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Absuelto un exalcalde del PP del delito de abuso a una trabajadora sin seguridad social

El tribunal no halla pruebas de que Manuel Pérez hubiese pedido sexo a una mujer a cambio de no denunciarla cuando era inspector de Trabajo

Manuel Pérez, primero por la izquierda, durante un acto en Zamora en 1999.
Manuel Pérez, primero por la izquierda, durante un acto en Zamora en 1999.efe

Manuel Pérez, exalcalde del PP de Vigo, ha sido absuelto del delito de abuso cometido en el ejercicio de sus funciones como inspector de Trabajo tras ser acusado por una mujer de haberle pedido sexo a cambio de no denunciarla por estar cobrando el paro y trabajar en una panadería sin estar dada de alta en la Seguridad Social. La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra no halló pruebas de que el exregidor, defendido por un abogado del Estado, realizara proposiciones sexuales a la mujer cuando esta fue a visitarle a su despacho para llevarle unos documentos de la empresa en la que trabajaba en situación irregular. “No existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia”, afirma el tribunal. “A tal conclusión llegamos tras la oportuna valoración en conciencia de la prueba practicada en el juicio oral, fundamentalmente la de la presunta víctima”, añade la sentencia.

El acusado, para el que la fiscalía solicitó una condena de año y medio de prisión y siete de inhabilitación absoluta, negó en el juicio cualquier abuso o tocamiento, ni siquiera que piropeara a la denunciante como esta declaró. Manuel Pérez dijo que al comprobar que la mujer estaba trabajando y cobrando el paro le advirtió de la gravedad de la situación. “Pero ella me dijo, no me quite el paro que es el pan de mis hijos", declaró el expolítico ante el tribunal. Añadió que fue entonces cuando abrió un expediente pero cuando se enteró de que la mujer lo había denunciado se abstuvo de continuar con el caso, informó al inspector jefe y entonces otro compañero lo relevó.

La empleada de la panadería mantuvo la acusación aunque afirmó que no quería denunciar a Manuel Pérez, “porque se trataba de una persona con poder”, dijo, pero finalmente lo hizo porque su novio la obligó. "Al final ha pasado lo que me temía porque me quitaron el paro y tuve que pagar una multa y la única perjudicada he sido yo”, lamentó la mujer en el juicio. En los hechos probados relata el tribunal que el acusado recibió en su despacho a la mujer donde le entregó la documentación que llevaba, y ambos estuvieron hablando de otros temas ajenos al objeto de su visita, “sin que se haya acreditado que en el curso de la misma le hubiera efectuado proposiciones de contenido sexual”.

Invocando jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los parámetros de la valoración de la prueba y de la presunción de inocencia dice la sentencia que frente a una prueba única, que procede además de la parte denunciante, la presunción esencial solo puede quedar desvirtuada cuando la referida declaración supera los criterios racionales de valoración que le otorguen la consistencia necesaria para proporcionar, desde el punto de vista objetivo, una convicción ausente de toda duda racional sobre la responsabilidad del acusado”. Y añade la sentencia que “cuando pueda atisbarse racionalmente otra motivación, de carácter espurio, esta conclusión no puede aplicarse, lo que no significa que el testimonio quede desvirtuado, pero sí que precisará de otros elementos de corroboración”.

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