Pedreira rechaza anular el 'caso Gürtel' por las grabaciones a los abogados defensores
Los letrados de Francisco Correa y Pablo Crespo denunciaron que se violó el secreto de sus representados
El juez del caso Gürtel en Madrid, Antonio Pedreira, ha dictado hoy un fundamentado auto en el que desmonta la principal estrategia de las defensas de los 65 imputados para enterrar la investigación de la mayor trama de corrupción que afecta al PP desde el caso Naseiro. En su auto, que ocupa 59 folios, Pedreira demanda "cordura" y da un rapapolvos a los abogados que atacaron al juez Baltasar Garzón, -primer instructor del caso Gürtel- por haber ordenado intervenciones telefónicas entre los principales implicados en la trama y algunos de sus abogados. Según señala el juez, sobre algunos letrados existían indicios de connivencia con sus clientes para tratar de apartar del alcance de la justicia española "millones de euros" depositados por la trama en países extranjeros.
El instructor desestima íntegramente los recursos interpuestos por los abogados de José Luis Izquierdo (contable de la red corrupta que dirigía Francisco Correa) y Javier Nombela Olmos (ex vocal del PP de una junta de distrito de Madrid) en los que solicitaban la nulidad de las resoluciones dictadas por Garzón y referidas a la intervención de las comunicaciones telefónicas. En concreto, se trata de escuchas realizadas a los supuestos cabecillas de la trama -Francisco Correa, Pablo Crespo Sabaris y Antoine Sánchez- con sus abogados, en el centro penitenciario donde cumplen prisión por esta causa. Existe una conversación en la que, por ejemplo, Crespo y su abogado hablan de sacar el dinero depositado por la red en Suiza antes de que la justicia española bloque su salida.
"Debe respetarse el derecho de defensa y el secreto profesional [de los abogados], pero siempre y cuando no se pretenda con ello infringir otro precepto constitucional", señala Pedreira, en alusión a que este derecho "no es ilimitado" ni supone una patente de corso al letrado para colaborar en la comisión de un delito.
"La decisión de Garzón estaba justificada"
Las defensas pidieron la nulidad al entender que las intervenciones violaban lo dispuesto en el artículo 51,2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria (LGP, que permite a los directores de cárceles grabar conversaciones entre abogados y reclusos por orden judicial y en casos de terrorismo. Pedreira alude al artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite al juez pinchar teléfonos para investigar delitos sin excluir expresamente a nadie. Partiendo de que la decisión de Garzón "estaba justificada, puesto que existían indicios delictivos" en la conducta de algunos letrados, Pedreira señala que el citado artículo 579 "nada dice sobre la impenetrabilidad de las comunicaciones del abogado", ni "restringe la intervención de las comunicaciones a los abogados con carácter general", ni tampoco el artículo 51,2 de la LGP "restringe" los pinchazos en los que se puedan ver involucrados abogados a "supuestos de terrorismo".
Pedreira explica: "La profesión de la abogacía es digna, pero no puede disfrutar de privilegios discriminatorios frente a otras profesiones. De la misma forma que se puede adoptar la medida motivada de entrada y registro en los despachos profesionales, pueden de forma motivada acordarse las intervenciones de comunicaciones".
"La intervención no se adoptó arbitrariamente por el juzgado. El abogado realiza una función esencial en la sociedad. Ahora bien, en todas las épocas y en todos los tiempos, el abogado tenía el deber de respetar la ley. El respeto a la misma es la que conduce a la libertad de defensa. Los abogados tienen derecho a que se respete la libertad de defensa, que aquí fue respetada", contempla. Además, el TSJM declara la absoluta improcedencia del alcalde de la nulidad solicitada por los abogados, puesto que supone un abuso de la llamada doctrina del 'árbol envenenado que todo lo contamina'. Esta doctrina hace referencia a una metáfora legal empleada en algunos países para describir evidencia recolectada con ayuda de información obtenida ilegalmente.
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