Texto íntegro del discurso del presidente del Gobierno
Intervención del presidente del Gobierno para solicitar la ratificación del acuerdo del Consejo de Ministros, de 18 de marzo, de participación de fuerzas españolas en aplicación de las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas Congreso de los Diputados, 22 de marzo de 2011
Señoras y Señores diputados, Comparezco hoy ante ustedes para solicitar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.3 de la Ley de la Defensa Nacional, la ratificación por el Congreso de los Diputados de las decisiones adoptadas por el Consejo de Ministros de 18 de marzo de 2011 y, en consecuencia, la autorización de esta Cámara para la participación de fuerzas españolas en la aplicación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre la crisis libia.
Como todos ustedes saben, el pasado jueves, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas aprobó la Resolución 1973, en la que autoriza a los Estados miembros a tomar todas las medidas necesarias para proteger a los civiles, y las áreas habitadas por civiles, en Libia, incluyendo, a tal fin, el establecimiento de una zona de exclusión aérea. Con esta Resolución, el Consejo de Seguridad ha hecho uso de las competencias que tiene atribuidas por la Carta de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. En ella da efectividad al llamado principio de la "responsabilidad de proteger", que fue respaldado por la Asamblea General de Naciones Unidas en el Documento Final de la Cumbre Mundial de 2005 y que, en alguna medida, ya fue aplicado por el Consejo de Seguridad en su resolución 1706 de 2006, en la que autorizaba a la Misión de las Naciones Unidas en Sudan a usar la fuerza para proteger a la población civil en Darfur.
Con la resolución 1973, que es complementaria de la resolución 1970 del pasado 26 de febrero, la comunidad internacional, a través de su más alta instancia, ha sabido estar a la altura de sus responsabilidades para hacer frente a un hecho siempre grave: en este caso, el empleo de la fuerza contra la población civil por parte de las autoridades libias, mediante ataques generalizados y sistemáticos a la misma.
A mi juicio, señorías, la comunidad internacional no sólo ha abierto el cauce para poner fin a esos hechos -a unos hechos dramáticos que reclamaban su respuesta- sino que ella misma sale reforzada de una decisión anclada en su legalidad y en su legitimidad. Así se lo hice constar al Secretario General de Naciones Unidas,señor Ban-ki-Moon en la entrevista que mantuvimos el mismo 18 de marzo, al término del Consejo de Ministros. La Comunidad Internacional sale reforzada por la forma en que ha adoptado su posición: con apoyo inequívoco en dos Resoluciones del Consejo de Seguridad, la 1970, y la que ha permitido el uso de la fuerza, la 1973; y con el respaldo expreso de las organizaciones regionales más relevantes en este caso, la Liga Árabe, la Conferencia Islámica, la Unión Africana, y el propio Consejo Europeo. Sale reforzada, además, por el fundamento material de la decisión: el principio de la Responsabilidad de Proteger, la protección de los civiles. Lo recogió el Consejo de Seguridad en la Resolución 1970.
La Responsabilidad de Proteger consiste en que si un Estado no cumple con la responsabilidad de proteger a sus ciudadanos, la comunidad internacional debe intervenir para asumirla. Es un principio humanitario, la razón por la que estamos interviniendo en Libia: para defender a los ciudadanos de ataques de las propias fuerzas libias. La Resolución 1973 insiste también en el objetivo de encontrar una solución a la crisis de Libia que responda a las legítimas demandas del pueblo de ese país.
Hay que situar, además, esta decisión de la Comunidad internacional en un contexto histórico concreto que se ha calificado de "primavera árabe", en relación con la situación en el norte de África. Es la apertura de una nueva etapa política en el Mediterráneo, que la sociedad española sigue con atención y con esperanza. La valentía y el espíritu cívicos demostrados por el pueblo de Túnez, primero, y por el de Egipto, después, han sido una demostración palpable de que el progreso y la libertad son también causas del mundo árabe, y que se pueden hacer valer pacíficamente. En Libia, la violenta reacción de sus autoridades a las demandas democratizadoras que también comenzaron a expresarse allí por su pueblo, emergió muy pronto como una clara excepción en este proceso.
El Consejo de Asuntos Exteriores de la UE ya se pronunció el 21 de febrero sobre los primeros disturbios registrados, condenando la represión y deplorando la violencia y la muerte de civiles en Libia. La extraordinaria gravedad que iba adquiriendo la situación provocó que se convocase un Consejo Europeo extraordinario el día 11 de marzo. En aquella reunión, la Unión expresó su firme solidaridad con el pueblo libio y las víctimas de la represión, acordando:
· Condenar la violenta represión ejercida por el régimen contra sus ciudadanos, así como la flagrante y sistemática violaciónde los derechos humanos, y pedir que cesara inmediatamente y se garantizara la seguridad de la población por todos los medios necesarios.
· Además, el Consejo Europeo celebró la Resolución 1970 del Consejo de Seguridad de la ONU, y la remisión de la situación imperante en Libia ante la Corte Penal Internacional.
· También se comprometió a evaluar todas las respuestas posibles, siempre que existiera una necesidad demostrable, una base jurídica clara y el apoyo de la región en relación con los ataques contra civiles incluso desde el aire.
· Y por último, apeló a las Naciones Unidas, la Liga Árabe, la Unión Africana y nuestros socios internacionales para encontrar juntos esas respuestas.
Desde entonces, desde ese pronunciamiento del Consejo Europeo, la Unión dejó de reconocer al Coronel Gadafi toda legitimidad, pidió su renuncia y adoptó medidas contra la cúpula dirigente del país. El objetivo que se planteó de manera nítida fue que Libia acometiera con rapidez una transición ordenada hacia la democracia, a través de un diálogo plural. Sin embargo, pronto fue evidente que la emergencia humanitaria reinante en el país era la prioridad fundamental, alcanzando proporciones muy preocupantes, agravadas por los importantes movimientos migratorios inducidos por los acontecimientos. L
La Unión puso en marcha un dispositivo para evacuar no solo a sus ciudadanos sino también a los de otros países vecinos que huían de los combates y de los peligros que la ofensiva militar del régimen causaba. España contribuyó por su parte a este esfuerzo destacando medios aéreos para evacuar a nacionales de terceros países atrapados en las fronteras de Libia con Túnez y Egipto, y aportando material de apoyo humanitario a través de la AECID en una forma que ha sido calificada de modélica por su eficacia por parte de nuestros socios y de los países afectados.
Paralelamente, la comunidad internacional proseguía su movilización para dotarse de los instrumentos jurídicos que le permitieran intervenir en Libia con la legitimidad necesaria. La propia Unión Europea comenzó, tal y como se había comprometido en su reunión del 11 de marzo, a estudiar todas las opciones a su alcance, incluida la acción militar. Entre las medidas más claras figuró desde un principio la posibilidad de declarar una zona de exclusión aérea que permitiera neutralizar la fuerza militar que el régimen empleaba contra la población que manifestaba su oposición en varias regiones del país. Mientras varios países europeos en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, junto con los EEUU, promovían una resolución que autorizase el uso de la fuerza para proteger a la población, la propia Liga Árabe, en su reunión del pasado 12 de marzo, hizo un llamamiento al Consejo de Seguridad para que impusiese dicha zona de clusión aérea para las fuerzas aéreas libias y crease zonas seguras en los lugares vulnerables a los ataques aéreos.
La aprobación de la Resolución 1973 el jueves pasado proporcionó la base legal para intervenir, de acuerdo con las condiciones fijadas por el Consejo europeo del día 11 de marzo respaldadas por el Gobierno de España. En esas circunstancias, la comunidad internacional debía decidir cómo aplicar la Resolución y así lo hizo en el curso de la reunión de París convocada por el presidente francés Nicolas Sarkozy el pasado 19 de marzo. La reunión de París congregó a 18 países, entre los que figuraban 11 europeos, cinco árabes, además de EEUU y Canadá, el Secretario General de Naciones Unidas, la Alta Representante de la UE, el Presidente de la Comisión Europea y el Secretario General de la Liga Árabe. El texto de la declaración que se aprobó lamentaba que las demandas de la comunidad internacional, expresadas por el CSNU en su resolución 1970, la Liga Árabe, la Organización de la Conferencia Islámica y la Unión Europea, no hubieran sido atendidas por el régimen libio.
El régimen libio había proseguido su escalada militar contra su propia población con medios de guerra. Ante esta situación, los países congregados en París, expresamos nuestra satisfacción por la adopción de la resolución 1973 del CSNU y decidimos dar cumplimiento a lo dispuesto en la misma. Decidimos Señorías:
· Adoptar todas las medidas necesarias, incluidas las militares, de acuerdo con la resolución 1973, para asegurar su cumplimiento;
· Mostrar al pueblo libio nuestra determinación de apoyarle para que pudiese realizar sus aspiraciones y construir su futuro democrático, respetando su soberanía e integridad territorial;
· No permitir que el coronel Gadafi desafiara a la comunidad internacional y despreciara a su propio pueblo.
Mediante la puesta en marcha de distintas operaciones coordinadas, daba así comienzo la Operación denominada "Amanecer de la Odisea", que no incluye, como estipula la resolución 1973, la ocupación del territorio libio bajo ningún concepto. Como tuve ocasión de señalar en París, al sumarse a este esfuerzo, España, como miembro activo de la Comunidad internacional, asumía la doble responsabilidad de:
· hacer efectiva la resolución de Naciones Unidas.
· y contribuir a la protección del pueblo de Libia, a prestarle apoyo humanitario, y a facilitar la realización de sus aspiraciones.
Señorías, con estas resoluciones del Consejo de Seguridad, complementadas con la decisión del Consejo de la Liga de Estados Árabes del pasado 12 de marzo y con los recientes comunicados de la Organización de la Conferencia Islámica y del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana, el Gobierno español, en el marco también de las decisiones adoptadas con nuestros socios europeos en el Consejo extraordinario del pasado 11 de marzo, considera que se dan las condiciones legales y políticas necesarias para que España asuma sus responsabilidades como miembro de la comunidad internacional y de ONU.
En efecto, antes de dar este paso planteé, en nombre del Gobierno español, cuatro condiciones para nuestra participación:
- Una Resolución del CSNU que autorizara el uso de la fuerza. Porque es lo que exige la legalidad internacional. Lo exige también el recién aprobado Nuevo Concepto 8 Estratégico de la OTAN, cuando "reafirma la responsabilidad primaria del Consejo de Seguridad en la preservación de la paz y seguridad internacional".
- Un acuerdo europeo - La complicidad regional, a través de la Liga Árabe y de la Unión Africana.
- Y, naturalmente, la autorización de este Parlamento. Para eso estamos hoy aquí, aunque creo poder decir de mis conversaciones de estos días con los líderes de los partidos, y de las conversaciones de miembros del Gobierno, he podido colegir que se da un amplio consenso en torno a esta participación de España. Consenso en torno al cual, desde luego, debo resaltar la contribución de las fuerzas políticas y mi agradecimiento por la posición mantenida en esto días empezando por el principal partido de la oposición.
De acuerdo con todo ello, el Gobierno ha tomado, al amparo de lo previsto al efecto por la Ley de Defensa Nacional, determinadas decisiones urgentes para concretar cuál sería la participación de nuestro país en la coalición internacional formada para hacer frente a la situación, de las que estuvo cumplidamente informado Su Majestad el Rey.
La contribución española tiene como objetivo garantizar la zona de exclusión aérea y asegurar el embargo acordado por las Naciones Unidas. En cuanto a la zona de exclusión aérea, se han destinado un total de 5 aviones: 4 cazas F-18, con destino a la base italiana de Decimomannu, y un avión de reabastecimiento en vuelo boeing 707. Estos aviones de combate y el avión de reabastecimiento en vuelo están ya operativos e integrados en el dispositivo aéreo de la coalición. 9 Igualmente, se ha decidido el despliegue de medios aéreos y navales para la aplicación del embargo. A la espera de que el Consejo del Atlántico Norte adopte una decisión sobre el inicio de esta misión, se han dado instrucciones y completado los preparativos para la activación de la fragata Méndez Núñez, con base en Ferrol; el submarino Tramontana, con base en Cartagena, y un avión C-235 de vigilancia marítima.
Sobre estos medios, puedo anunciarles que la fragata Méndez Núñez zarpó a las 17 horas del domingo de la base naval de Ferrol en dirección a la base de Rota, para preposicionarse allí y poder alcanzar la zona de operaciones en el menor tiempo posible, una vez que la operación de embargo sea aprobada. Del mismo modo, el submarino Tramontana está alistado en la base naval de Cartagena a la espera de recibir instrucción para salir hacia la zona de operaciones. El mando de estos medios aéreos está transferido por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa al Mando de la Coalición, que ostenta el General Carter Ham, Comandante del AFRICOM.
Quiero subrayar que estamos ante un importante despliegue de medios militares, aéreos y navales. Importante ante todo por las capacidades que aportan, y también por el número de medios desplegados y por los efectivos movilizados, alrededor de 500 miembros de las Fuerzas Armadas. Además, debo reconocer, porque es de justicia, la rapidez y profesionalidad con la que las Fuerzas Armadas, una vez más, han respondido para dar cumplimiento a la misión encomendada por el Gobierno. Esto evidencia el alto grado de preparación y disponibilidad de nuestros Ejércitos y la Armada para hacer frente a situaciones de crisis o amenazas a nuestra seguridad.
Señorías, Varios países participantes en esta coalición internacional han celebrado ya sus correspondientes debates parlamentarios: Reino Unido, Bélgica, Italia, y Dinamarca. En todos los casos, los parlamentos han avalado o unánime o muy mayoritariamente la decisión de participar en la coalición para defender a la población libia. De acuerdo con lo previsto en la Ley de la que los españoles nos quisimos dotar para circunstancias como ésta, les pido ahora formalmente la autorización de esta Cámara para que nuestro país participe, en la forma en que acabo de describir, en esta operación destinada a asegurar la aplicación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
Señorías, La Resolución 1973 no pretendía ni pretende la expulsión del coronel Gadafi del gobierno de Libia. Su objetivo era advertir al coronel Gadafi y a las autoridades libias de que dejase de usar las armas contra su pueblo, de que si no lo hacía así, la comunidad internacional estaba dispuesta a usar la fuerza para poner fin a los asesinatos de su pueblo. Era un compromiso firme. La Resolución 1973 nos obliga a todos los Estados miembros de Naciones Unidas y muchos de ellos, como se ha visto, estábamos y estamos dispuestos a cumplir son esa obligación.
Hasta ahora, hasta este momento, tres días después del inicio de la operación, ha surtido efecto. Parece que se han detenido los ataques indiscriminados y, eventualmente, se ha producido algún repliegue de las fuerzas armadas del régimen libio. 11 Pero el mensaje sigue siendo, a día de hoy, el mismo: mientras exista el riesgo de que el régimen libio vuelva a atacar a su pueblo, se aplicará la fuerza necesaria para impedirlo. Por eso, la petición que hoy hace el Gobierno es una petición prudente.
El Gobierno, en efecto, ha acordado establecer un período inicial para nuestra participación acorde con la naturaleza de las misiones que hemos asumido: un mes para el control y garantía de la zona de exclusión aérea, tres meses para la operación de aseguramiento del embargo. Si las necesidades de la operación internacional lo exigiesen, el Gobierno acudirá de nuevo a solicitar la autorización de prorroga a la Cámara. Si hoy así lo acuerda, en opinión del Gobierno, España asumirá su responsabilidad como miembro activo de la Comunidad internacional; como miembro activo de una Comunidad de derecho que, con esta decisión, ha dado un paso de relevancia histórica: fijarse con toda claridad la tarea de proteger a un pueblo, en este caso, el pueblo libio, de la amenaza que representan sus actuales gobernantes, y facilitarle la realización de sus aspiraciones de autogobierno; y que lo ha hecho, además, con un amplísimo apoyo de los miembros de esa Comunidad y de sus organizaciones regionales. Les pido que nos sumemos a ese apoyo, que contribuyamos a esa tarea a favor del pueblo libio. Muchas gracias.
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