El veneno que amenaza el 'caso Gürtel'
Abogados de imputados por corrupción, el aparato del PP y magistrados quieren anular las escuchas para desactivar todo el proceso
El PP y los abogados de la red Gürtel, vinculada a ese partido, se disponen a liquidar un caso que puede estallarles en periodo electoral. El juez Baltasar Garzón está a punto de quedar despojado de funciones y cautivo de tres procedimientos penales orientados a su inhabilitación. Y el Tribunal Supremo ha autorizado que el líder de la trama corrupta, Francisco Correa, dirija la acusación contra el juez que le envió a prisión.
Para el PP y los abogados de la trama Gürtel, la vía más rápida es la nulidad de actuaciones, que tan buenos resultados les dio en el caso Naseiro: declarar nulas las escuchas ordenadas por Garzón, extender la nulidad a las del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Antonio Pedreira y, siguiendo la teoría del árbol envenenado, procurar que las ramas de éste se extiendan a toda la trama.
El Tribunal Superior de Madrid estudia las intervenciones de Garzón
La nulidad podría intentar extenderse más tarde al resto de las actuaciones
Los abogados no son inmunes a ser investigados, según Anticorrupción
Hay cuatro letrados imputados en la causa contra la trama corrupta
En la ofensiva desencadenada para liquidar las escuchas hay abiertos tres frentes, en los que trabajan activamente, junto al aparato del PP, abogados de bufetes de campanillas y hasta el Colegio de Abogados de Madrid. Mientras, en la Secretaría de Causas Especiales del Supremo sestean el recurso contra la exoneración del presidente valenciano, Francisco Camps, o la imputación del ex tesorero del PP Luis Bárcenas.
- Las escuchas de Garzón. La intervención de las comunicaciones en prisión entre los principales implicados en la trama Gürtel y sus abogados, instadas por la Fiscalía Anticorrupción, ordenadas por el juez Baltasar Garzón y refrendadas por su sucesor en el Tribunal Superior de Madrid, Antonio Pedreira, constituyen la primera fase de la ofensiva para conseguir anular el caso Gürtel. El objetivo es que el Tribunal Superior de Madrid declare nulas esas intervenciones.
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha enviado su mensaje al Tribunal Superior de Madrid, admitiendo a trámite por primera vez en su historia una querella contra un juez por ordenar una intervención de comunicaciones. No es sólo la tercera querella contra Garzón en apenas nueve meses. Es también la vía de acceso para que todos los implicados en la trama corrupta sienten en el banquillo y acusen al juez.
Desde el miércoles, el Tribunal Superior estudia la validez de las comunicaciones en prisión entre los presuntos corruptos de la Gürtel y sus abogados. Los defensores de los imputados en la trama se aferran a que la intervención de comunicaciones en prisión sólo es válida "con autorización judicial y en supuestos de terrorismo", tal como establece el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Sostienen que, fuera de ese supuesto, el sistema constitucional y el derecho procesal penal no autorizan a interferir "jamás" las comunicaciones de un abogado con su cliente.
Para la Fiscalía Anticorrupción esa postura llevaría a que los abogados fueran inmunes a una investigación penal, y aporta sentencias del Tribunal Supremo que autorizan a interferir el secreto profesional de los abogados cuando existen indicios de que éstos están cometiendo un delito. Anticorrupción se acoge al artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que autoriza al juez a intervenir las comunicaciones para descubrir o comprobar algún hecho importante para la causa y las que sirvan para fines delictivos. Según la fiscalía, la doctrina constitucional no impone ninguna limitación por razón del delito cuando la intervención de comunicaciones de los internos con sus abogados constituye una medida de investigación penal.
Según el fiscal, algunos de los abogados que han informado ante el Tribunal Superior de Madrid, incluso algunos de los que no han sido escuchados, pretenden que la nulidad se extienda no sólo a las comunicaciones en prisión, sino a todas las actuaciones practicadas por Garzón desde el 19 de febrero de 2009 y a todas aquellas que traigan causa de la información obtenida en esas intervenciones, incluidas las medidas cautelares. Las consecuencias serían bien rentables para los presuntos corruptos: libertad de los imputados, devolución de fianzas, alzamiento de embargos, nulidad de las imputaciones y archivo del caso Gürtel.
Si sólo se anulan las escuchas decretadas por Garzón, Anticorrupción prevé unos efectos más limitados. En la causa hay cuatro abogados imputados, pero sobre ellos hay abundantes diligencias anteriores a esas escuchas. Algunas, incluso, desde septiembre de 2005. Se trata de los titulares de bufetes Luis de Miguel, José Ramón Blanco Balín, Manuel Delgado Solís y del abogado de este último José Antonio López Rubal, al que Garzón citó nominativamente en su auto de intervención. Se trata de los despachos que diseñaron la estructura de los circuitos financieros para el blanqueo de los fondos de Francisco Correa.
A este frente se ha incorporado el Colegio de Abogados de Madrid, personado en el caso Gürtel para combatir las resoluciones de Garzón y el auto de Pedreira que las refrenda.
- Las escuchas del Sitel. El segundo frente de la ofensiva lo abrió directamente el PP al cuestionar la legalidad del Sistema Integrado de Interceptación Telefónica (Sitel), un avanzado sistema de escuchas de teléfonos móviles adquirido cuando ese partido estaba en el Gobierno; obviamente, no había previsto que lo utilizaran Anticorrupción y Garzón para desmontar la trama corrupta vinculada al propio PP.
El sistema se había venido utilizando pacíficamente hasta entonces y durante 2009 el Tribunal Supremo lo había avalado en una decena de sentencias, pasando todos los filtros tanto sobre su funcionamiento como sobre la suficiencia de su cobertura legal.
Sin embargo, a principios de febrero, en la última sentencia sobre el Sitel, dos magistrados del sector más conservador de la Sala Penal, Manuel Marchena y José Manuel Maza, que nunca antes habían puesto pegas al sistema, emitieron un voto particular discrepante, criticando la falta de garantías del aparato. Ambos justificaron después en una nota de prensa que no es que ellos hubieran cambiado de criterio, sino que en las anteriores sentencias en que habían participado nunca se había cuestionado que durante el traslado al juzgado de los DVD conteniendo las escuchas, los agentes de policía no las alterasen manipulando su contenido.
Sin embargo, en medios judiciales y en el propio Supremo no pasó inadvertido un encuentro celebrado días antes en Quintanilla de Onésimo (Valladolid), en el que coincidieron magistrados del Supremo afines al PP con algún destacado defensor de imputados en la trama Gürtel en unas jornadas de estudio patrocinadas por una editorial jurídica. El evento, recogido ampliamente por el diario Expansión, fue organizado por el ex ministro de Justicia del PP José María Michavila, y al mismo asistieron los magistrados del Supremo Manuel Marchena y Julián Sánchez Melgar, los de la Audiencia Nacional Enrique López y Eloy Velasco y el catedrático de Derecho Penal y vicedecano del Colegio de Abogados, Luis Rodríguez Ramos, defensor de varios de los implicados en la trama Gürtel, directamente o a través de abogados de su despacho.
Según el citado diario, Rodríguez Ramos urgió la reforma del artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, precisamente el precepto sobre el que se fundamentan las escuchas en prisión avaladas por el instructor del Tribunal Superior de Madrid Antonio Pedreira. "Con el caso Gürtel como telón de fondo", detallaba Expansión, Rodríguez Ramos cargó contra ese artículo que autoriza la intervención judicial de comunicaciones porque "otorga unas facultades de discrecionalidad tan amplias al juez que no existe seguridad jurídica y no se protege el derecho a la intimidad de las comunicaciones y de los datos que resulten de estas comunicaciones".
Pero, además, la información de Expansión atribuye al magistrado Manuel Marchena unas palabras en las que queda sintetizado el voto particular discrepante que emitieron él y Maza a la última sentencia del Supremo sobre el sistema Sitel. En concreto, Marchena reflexionó acerca de la validez de la prueba electrónica si ésta no viene avalada por la firma electrónica, y señaló que "el DVD que presenta la policía o la Guardia Civil ante el juez instructor debería tener el mismo régimen jurídico probatorio que cuando se aporta en cualquier otro orden jurisdiccional por las partes o por cualquier otro fedatario público". Ésa es la idea central del voto particular discrepante del Sitel.
Ese voto contiene el embrión de la que en medios judiciales ha comenzado a denominarse doctrina Naseiro 2, y viene a suponer que los DVD con conversaciones grabadas que hubieran sido aportados al juzgado por la policía sin la salvaguarda de unos complejos requisitos de sellado electrónico e intervención de un tercero serían nulos, al no poderse acreditar que no hubieran sido manipulados desde que se extraen de la máquina hasta que se depositan ante el juez. De momento es una propuesta, pero ya ha abierto una brecha a que en su día el Supremo la pueda utilizar para liquidar las escuchas a la trama Gürtel.
- Investigaciones de policías y fiscales. Si después de la ofensiva de los abogados y la doctrina Naseiro 2 todavía quedara alguna escucha por eliminar, quizá le pudiera ser de aplicación el reciente acuerdo adoptado en sala general por la Sala Penal del Supremo que elimina las investigaciones previas de policías y fiscales sobre la identidad de portadores de teléfonos móviles. El acuerdo aún no ha sido redactado por el encargado de hacerlo, el juez Luciano Varela, aparentemente desbordado por la instrucción de la querella contra Garzón sobre la investigación del franquismo, pero por lo que se conoce los policías y fiscales no podrían haber solicitado, sin autorización judicial, las identidades ni la dirección IP de los titulares de un teléfono móvil, so pena de nulidad.
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