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Mecanismos y repercusiones de un impuesto europeo / 1

El Ministerio de Hacienda estará preparado para asumir la gestión del IVA el 1 de enero de 1984

Hacienda estará en condiciones de implantar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) el 1 de enero de 1984. Aunque la decisión de su entrada en vigor corresponde al Gobierno, y pese a que el proyecto de ley del citado impuesto no será debatido en las Cortes, probablemente, antes de febrero de 1982, el Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha un ambicioso plan de adecuación de la Administración -funcionarios y medios técnicos- al nuevo tributo y de difusión de los mecanismos y efectos del IVA entre los futuros contribuyentes del mismo.

En este sentido ayer fue difundido un libro editado por el citado Ministerio, que contiene, para la divulgación entre su personal y entre los sectores afectados, el proyecto de ley del IVA, la memoria del mismo, y las directrices sexta y octava de la CEE sobre la tasa del valor añadido. Esta misma semana, por otra parte, Hacienda habrá ultimado el plan de adecuación para la implantación del IVA (se pretende preparar a 2.000 funcionarios, entre otras medidas), y se ha puesto en marcha una serie de reuniones conjuntas Administración-empresariado para determinar los efectos concretos del nuevo impuesto en los distintos sectores de la economía.El IVA, impuesto en vigor en 31 países y en la CEE, sustituirá .al impuesto de compensación de internos (ICGI) .para la importación, al impuesto de tráfico de empresas (ITE), la mayor parte de los de lujo, y parte de la renta de los monopolios, entre otros. El tipo de gravamen efectivo del IVA -según la memoria del proyecto de ley- se ha estimado en un 4,6%, "que producirá una recaudación equivalente a los impuestos a los que sustituye". Reforzado el tipo calculado por razón de exoneraciones, tipos discriminados, posible evasión estimada, etcétera, el tipo legal ordinario se elevaría al 6,5%-7%. Todo ello teniendo presente que los cálculos han sido realizados sobre la estructura de las tablas input-output para 1975 y sin contemplar las minoraciones recaudatorias previstas en el proyecto de ley para el período transitorio de implantación del IVA. Para los cálculos se han empleado las recaudaciones de los últimos ejercicios (no está incluida la de 1981, año en que se ha elevado el ITE, lo que también está previsto para 1982).

El tipo general previsto por el proyecto de ley es del 11 %. La diferencia sobre el tipo que produce equivalencia recaudatoria se asignará -según la memoria- a reducir cuotas y financiar Seguridad Social.

La determinación de la base imponible se ha calculado también, además de por el método sectorial de las tablas inpout-output, a partir del consumo de las familias mediante los datos de la contabilidad nacional.

No incrementa la presión fiscal

Los resultados de ambos métodos conducen a unas cifras de recaudación por IVA bastante aproximadas entre sí, que, extrapoladas al año 1981 -siempre según la memoria-, serían del orden de un billón de pesetas. El IVA no significa en principio un aumento de la presión fiscal.

En términos de presión fiscal, los impuestos absorbidos por el IVA en recaudación líquida representan un 3,4% del PIB al coste de los factores. Por su parte, el IVA, al tipo del 11 % fijado en el proyecto de ley, puede representar un 6% del PIB. La diferencia en este caso, del 2,6%, del PIB, será la cuota de la Seguridad Social a financiar por el Estado, quedando en definitiva -siempre según la memoria- la presión conjunta igual que en el sistema anterior,"si bien se advierte del carácter puramente estimativo y provisional de estos datos"

Expertos financieros del sector privado han opinado en los últimos días que las elevaciones del ITE en 1981 y 1982 podrían haber desbordado ya el tipo del 11 %, previsto en el proyecto de ley del IVA, y lo sitúan en el 14%-15%. Fuentes de Hacienda, aunque admiten esta posibilidad en algunos casos, niegan un valor absoluto a tales afirmaciones. De todos modos, en las comisiones mixtas Administración-patronales se están estudiando los efectos del IVA en los distintos sectores y en las grandes empresas, aparte del análisis maeroeconómico del mismo.

El nuevo impuesto, según Hacienda, fomenta la inversión y el empleo. Según estas fuentes el sistema de imposición vigente es discriminatorio para los bienes de inversión que soportan un doble gravamen, extremo que subsanará el IVA. La práctica liquídatoria del nuevo impuesto, por otra parte, permite -en el caso del consumo- la deducción inmediata de las cuotas soportadas en la adquisición de los bienes de inversión, lo que representará un crédito de impuesto -en el período previo a la implantación del IVA- de claro signo incentivador a la inversión. Por esta causa y por la absorción de costes de Seguridad Social, el IVA favorecerá el empleo.

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