Rechazada la demanda de los taxistas de Madrid contra Cabify por captación ilegal de clientes
El juez dice que la empresa no es responsable de los incumplimientos puntuales de sus chóferes
Un juzgado mercantil de Madrid ha rechazado la demanda por competencia desleal y violación de las normas de transporte que la Federación Profesional del Taxi de Madrid había interpuesto contra Cabify, al no haber podido demostrar los taxistas que la empresa haya inducido a sus conductores con licencia VTC (coches de alquiler con chófer) a cometer infracción alguna, como el captar clientes por la calle. El fallo indica que las normas invocadas para sustentar la presunta competencia desleal "no imponen ninguna obligación a las empresas (...) sino directamente a los titulares de las licencias VTC". El juez, no obstante, admite la existencia de lagunas legales para valorar el funcionamiento de estas plataformas de intermediación en los servicios de transporte discrecional de viajeros.
Carlos Nietos, magistrado sustituto en el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, subraya que no ha podido demostrarse que la empresa demandada "haya inducido a los titulares de estas licencias a cometer ninguna infracción, como circular captando clientes o careciendo de hoja de ruta". Además, sostiene que si los conductores hubieran cometido alguna infracción, "no ha resultado acreditado que Maxi Mobility Spain S.L. (Cabify) haya obtenido ninguna ventaja frente a sus posibles competidores".
La sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, subraya que Cabify exige a los conductores con los que contrata el respeto a la normativa reguladora y explica que un incumplimiento aislado no puede imputarse a la citada empresa. "Por ello, aunque puntualmente algún conductor hubiera podido conculcar esa disciplina, circulando por las vías públicas en busca de cliente o propiciando la captación de viajeros que no hubiesen contratado previamente el servicio, ello no significa que la adjudicación por la aplicación de la demandada de un servicio a ese conductor constituya a su vez otra infracción administrativa", dice el texto de la sentencia.
Además, resta importancia al informe elaborado por detectives contratados por los taxistas sobre supuestos incumplimientos de la normativa por parte de conductores con licencia VTC mediante la captación callejera de clientes. "El estacionamiento del vehículo en un lugar distinto del que corresponda al domicilio fiscal de la licencia ni demuestra que el conductor colaborador de Cabify circule para captar clientes ni que esté estacionado para propiciar dicha captación", subraya.
Miles de taxistas de toda España se manifestaron a finales de mayo en Madrid para protestar contra los vehículos de transporte con conductor (VTC), las que usan las empresas como Cabify y Uber. Los taxistas hicieron paros en la mayoría de las grandes ciudades. En Barcelona la huelga fue de 24 horas y en Madrid, de 12. Su principal reivindicación: que se limiten las licencias de VTC a una por cada 30 de taxis.
“Estamos satisfechos de que finalmente se haya hecho justicia y se demuestre la legalidad de nuestros servicios, como siempre hemos defendido. Desde nuestro origen en España en 2011, hemos operado estrictamente bajo el marco legal, cumpliendo con todos los requisitos requeridos por las Administraciones. Ahora, confiamos en que podamos seguir operando con tranquilidad sin que terceros se interpongan en el camino de la innovación y del derecho a elegir por parte del usuario”, ha señalado Mariano Silveyra, director de Cabify España.
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