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Polémica entre Hacienda y la patronal sobre la capacidad recaudatoria del futuro impuesto sobre el valor añadido

El recargo de equivalencia que será exigido desde el próximo año a más de un millón de comerciantes minoristas, como régimen especial del impuesto sobre el valor añadido (IVA), se ha convertido en el núcleo de la polémica sobre los ingresos que proporcionará al risco este nuevo tributo. Las diferentes estimaciones -según Hacienda, el IVA proporcionará entre 1,5 y 1,6 billones de pesetas, lo mismo que si se mantuvieran los 24 impuestos a los que sustituye; según la CEOE, entre 500.000 y 700.000 millones de pesetas más- estaban centradas en el posible nivel de fraude.

El secretario de Estado de Hacienda, José Borrell, se reunió ayer con los representantes de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y de la Unión General de Trabajadores (UGT) dentro de la comisión fiscal prevista en el Acuerdo Económico y Social (AES). Borrell afirmó que la reunión había sido positiva y que se había presentado a patronal y central sindical el proyecto de ley del IVA aprobado en Consejo de Ministros. El secretario de Estado señaló que el IVA no sustituye a 23 impuestos, como se había dicho hasta ahora, sino a 24 ya que se ha añadido a la lista de impuestos sustituibles el canon de coincidencia sobre transportes terrestres, a petición de los empresarios del transporte.

Asumir compromisos

José Luis Cerón, presidente de la comisión económica de la CEOE declaró, según Efe, que la patronal no asumirá compromisos hasta tanto no se sepa cómo queda definitivamente el IVA y que no puede asumir dicho compromiso mientras la Administración no haga una cuantificación exacta del impuesto. El IVA debe gravar el valor incorporado en todos y cada uno de los pasos de la producción, incluso la fase de comercio al por menor, según las directivas de la Comunidad Económica Europea (CEE). Las mismas normas admiten, sin embargo, aplicar el IVA sólo hasta el comercio al por mayor y cobrar un impuesto complementario autónomo a los minoristas, aunque en este caso los Estados miembros tienen que consultar previamente a la Comisión de Bruselas. Para España, esta posibilidad ofrece dos ventajas: evitar la improvisación de un gran aparato gestor para controlar que cada comerciante pague el IVA correspondiente a sus márgenes -lo que exigiría llevar factura de las ventas- y garantizar mejor que no aumenten los precios más de lo justificado.

Las dudas sobre los minoristas

Después de las dudas surgidas al elaborar los diversos proyectos de IVA, el texto entregado a finales del pasado año en la comisión fiscal de seguimiento del Acuerdo Económico y Social (AES) no se pronunciaba por el tratamiento de los minoristas. El Ministerio de Hacienda, pese a que un año antes calculaba dos millones de pesetas de recaudación para 1986, hablaba entonces de unos ingresos próximos a 1,6 billones de pesetas, similares a los procedentes de los primeros 23 impuestos y tasas que sustituirá el IVA (sobre todo, los impuestos de tráfico de empresas, lujo, especial sobre bebidas refrescantes, tasas sobre espectáculos públicos y diversas exacciones). Para la CEOE, que partía de la propia memoria oficial del proyecto de IVA, tales estimaciones descontaban un 32% por evasión fiscal y lo razonable sería dejarlo en el 20% o 10%, lo que elevaría la recaudación en 500.000 o 700.000 millones de pesetas, respectivamente. En este contexto, Hacienda incluyó en el texto, semanas antes de que el Gobierno aprobara el proyecto, un trato concreto para minoristas, que fue ratificado por el Consejo de Ministros de hace dos miércoles. Se trata del llamado régimen de recargo de equivalencia, mediante el cual se intenta lograr entre los comerciantes una recaudación equivalente a la de aplicar el IVA, aunque sin tener que recurrir directamente a ellos. Así, los comerciantes -siempre que no sean empresas y ejerzan su actividad en sectores que concretará reglamento del impuesto- no tendrán que liquidar el IVA por sus ventas, así como tampoco deducir las cuotas correspondientes a sus compras.

En cambio, cuando adquieran los productos deberán pagar a sus proveedores mayoristas -y estos se encargarán de liquidar cuentas con Hacienda- el 1% para las entregas de bienes gravados con el tipo reducido del IVA (6%) o el 3% para los restantes (gravados con el 12% de tipo general o el 33% de los artículos de lujo).

Los proveedores cargarán por factura a los comerciantes tanto el IVA acumulado por el producto como el citado recargo. Pos su parte, los minoristas podrán fijar los precios de venta globalmente, sin especificarlos en factura.

Tasa de equivalencia

Según fuentes de CEOE, con esta tasa de equivalencia -introducida sin consultar a la comisión fiscal del AES, lo que había originado las reacciones negativas de la patronal ante la noticia de que el Gobierno había aprobado el proyecto-, Hacienda se quita de enmedio el trato directo con casi dos millones de comerciantes que no estan acostumbrados a ir trimestralmente a sus ventanillas. Pero junto a los problemas de gestión el fisco también supera el derivado de sus relaciones con las comunidadades autónomas, que en fase minorista sí podían reclamar la gestión del tributo y ahora tendrán que negociar con el Ministerio de Economía y Hacienda cómo reciben sus rendimientos en este escalón.

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