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Columna
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Congresistas indisciplinados

Quitarle la función disciplinaria a la Procuraduría para dársela a los jueces penales equivale a quitarle el coordinador de disciplina a un colegio

La procuradura general de Colombia, Margarita Cabello Blanco.
La procuradura general de Colombia, Margarita Cabello Blanco.camila díaz (COLPRENSA)

En Colombia, país de leyes y abogados, el congreso, de la mano con el gobierno, avanza a toda velocidad en la aprobación de una propuesta que dejaría a todos los funcionarios elegidos a través del voto popular –concejales, diputados, alcaldes, gobernadores y congresistas– sin quien los llame al orden si llegaran a cometer actos que van en contravía de los deberes y obligaciones que en el momento de su posesión juraron respetar.

Quienes defienden la propuesta dicen que, con este cambio en la Constitución, el país quedará a tono con una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señaló que solo jueces de la República podrán limitar los derechos políticos de aquellas personas que resultaron electas por los colombianos. Sin embargo, esos mismos defensores parece que no vivieran en Colombia, sino en un país de telenovela en donde los procesos ante los juzgados duran tres capítulos de una hora, para un total de tres días para llegar a la sentencia, y no cinco, seis o siete años que es lo que acostumbran a durar los procesos en Colombia.

Imagine a unos niños de colegio a quienes les dicen que ya no hay coordinador de disciplina y que cualquier contravención al reglamento será investigada y juzgada, con algo de suerte, cinco años después, más o menos cuando ya se haya graduado. ¿Eso servirá como acto disuasivo a la indisciplina? ¿O al contrario llevará a que el reglamento se vea como un bello adorno sin ninguna trascendencia? Los más soñadores dirán que es una invitación al autocontrol. Como si los políticos supieran lo que es eso.

Según la Constitución colombiana esa función de disciplinar a los funcionarios (electos o no) recae sobre la Procuraduría General de la Nación. Una entidad que terminó siendo víctima de sí misma al convertirse en un ente político, de poca trascendencia en lo judicial, altamente costosa para el presupuesto de la nación, clientelizada y, en algunos casos, escenario de decisiones que más parecen tomadas desde lo político antes que desde el prisma de lo reglamentario. Sin embargo, quitarle la función disciplinaria a la Procuraduría para dársela a los jueces penales equivale a quitarle el coordinador de disciplina a un colegio: ahora los elegidos no tendrán a quien temerle.

Pongamos un ejemplo. Hace unos meses, cuando en plena campaña presidencial el alcalde de Medellín hizo un video que a todas luces parecía campaña a favor del entonces candidato Gustavo Petro, pues retomaba el eslogan que en ese momento se viralizó “el cambio en primera”, fue la Procuraduría la que lo suspendió temporalmente y hoy avanza en la investigación que podría significar una sanción a dicho mandatario por participación en política, acción que está terminantemente prohibida en Colombia. ¿Cuándo conoceremos esa sanción? Puede ser cuestión de un par de meses. Seguro menos de un año habrá pasado desde que se cometió el acto, hasta que se publique la decisión a favor o en contra del alcalde. ¿Cuánto tardaría si fuera a través de un juez penal? Con algo de suerte en el año 2026.

Si el camino es desaparecer a la Procuraduría sería bueno que el Gobierno lo hiciera de frente. Sin aspavientos. Pero de igual manera que avance en la creación de una jurisdicción disciplinaria que no siga congestionando la ya agobiada jurisdicción penal cuyos resultados a veces tardan tanto que los procesados mueren esperando un fallo. No hacerlo sería dar un gran regalo a los políticos indisciplinados.

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