La publicidad estática
Los ingresos de TVE por publicidad estática han experimentado el pasado año un considerable incremento: en 1981 se firmaron 30 contratos por importe de 26 millones de pesetas; en 1982, 28 contratos por importe de 79 millones de pesetas y en 1983, 75 contratos por 166 millones de pesetas. El baremo que RTVE utiliza para tarifar el precio de la publicidad estática televisada es el 28,5% del precio que cuesta el anuncio en el recinto de la retransmisión, y de 33.000 pesetas por segundo.TVE ha ingresado, por otra parte, 284 millones de pesetas en concepto del 10% sobre la recaudación de las apuestas de la quiniela hípica, entre el 8 de enero y el 12 de agosto del presente año.
Un documento de la Gerencia, del pasado 21 de mayo, define esta publicidad así: "Cuando TVE transmite un evento deportivo, generalmente difunde, al hilo de la retransmisión, los paneles, vallas o affiches situados en el recinto o circuito donde se desarrolla la competición o exhibición. Por esta difusión, la publicidad representada en las vallas o affiches adquiere un valor suplementario superior, derivada del incremento de audiencia oriWinada por su difusión por TVE. Ésta, como participante primordial en el incremento de valor, debe tener parte en el mismo, ya que en caso contrario se produciría el siguiente efecto: a) un enriquecimiento injusto para anunciantes u organizadores (a través de exclusivistas) que venden esta publicidad a precios cuasi-televisivos. b) Una aminoración de ingresos por TVE, al derivarse hacia esta modalidad publicitaria parte de los presupuestos publicitarios de anunciantes, en detrimento de la inversión normal en el medio".
La Unión Europea de Radiodifusión (UER), de la que es miembro RTVE, dictó el 11 de diciembre de 1976 unos principios sobre la publicidad estática. El primero de ellos establece que "los anuncios no deben afectar a la calidad de la transmisión o interferir con una visión completa y estéticamente satisfactoria del acontecimiento para la audiencia de televisión, por ejemplo, siendo situada en dos o más filas emplazadas en el campo de las cámaras".
"Los anuncios no deben estar situados entre la cámara y la acción", dice el segundo principio. "Los colores utilizados para la publicidad", dispone la tercera norma, "no deben afectar a la imagen televisiva, estando prohibida la utilización de colores fluorescentes. Los anuncios luminosos están igualmente prohibidos".
El cuarto principio prohibe que los anuncios se instalen "sobre soportes móviles, tales como pancartas, banderas o banderolas". El sexto principio establece que "nínguna publicidad sonora puede ser realizada durante las transmisiones".
La Alta Autoridad Audiovisual, máximo organismo de la televisión francesa, difundió en enero de este año un documento sobre la publicidad estática para advertir sobre este "fenómeno característico de enriquecimiento sin causa que revela la anomalía mayor de las relaciones entre el deporte y Ia televisión
Esta información y la publicada ayer en estas páginas han sido realizadas por Javier Martín J. R. Pérez Ornia, Luis Gómez, Eduardo Bendala y Antonio Guerrero.
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