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"Los abogados usan la anulación de escuchas como estrategia de defensa"

El portavoz de la Francisco de Vitoria pide una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.- Las asociaciones judiciales esperan un auto antes de valorar en profundidad la anulación de las escuchas en el 'caso Gürtel'

A Ignacio Espinosa le viene a la mente el caso Naseiro, la financiación irregular del Partido Popular en Valencia en 1989, cuando se le pregunta por precedentes de la anulación de escuchas telefónicas en un caso judicial. El portavoz de la asociación progresista Jueces para la Democracia (JpD) señala que aquel sumario es "exactamente igual" que el de Gürtel, que la prueba se declaró "ilícitamente obtenida".

No obstante, Espinosa subraya que su asociación espera a conocer el auto sobre la decisión (avanzada hoy por EL PAÍS ) de la Sala de lo Penal del Tribunal de Justicia madrileño sobre las conversaciones grabadas en la cárcel a dos cabecillas de la trama corrupta y sus abogados para realizar una valoración más detallada; pero, en principio, explica que la invalidación de las escuchas no afecta "absolutamente para nada" a las investigaciones anteriores a la fecha de los pinchazos, "y lo posterior sería válido en parte sí, y en parte no".

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El portavoz de JpD mantiene que ahora el tribunal "va a tener que hacer una disección de prueba por prueba", porque "si un hecho está constatado por otra prueba no contaminada éste sería válido", pero, al mismo tiempo, pone otro ejemplo en sentido contrario: "Si tras oír las escuchas se ha citado a alguien a declarar y esa persona se autoinculpa", en ese caso, sería una declaración nula. Aunque Espinosa quiere dejar claro que las escuchas, aun siendo anuladas, no tienen por qué "contaminar" pruebas posteriores o coetáneas.

El portavoz de la Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, asegura que hay que distinguir entre las conversaciones interceptadas entre un recluso y su abogado cuando ambos están imputados en un delito o aquellas grabaciones en las que se aprovecha la relación de confianza entre un abogado [en libertad y sin cargos] y su cliente encarcelado para descubrir asuntos que de otra forma no se conseguirían. En el segundo caso, sería ilegal.

Sexmero explica que esos pinchazos están bastante restringidos y se reservan para casos graves. Se utilizan, explica el portavoz de la asociación judicial independiente, "cuando ese medio es proporcional para averiguar unos hechos que ya tienes como ciertos por otras pruebas y se necesita una corroboración". Pero, a continuación, añade que "no hay caso en el que se hayan captado escuchas telefónicas en el que los abogados no intenten invalidarlas; es algo común, una estrategia de defensa. Está muchas veces a la orden del día. Pero no sólo en estos casos, también en otros, por ejemplo de narcotráfico".

También reclama que se reforme la Ley de Enjuiciamiento Criminal para lograr "una regulación clara al respecto" que evite la situación actual, en la que es "la jurisprudencia la que ha ido delimitando los requisitos, las formas; diciendo hasta dónde se puede o no se puede llegar, cómo debe ser controlado, etcétera".

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) no ha querido valorar la noticia avanzada hoy por EL PAÍS sobre la anulación de escuchas. Antonio García Martínez, portavoz de esta asociación, mayoritaria y conservadora, subraya que prefiere no pronunciarse, ya que, asegura, no tiene constancia "ni siquiera de que esa resolución haya sido redactada". Por eso, recomienda "tranquilidad, moderación y prudencia a los que van a saltar a la arena para aplaudir o para pitar de forma exagerada" hasta que se conozca "lo concreto y específico" del auto.

García Martínez no quiere encender la polémica y matiza, al menos en tres ocasiones, que no se refiere específicamente al caso Gürtel,, cuando espeta: "El fin no justifica los medios y muchísimo menos en una democracia y en un estado constitucional como el nuestro. Con independencia de las lecturas políticas que se puedan hacer en este caso o en cualquier otro caso, si hay algún tipo de material ilícitamente obtenido, violentando derechos de naturaleza constitucional, es más que obvio para cualquiera que debe ser objeto de invalidación".

-¿Para evitar casos como éste?

-"Existe una jurisprudencia constitucional extraordinariamente desarrollada", responde.

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