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La Agencia Mundial Antidopaje saca a la cafeína de la lista de sustancias prohibidas

Las sanciones por consumo de alcohol o derivados del cannabis se reducirán si se demuestra que el deportista no tomó intencionadamente dichos productos

A partir del uno de enero de 2004 los deportistas podrán tomarse tranquilamente un café antes de una gran competición. La Agencia Mundial Antidopaje (AMA), como ya anunció la semana pasada, ha excluido a la cafeína de su lista de productos prohibidos.

También dejará de sancionarse el uso de la pseudoefedrina, una sustancia con igual composición química que la efedrina pero con distintas propiedades, que se utiliza para acompañar el esfuerzo. Sin embargo, la nueva lista de productos dopantes incluye el el modafinil, un psicoestimulante.

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La Agencia Mundial Antidopaje también ha publicado hoy la lista de sanciones que se le aplicará a los deportistas que consuman productos dopantes. Aunque en general las sanciones van desde los dos años de suspensión por la primera infracción hasta una suspensión de por vida en caso de reincidencia, se han establecido disposiciones diferentes para lo que se pasan a denominar "sustancias específicas".

Esta nueva categoría agrupa, junto a una serie de medicamentos utilizados diariamente, a la efedrina, el alcohol y los derivados del cannabis, ya que la AMA cree que son sustancias "especialmente propicias a la violación no intencional de las normas antidopaje en razón de su gran disponibilidad".

Si el deportista puede demostrar que no tenía la intención dedoparse, las sanciones irán de un año de suspensión a una simple amonestación cuando se de el primer positivo. En caso de una segunda infracción, la sanción será de dos años de suspensión. Si se da un tercer positivo, el deportista no podrá volver a competir.

La lista de productos prohibidos y las sanciones que la acompañan se convierten en fuerza de ley en todas las federaciones deportivas que firmaron el Código Mundial Antidopaje.

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