El Supremo reabre el caso de los trajes de Camps
El alto tribunal estima el recurso del fiscal y del partido socialista y remite la causa al Tribunal Superior de Valencia
Francisco Camps está a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados por haber aceptado regalos de las empresas de la trama Gürtel. El Tribunal Supremo ha decidido esta mañana reabrir el caso contra el presidente de la Generalitat valenciana por un supuesto delito de cohecho pasivo impropio, al admitir los recursos de la fiscalía y del PSPV-PSOE contra el archivo acordado a principios de agosto de 2009 por el Tribunal Superior de Justicia Valenciano (TSJCV). Camps vuelve a estar imputado y la causa será ahora devuelta a Valencia, donde el instructor de las diligencias, el magistrado José Flors, previsiblemente confirmará el cierre de la investigación y abrirá el juicio oral, en el que el presidente valenciano afrontará la acusación ante un jurado popular en unos meses.
La imputación sitúa al jefe del Gobierno valenciano ante el abismo de su carrera política, a pesar de que en los últimos días el PP valenciano, e incluso el líder nacional del partido, Mariano Rajoy, hayan insistido en que la reapertura del caso no implica el fin de Camps, que está dispuesto a aguantar en el cargo. "No va a pasar absolutamente nada" con la decisión del Supremo, dijo ayer mismo el portavoz popular en las Cortes valencianas, Rafael Blasco.
Si Camps se mantiene en el cargo, esta será la primera vez que se sentará en el banquillo un presidente de la Comunidad Valenciana. Lo hará acusado de recibir trajes y otras prendas valoradas en más de 12.000 euros de una trama corrupta que logró contratos con la Generalitat por más de 7,2 millones de euros y que se ha encargado durante años de los actos del PP valenciano. Junto a Camps, el magistrado José Flors imputó por el mismo delito al ex vicepresidente del Consell Víctor Campos, el ex jefe de gabinete de la Consejería de Turismo Rafael Betoret y el ex secretario general del PP valenciano y diputado autonómico Ricardo Costa. El juicio lo presidirá el magistrado progresista Juan Climent, ya que es el único de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV que no ha actuado en esta causa.
Con la resolución acordada esta mañana, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado un auto de archivo del TSJ valenciano que exoneró a Camps a partir de una polémica interpretación del delito de cohecho pasivo impropio. El artículo 426 del Código Penal afirma que incurre en ese delito "la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente", y prevé una pena de multa de tres a seis meses. La Sala de lo Civil y Penal del tribunal valenciano cerró el caso con los votos a favor del presidente del TSJCV, Juan Luis de la Rúa, del que Camps había afirmado que es "más que amigo", y del magistrado José Francisco Ceres, repescado tras rechazar el Supremo su nombramiento. Ambos defendieron que los regalos recibidos por los imputados no son constitutivos de delito al no existir una relación de "causalidad" entre los presentes a los políticos y los beneficios logrados por la red Gürtel.
El tercer magistrado, Juan Montero, discrepó de esa interpretación en un voto particular en el que abogó por mantener abierta la investigación. No obstante, coincidió con sus compañeros de tribunal en exonerar a Ricardo Costa por ser un cargo del partido sin capacidad para adjudicar contratos de la Generalitat a la trama.
Frente a los magistrados del TSJ que no vieron delito en los regalos pese a los numerosos contratos conseguidos por la trama, la Fiscalía Anticorrupción y el PSPV-PSOE han argumentado que el cohecho pasivo impropio existe desde el momento en que se realiza un regalo a un funcionario en consideración a su cargo, aunque esa dádiva no suponga la realización inmediata de ningún acto concreto por parte de este. En su opinión, el TSJCV prescindió del hecho de que los regalos se pudieran hacer en consideración a la función de Camps y sólo tuvieron en cuenta si los presentes se entregaron a cambio de una contraprestación concreta.
El auto de archivo ahora revocado, sin embargo, dejó claro que Camps y el resto de imputados habían aceptado regalos de las empresas de la red Gürtel, especialmente de Álvaro Pérez, El Bigotes, responsable de Orange Market, la filial valenciana de la trama corrupta. Las empresas de la red Gürtel en Valencia multiplicaron por 10 sus contratos con la Administración autonómica cuando comenzaron a hacer regalos a altos cargos valencianos.
Camps siempre ha negado las acusaciones. En mayo de 2009, insistió en su declaración ante el instructor del caso en el TSJ, el magistrado José Flors, en que había pagado sus trajes, pero no aportó justificante alguno. Flors no le creyó y vio indicios suficientes para continuar el procedimiento. Además, en su auto de julio de 2009 para cerrar las diligencias previas, desmontó algunas de las explicaciones que dieron los imputados. Todos ellos intentaron distanciarse de El Bigotes tras estallar el escándalo, pero el magistrado puso de manifiesto que existía "una relación personal con Álvaro Pérez". Así se constata también en las numerosas conversaciones grabadas a miembros de la trama durante la investigación judicial del caso Gürtel, entre ellas una en la que el propio Camps llama a El Bigotes "amiguito del alma" o aquella en la que la esposa del jefe del Gobierno valenciano, Isabel Bas, comenta a Pérez que se ha pasado "un huevo" con su regalo de Navidad.
Para Flors había indicios racionales de que Camps y los demás imputados hubieran cometido un delito de cohecho pasivo impropio al admitir los regalos pagados por Orange Market, una empresa "que obtenía con asiduidad la adjudicación de numerosos contratos por diferentes organismos de la Generalitat".
El instructor, no obstante, no investigó los contratos. En febrero de 2009, el TSJCV recibió de manos del juez Baltasar Garzón una causa que apuntaba indicios de cohecho, de tráfico de influencias y de financiación irregular del PP, pero la sala que preside De la Rúa sólo admitió investigar el asunto de los trajes, que al final archivó. Durante la instrucción de la parte valenciana del caso, y también en estos meses posteriores al sobreseimiento, la investigación del sumario Gürtel en el TSJ de Madrid ha arrojado nuevos datos y ha afianzado los indicios de la estrecha relación entre las empresas de la trama liderada por Francisco Correa (encarcelado) y la Generalitat valenciana.
Las sospechas de una supuesta financiación ilegal del PP valenciano, que ahora ha confirmado un informe de la Agencia Tributaria incorporado al sumario, ya las apuntaba un informe de la brigada de blanqueo de la Policía Nacional que fue remitido al TSJ valenciano días antes del sobreseimiento de la causa de Camps. Los magistrados lo ignoraron, pero meses después, con una querella de los socialistas valencianos por financiación ilegal sobre la mesa, el propio TSJ admitió que el asunto debía investigarse, si bien se declaró no competente para hacerlo porque ya instruía al respecto el magistrado Antonio Pedreira en Madrid. Este ha admitido recientemente al PSPV-PSOE como acusación popular.
En el sumario también hay documentación extensa sobre los contratos de Canal 9 para organizar la visita del Papa a Valencia en 2006, entre ellos el de sonorización de los actos y la instalación de pantallas que se adjudicó a Teconsa y que permitió a la red de Correa embolsarse más de un millón de euros en comisiones ilegales. Además, otro informe, en este caso de la Unidad de Auxilio Judicial al TSJ madrileño, desvela que la presidencia y la vicepresidencia del Gobierno valenciano, siete consejerías y ocho organismos públicos de la Generalitat adjudicaron entre 2004 y 2008 al menos 85 contratos a nueve empresas de la trama corrupta por 7,2 millones de euros. En la mayoría de los casos, se adjudicaron a dedo y se fraccionaron para evitar la convocatoria de concursos públicos.
Qué dice la sentencia del Supremo
La sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso EL PAÍS y que será trasladada a las partes en los próximos días, el alto tribunal asegura.
"Debemos declarar haber lugar a los recurso de casación con estimación del primero de los motivos por infracción de ley dirigidos por el Ministerio Fiscal y por la acusación popular (PSPV) frente al auto dictado por la sala civil y penal del TSJ de Valencia en fecha 1/08/2009, casando y anulando parcialmente el mismo en lo atinente al sobreseimiento libre de las actuaciones declarado en el apartado quinto de su parte dispositiva. Con reenvío de las mismas al magistrado instructor de la causa para que continué su tramitación en la forma legalmente procedente, con declaración de oficio de las costas de ambos recursos".
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