Absuelto el subinspector de los ‘mossos’ por la carga en la UdG
El juez admite que dos agentes se excedieron con las porras, pero no han podido ser identificados
La polémica actuación de la policía catalana en el desalojo del claustro de la Universitat de Girona (UdG) el 16 de diciembre del 2011 se ha cerrado sin culpables legales. El subinspector de los Mossos d'Esquadra acusado de 11 delitos de lesiones producidas por las porras de los agentes ha sido absuelto al considerar el juez que la actuación fue proporcionada y que se hizo uso de la “mínima fuerza imprescindible”. El juez sí mantiene que en dos casos los ‘mossos’ se excedieron y golpearon de forma “gratuita” a un trabajador y a una estudiante, pero exculpa de sus acciones al mando que dirigió el dispositivo. Los dos agentes responsables no han podido ser identificados.
El juzgado de instrucción número 2 de Girona ha determinado que no hay pruebas de que el subinspector diera “directa y personalmente” la orden a los agentes antidisturbios para atacar y agredir a los manifestantes, tal y como argumentó la acusación de los 11 lesionados. Ese día un grupo de estudiantes irrumpió en el claustro de la UDG mientras se celebraba un acto institucional con la presencia del presidente de la Generalitat, Artur Mas, en el Aula Magna. Los estudiantes abrieron por la fuerza la puerta por la que se podía acceder al aula, con un desnivel de tres metros que generó una situación de peligro. El uso de las porras en esas circunstancias fue “justificado” y proporcionado, según el juez.
Ambos golpearon con sus porras a un trabajador que estaba “tranquilamente tomando café” y a una estudiante que deambulaba “pacíficamente con la mirada perdida” en el claustro
Dos agentes, sin embargo, se excedieron. Ambos golpearon con sus porras a un trabajador que estaba “tranquilamente tomando café” y a una estudiante que deambulaba “pacíficamente con la mirada perdida” en el claustro. Esta última cayó al suelo por la fuerza del golpe. La actuación fue “desproporcionada y gratuita”, según el juez, puesto que no se produjo un enfrentamiento que legitimara el uso de la porra. Pero de ella no se puede culpar al mando, como argumentaba la acusación particular, que recurrió a este mecanismo porque no pudo identificar a los agentes, que no llevaban visible su número de identificación. La acusación particular ha anunciado que recurrirá el fallo a la Audiencia Provincial.
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