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Absuelto el alcalde de Sunyer por la muerte de una niña en su propiedad

La menor, hija de un concejal, falleció aplastada por un tubo de hormigón La pequeña jugaba con sus amigos en un terreno sin vallar

La Audiencia de Lleida ha exculpado al alcalde de Sunyer (Segrià), Salvador Huguet (CiU), por la muerte de una niña de 10 años cuando jugaba con unos tubos de hormigón en un solar de su propiedad.

El tribunal, que confirma el auto de sobreseimiento dictado el pasado mes de enero por un juzgado de instrucción de Lleida, considera que el suceso fue accidental y que el alcalde no tiene ninguna responsabilidad penal en el fatal desenlace, a pesar de que la finca en la que se encontraban los tubos no estaba vallada, como exige la normativa.

El accidente, en el que resultó muerta la pequeña Mariona G.Q. y herida de gravedad una de sus compañeras, Júlia C.B., de 11 años, se produjo alrededor de las once de la noche del 31 de marzo de 2013, cuando un grupo de unos 10 niños estaba jugando a oscuras con unos tubos en un solar abierto del pueblo, propiedad del alcalde, donde se acumulaba leña, maquinaria y material de obra sobrante.

El juego consistía en hacer rodar los tubos de hormigón con alguno de los niños dentro. En un momento determinado, uno de los tubos, de unos 200 kilos de peso, chocó con otro y se rompió, cayendo los trozos sobre las dos niñas que estaban en el interior. Una de las menores, hija de un concejal del consistorio de Sunyer, falleció, mientras que la otra estuvo ingresada varios días en el hospital de Vall d’Hebrón de Barcelona.

Los familiares de las víctimas denunciaron al alcalde por considerarlo culpable de un delito de homicidio imprudente por omisión, pero el juez archivó la causa. El auto fue recurrido y la Audiencia lo ha confirmado al estimar que no se puede atribuir el fatal accidente a la omisión del edil. “Aun cuando se aceptara que el imputado actuó con negligencia por no haber vallado el solar, la realidad es que esa no fue la causa penal del accidente”, señala, sin perjuicio de que los afectados puedan reclamar por la vía civil.

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