_
_
_
_

España deberá modificar su legislación si quiere formar parte del Mercado Común

«Si España aspira a ser miembro de pleno derecho de la CEE, uno de los aspectos que deberá modificar es su actual legislación sobre sociedades anónimas, con objeto de adaptarla a la de los nueve, siguiendo un proceso similar al recorrido por Gran Bretaña cuando este país planteó su ingreso en la Comunidad», ha declarado a EL PAIS Peter Sanders, catedrático de Derecho Internacional y autor del texto legal que sobre sociedades anónimas rige en el Mercado Común.

El punto más sensible de modificación de nuestra legislación sería la creación del llamado sistema dual, lo que significará la existencia de un consejo ejecutivo y otro de supervisión en todas las empresas con capital anónimo. Esta modalidad permite una mayor protección de los accionistas y de los acreedores.Para el profesor holandés, los poderes con que cuenta el accionariado en las sociedades anónimas son suficientes, aunque el problema del desinterés es la principal traba para que el accionista consiga un control más efectivo de la sociedad en la que tiene depositado su capital.

Este escaso interés se plasma en la no sindicación del accionista que podía utilizar la fuerza de un grupo importante para alcanzar un más lógico control del ejecutivo. En cualquier caso, todos estos problemas pueden quedar resueltos con la creación del sistema dual y el nacimiento de un consejo de supervisión.

La falta de interés o de tiempo del accionista no tiene una muy clara solución, ya que es una cuestión personal y nadie puede obligar a que ejerciten sus derechos de aprobar las cuentas, modificar los estatutos o pedir el cese de algún miembro del consejo de administración. El caso de Alemania es clarificador, ya que allí el accionista confía al banco los plenos poderes de sus acciones, lo que permite a la entidad bancaria convertirse en gestor importante de la sociedad anónima correspondiente.

Peter Sanders se encuentra en Madrid para asistir al Seminario Latinoamericano sobre Arbitraje Comercial Internacional que organiza el Consejo Superior de Cámaras.

El arbitraje es la fórmula adoptada por empresas nacionales o internacionales para solucionar un conflicto que afecta a las partes y que, por interés de éstas recurren a una tercera persona (hombre bueno) para solucionar la disputa en vez de recurrir a los tribunales, ya que por regla general es esta fórmula más informal y cómoda para las empresas en litigio.

Según el profesor Sanders, experto en, estos temas y autor de tratados sobre el arbitraje comercial, el principal problema con que se enfrenta esta fórmula es la necesidad de que la sentencia que se dicte sea cumplida, problema que está prácticamente resuelto tras la redacción del Convento Internacional del Arbitraje, que ha sido firmado ya por más de cincuenta países.

En opinión del profesor Sanders, la actual legislación sobre el tema es completamente insuficiente, aunque puede haber un cambio importante, ya que si es aprobado el proyecto de ley, actualmente en las Cortes.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_