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La lentitud judicial evitará que Serra acabe en prisión si es condenado

La Fiscalía apreciará dilaciones indebidas y podrá pedir una pena inferior a los dos años

Jesús García Bueno
El presidente de Caixa Catalunya, Narcís Serra, y el director general, Adolf Todó, en rueda de prensa tras una asamblea ordinaria en 2010.
El presidente de Caixa Catalunya, Narcís Serra, y el director general, Adolf Todó, en rueda de prensa tras una asamblea ordinaria en 2010.Marcel·lí Sàenz

El expresidente de Caixa Catalunya, Narcís Serra, no ingresará en prisión aunque sea condenado. El exministro de Defensa irá a juicio por aprobar aumentos de sueldo para los directivos cuando la entidad atravesaba una situación financiera crítica. La Fiscalía Anticorrupción presentará en los próximos días el escrito de acusación por un delito de administración desleal. El fiscal, sin embargo, deberá contemplar una circunstancia atenuante que favorece a Serra: dilaciones indebidas. Esa circunstancia, provocada por la lentitud judicial, hará que la pena solicitada sea inferior a dos años y hará que Serra evite, con toda probabilidad, la cárcel.

La semana pasada, la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona resolvió, por fin, el recurso que Serra y otros acusados presentaron para evitar ir a juicio. Los magistrados han confirmado la resolución del instructor, que en diciembre de 2014 cerró el caso y vio indicios de delito para abrir vista oral contra Serra; contra el exdirector general, Adolf Todó, y contra 39 directivos de la caja de ahorros, absorbida por BBVA.

El problema es que la Sección 21ª ha tenido sobre su mesa el recurso, pendiente de resolver, desde marzo de 2015. El fiscal Fernando Maldonado recordó hace unos meses a los magistrados que debían resolver, en un sentido u otro, el recurso. Lo mismo hizo la CUP —que ejerce la acusación popular— a principios de este mes. Al final, la causa judicial ha permanecido un año y siete meses sin actividad alguna. Un tiempo suficiente para apreciar la atenuante de “dilaciones indebidas”. El Código Penal prevé aplicar esa circunstancia atenuante para aquellas causas en las que hay un retraso extraordinario sin un motivo justificado, siempre que esa demora no pueda atribuirse el acusado.

Cuando ocurrieron los hechos, el delito de administración desleal se castigaba con penas de seis meses a cuatro años de cárcel. Esa es la tipificación que se aplicará a Serra y al resto de directivos, al ser más favorable que la actual. Como deben apreciarse las dilaciones indebidas, la pena solicitada solo puede serlo en el grado inferior; en este caso, oscilará entre los seis meses y el año y cuatro meses de prisión. Al carecer Serra de antecedentes —y por otras características particulares del caso— todas las fuentes judiciales consultadas coinciden en que el exministro, aun en caso de ser condenado, no pisaría la cárcel.

La acusación puede ser aún más favorable para el expresidente de Caixa Catalunya si las dilaciones indebidas se aprecian como “muy cualificadas”. Fuentes cercanas a la defensa de los directivos señalan que el procedimiento sufrió también un parón durante la investigación —por la sustitución del magistrado— que debe contabilizarse. En tal caso, la pena a imponer a Serra sería de un máximo de seis meses.

A la espera del juicio, la Fiscalía y el juez coinciden en que los miembros del Consejo de Administración aprobaron en 2010 aumentos de sueldo “con abuso de cargo” y “en perjuicio” de la entidad, que había solicitado un préstamo de 1.250 millones al FROB y aprobado un ERE de 1.300 personas.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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