¿Me conviene contratar un seguro? Los expertos le dan consejos para viajar tranquilo
Las pólizas para desplazamientos cubren los percances en vacaciones. Sin embargo, conviene conocer su letra pequeña
Aunque fuese solo por una cuestión de probabilidades, en alguno de los casi 186 millones de viajes que hicieron en 2023 los residentes en España, más de 19 millones de ellos al extranjero, algo tuvo que salir mal: una maleta perdida, un retraso, una gastroenteritis… Sin ir más lejos, en su radiografía El seguro de viaje en 2023, Unespa, la patronal de las aseguradoras, analizó más de 312.000 percances.
No tiene por qué pasar nada, pero puede pasar, y entonces contar con seguro puede marcar la diferencia. “Nosotros vemos un montón de cosas. Y si la gente supiera lo que le puede llegar a pasar a uno cuando está de viaje, nadie viajaría sin seguro”, comenta por teléfono Paz Rovira, directora de Operaciones de la correduría Iati. Y no solo el sector recuerda su importancia, también lo hace el Ministerio de Asuntos Exteriores: “No olvides contratar un seguro médico de viaje”, dice el ministro José Manuel Albares en un vídeo para la campaña estival.
Por los altos costes que puede conllevar y la vulnerabilidad de la situación, estar cubiertos en caso de sufrir problemas de salud es uno de los principales motivos que llevan a la contratación de estos productos. “Es donde está el mayor riesgo desde el punto de vista económico, que lógicamente cualquier persona normal no puede asumir con sus propios medios”, cuenta Raúl Pérez, director de Negocio de Asistencia en Viaje de la aseguradora Arag. Casi seis de cada diez atenciones el año pasado estuvieron ligadas a enfermedad u hospitalización, según Unespa.
Antes de buscar y contratar una póliza, no está de más consultar las condiciones del seguro médico general, de hogar o incluso de los asociados a la tarjeta de crédito si se dispone de ellos, ya que pueden contemplar la extensión de ciertas coberturas en el extranjero. Si no es el caso, resultan insuficientes o se prefiere un producto específico, el tipo de viaje y las particularidades del asegurado marcarán la línea a seguir. Sobre cada destino el destino se puede encontrar información en la web de Exteriores.
No es lo mismo viajar a países de la UE que a lugares donde la asistencia comporta costes elevados. “Lo primero que se debería saber es cómo funciona el sistema sanitario del país y entender el rango de precios para saber qué nivel de cobertura sanitaria vas a necesitar”, reflexiona Rovira. Una garantía de 20.000 euros podría quedarse corta en EE UU. “Una apendicitis, por ejemplo, puede costar más de 30.000 dólares. Y si tengo que estar hospitalizado, cada día puede costar entre 8.000 y 10.000″, dice Pérez. “Entonces si vamos sumando, podemos tener gastos que, sin que haya ocurrido nada muy grave, pueden estar por encima de los 50.000 o 100.000 dólares (92.000 euros)”.
La tarjeta sanitaria europea es una gran aliada si se viaja por algunos territorios del continente. Sin embargo, los expertos recuerdan que esta garantiza la prestación en los términos del sistema sanitario del país, que pueden incluir, por ejemplo, copagos. Además, no cubre la repatriación, un incidente que el año pasado, de acuerdo con Unespa, costó 1.200 euros de media a las aseguradoras, con varios expedientes por encima de los 10.000 y 20.000 euros y uno en Islandia que alcanzó los 150.000.
Además de la sanitaria, estos seguros pueden incluir garantías de cancelación, responsabilidad civil, asistencia legal o de equipajes, entre otras. Estas pólizas no están sujetas a ningún mínimo legal, por lo que las coberturas de los paquetes y su alcance dependen de la compañía. Eso sí, recuerda Francisco Javier del Nogal, director de Tourism & Law, un despacho de abogados especializado en empresas turísticas, las agencias de viaje están obligadas a ofrecer estos productos al vender unas vacaciones. “Lo único que dice la normativa en ese punto es que cubra los gastos de asistencia médica y la necesidad de repatriación”, apunta. Puede parecer obvio, pero se deberían contratar antes de partir e idealmente en el momento de la reserva.
Para Manuel López, consejero delegado de Intermundial y del Grupo Atlantigo, al que también pertenece Tourism & Law, uno de los principales errores que cometen los usuarios es sucumbir a “la tentación del precio”, valorar principalmente el coste en estos productos, que se mueven en un rango de tarifas no muy dilatado. “Hay webs que se dedican a comparar. Y meter al consumidor a que sepa comparar precio es muy fácil, pero las coberturas…”, señala.
Coberturas y exclusiones
Es importante fijarse en las coberturas, pero también, o incluso más, en las exclusiones que llevan aparejadas. El capital contratado para la asistencia médica, por muy alto que sea, puede quedarse en papel mojado, por ejemplo, en complicaciones a partir de ciertas semanas de embarazo o en casos de dolencias previas o crónicas. “En el 99,9% de las pólizas, las enfermedades preexistentes van a ser una exclusión”, dice Francisco Tébar, abogado de Legálitas.
Todas estas condiciones se recogen en el Condicionado general, que, junto al particular, como mínimo, componen póliza. “Para mí es el más importante, porque es el desarrollo de las coberturas”, señala. Si se adquiere o se busca en línea, este documento se puede consultar en la web de cada compañía, y es probable que haya que marcar una casilla en la que se manifiesta haberlo leído para finalizar la contratación.
Si ya con la póliza en mano hay un percance y la aseguradora rechaza la asistencia, el usuario no tendrá más remedio que correr con los gastos. Pero si cree que ha sido una decisión errónea, tiene derecho a reclamar y, si prospera, a recibir el reembolso. La ley establece un periodo de dos años para iniciar la reclamación en el caso de los seguros de daños y de cinco en los de personas. “No son cosas que prescriban o caduquen a los tres días o a los cinco meses. Suelen ser plazos muy amplios y, además, susceptibles de interrupción”, añade Tébar.
Las pólizas incluyen por ley la información de a quién dirigirse en estos casos: “Todas las compañías aseguradoras y corredurías tienen un Departamento de Atención al Cliente que tiene unos plazos en los que tiene la obligación de atender las reclamaciones y remitir una resolución”, dice Del Nogal. Agotada esta vía, quedaría recurrir al defensor del asegurado de la propia compañía, a la Dirección General de Seguros, cuyas conclusiones no son vinculantes, y, en última instancia, a los tribunales.
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