de la Corte de Londres de julio de 1983 y de noviembre de 1984, por la que se reconocía a Williams & Humbert el derecho a seguir comercializando su marca Dry Sack, desoyendo la tesis fundamental sostenida por los abogados de Ruiz-Mateos, según la cual, la ley de expropiación de Rumasa, que supuso el fin del imperio de la abeja, es una ley especial española, que no puede ser de aplicación en el Reino Unido.

En mayo del año en curso, los abogados del empresario presentaron una primera apelación ante el tribunal británico contra dichos fallos, apelación que perdieron por el resultado de dos votos a uno. La existencia de este voto discrepante abre a Ruiz-Mateos la posibilidad de recurrir ante la Cámara de los Lores, apelación que ha sido examinada ahora.

Expropiación legal

Fuentes jurídicas consultadas han manifestado su creencia de que el tribunal no ha puesto en duda la legalidad de la ley expropiatoria española y el derecho que, por tanto, asiste a Williams & Humbert a reclamar, por supuesto también en el Reino Unido, la propiedad de su marca Dry Sack. Como dato esgrimen el hecho de que, después de que las tres sesiones fueran monopolizadas casi al completo por las alegaciones de los abogados del demandante, el tribunal no considerara necesaria la intervención de la defensa española cuando a ésta le tocó intervenir.El asunto de que el tribunal reconozca que la ley española de expropiación es una ley normal, aprobada por el Parlamento y, por tanto, de plena aplicación a las distintas empresas de Rumasa en cualquier ámbito geográfico, es considerado como un punto básico de concepto, de cara a la vista fundamental de la propiedad de la marca, que se verá a mediados de febrero próximo, lo que permitirá a Williams & Humbert intentar recuperar un activo radicado en el exterior, caso de Dry Sack.

La sentencia en torno la apelación comentada, en cualquier caso, no se conocerá antes de un mes, habida cuenta de la tradición jurisprudencial que preside los fallos de la justicia británica.

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