"El proyecto del impuesto sobre la renta no hay quien lo entienda"
Pregunta. ¿Qué grado de consenso existe entre las distintas fuerzas parlamentarias respecto del proyecto de nuevo impuesto sobre la renta?Respuesta. Realmente, el término consenso tiene distintas interpretaciones, según por parte de qué grupo se emplee. En torno a la Constitución, que es para lo que más se ha empleado, el concepto es diferente para los socialistas que para el resto de los grupos parlamentarios. Los socialistas entienden que el consenso debe centrarse en la aceptación del texto constitucional concluido el 5 de enero pasado, sin tener en cuenta las modificaciones posteriores, fruto del trabajo de todos los partidos representados en las Cámaras. Ahora bien, en el aspecto concreto sobre el que usted me pregunta, debo decirle que el consenso no es absoluto, pues ya en el texto del informe se señala dónde existe y dónde no el acuerdo de los distintos miembros de la ponencia, lo que hace presumir que se producirá debate precisamente sobre esos determinados puntos en los que los ponentes mostramos nuestras discrepancias. En este sentido, debo añadir que los distintos grupos parlamentarios se han reservado al derecho a defender todas las enmiendas presentadas en el seno de la Comisión. Algunas de estas enmiendas, incluso, se han elevado a voto particular, hasta un total de diez o doce. Ahora bien, si lo que usted me pregunta es si el texto remitido por el Gobierno está en principio aceptado, esto es obvio, porque no existe ni ha sido presentada ninguna enmienda a la totalidad.
P. En el caso concreto del grupo parlamentario de Alianza Popular, al que usted representa, ¿qué grado de discrepancia y en qué puntos concretos sustentan con respecto al proyecto gubernamental?
R. Los puntos de discrepancia son varios. En el tema de las plusvalías, por ejemplo, entendemos que debe tributarse por los conceptos reales y no por los ficticios. En el proyecto no se tienen en cuenta las consecuencias de las altas tasas de inflación que padece nuestra economía. No nos parece lícito valorar la plusvalía de un determinado bien en pesetas corrientes, debería realizarse en pesetas constantes. Ello quiere decir, poniendo un ejemplo práctico, que si una persona compró un piso hace diez años por un millón de pesetas y hoy vale diez en el mercado, no puede decirse que la plusvalía sea exactamente nueve millones de pesetas, porque, evidentemente, un millón de pesetas de hace diez años no equivale a la misma cantidad de hoy en día. En definitiva, hay que deflactar el incremento del coste de la vida, como propugna una enmienda de nuestro grupo, firmada por Gonzalo Fernández de la Mora.
P. Otro de los temas en los que han surgido mayores discrepancias es el del tratamiento de la familia. ¿Cuál es su postura concreta?
R. Nosotros consideramos que debiera concederse la facultad, al menos potestativa, de que cada una de las personas que componen la familia y obtienen ingresos por su cuenta presentara su declaración de la renta de modo individual y separado. Muchos países lo han establecido así. No hay que inventar nada. Basta con acudir al Derecho comparado y trasplantar alguno de los modelos ya existentes. La verdad es que el impuesto se denomina indebidamente de la renta de las personas físicas, cuando en realidad lo es de la renta de las unidades familiares. Yo comprendo las dificultades técnicas existentes para aplicar una fórmula como la sugerida, por eso he propuesto que se aplique al menos un corrector que evite la penalización del matrimonio, que es la consecuencia final del tratamiento familiar del proyecto. Por otra parte, entiendo que es del todo improcedente la redacción del artículo en el que se define la unidad familiar, ya que introduce de hecho una modificación del Código Civil, al hablar de la posible disolución del matrimonio, no contemplada en nuestro derecho. Si la reforma es necesaria, que se lleve a cabo primero en el texto del Código Civil, pero no puede emplearse una ley impositiva como puerta falsa para modificar el derecho de familia.
P. Otros puntos de discrepancia han sido los relativos a la exención por donaciones a fundaciones y entidades. ¿Qué postura asume Alianza Popular en este tema?
R. Yo entiendo que lo establecido en el proyecto es discriminatorio para las fundaciones privadas, ya que favorece desproporcionadamente a las oficiales frente a aquéllas. al desgravar el 100 % de las donaciones a las que dependan del Estado y sólo hasta el 25 % de las que se destinen a las de carácter privado. Los socialistas han propuesto la supresión de este último 25 %, mientras que UCD defiende que exista exención y propone a su vez eliminar una limitación del proyecto inicial, según la cual estas donaciones no podrían exceder de un tope determinado respecto a la base imponible. Yo creo que la discriminación a la que aludo es contraria al texto constitucional que paralelamente se debate. Concretamente, veo que va en contra del artículo 26, en el que se establece la libertad de enseñanza, concebida como libertad de acceso y elección. Está claro que si no existe igualdad de condiciones en las posibilidades de elección, la libertad no existe como tal.
P. En el hipotético caso de que Alianza Popular estuviese actualmente en el Gobierno, ¿qué tipo de proyecto de ley del Impuesto sobre la Renta hubiera remitido a la Cámara y cuáles serían sus diferencias más sustanciales respecto al de UCD?
R. Básicamente, la filosofía de nuestro hipotético proyecto sería similar a la del remitido por UCD. Entiendo que efectivamente el impuesto sobre la renta debe ser el impuesto rey del sistema fiscal. Su existencia es absolutamente necesaria para qu e exista una auténtica justicia distribuitiva. Ahora bien, creo que deberían modificarse las exenciones previstas, de modo que se favorezca el ahorro. También sería deseable una modificación de los gastos deducibles. Ya le digo que nuestro proyecto sería muy similar, con las correcciones que entendemos necesarias y que ya están recogidas en las distintas enmiendas que hemos presentado.
R. El primer eslabón del nuevo ordenamiento fiscal español fue la aprobación de la ley de Medidas Urgentes. ¿Cuál es su valoración de los efectos derivados de la aplicación de esas medidas urgentes?
R. Yo diferenciaría en la valoración los efectos fiscales y los económicos. Los fiscales han sido esencíalmente positivos porque han permitido que afloren las bases impositivas ocultas, que quedaran regularizadas determinadas situaciones y que los deberes ante el fisco se asuman con más rigor y seriedad. Los efectos económicos, por el contrario, entiendo que han sido menos satisfactorios, porque las medidas han entrado en vigor en un momento de aguda crisis económica, con retraimiento inversor y falta de creación de puestos de trabajo, con las negativas consecuencias sobre el paro que son de imaginar. En las circunstancias presentes, sería necesario estimular la inversión, pero el palo del fisco tiene un efecto psicológico inevitable que provoca todavía un rrtayor retraimiento de los potencial,es inversores. Igualmente, el precepto de publicar las listas de contribuyentes es un factor de alarma, no un incentivo.
P. ¿Considera, que la Administración Tributaria española está en condiciones de aplicar el contenido del proyecto de ley y de hacer cumplir el nuevo ordenamiento fiscal, en términos generales?
R. Siempre he dicho que hay que empezar a sanear el panorama fiscal español haciendo que paguen todos los obligados a contribuir, y esto se puede hacer simplemente mejorando la Administración Tributaria. La actual es imperfecta; de un lado, falta personal, y, de otro, el funcionariado existente podría alcanzar mejores y más altas cotas de rendimiento. Si no se consigue mejorar el funcionamiento general de la Administración Tributaria, es obvio que la reforma fiscal quedará exclusivamente sobre el papel.
P. ¿Sería conveniente o necesario elaborar una nueva ley tributaria? Y, en caso afirmativo, ¿cuál sería el mejor momento para plantearla?
R. Es obvio que un nuevo ordenamiento fiscal precisa de una nueva ley tributaria. Personalmente, entiendo que su elaboración y discusión debería ser paralela a la de las leyes que regirán los restantes impuestos, de modo que cuando concluyera el ciclo fiscal contáramos ya con una nueva ley-marco como es la tributaria, totalmente aprobada y en vigor.
P. Una última cuestión. ¿Qué debe esperar el ciudadano, sujeto, a fin de cuentas, de esta nueva ley que el lunes comenzarán ustedes a discutir en el Congreso? ¿Supondrá una simplificación para el cumplimiento de sus deberes fiscales?
R. La sociedad debe esperar, en principio, una mayor justicia fiscal y mayor justicia distributiva. El nuevo sistema que se propone será más duro para el que no pagaba aquello que le correspondía y menos duro para el que ya venía cumpliendo estrictamente con sus deberes fiscales. La nueva ley permitirá ampliar el espectro de sujetos pasivos del impuesto de modo considerable. En cuanto a la segunda parte de su pregunta, debo decirle que desgraciadamente se trata de una ley esotérica Para entenderla no basta con saber leer y escribir; hay que ser necesariamente un experto en derecho fiscal. Esto, a mí me parece mal. Creo que habría que hacer una ley para todos, que fuese comprensible por la mayor parte de los españoles. En definitiva, es una ley excesivamente técnica.
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