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El ministro Rajoy ordenó empadronar a los irregulares

La resolución de julio de 1997 sobre inmigrantes sigue hoy vigente

La norma que obliga a que los ayuntamientos empadronen a todos los residentes en su municipio, independientemente de la situación legal de las personas a inscribir o incluso de las condiciones de salubridad de la vivienda que ocupan, fue aprobada por el Ministerio de Administraciones Públicas en julio de 1997, cuando lo dirigía Mariano Rajoy. La norma es clara: "En el padrón municipal deben estar dadas de alta todas las personas que habitan en el municipio, sean nacionales o extranjeras, y, en este último caso, tengan o no regularizada su situación en el Registro del Ministerio del Interior". Anteayer, el propio Rajoy insinuó que la norma que obliga a la inscripción universal en el padrón hay que modificarla.

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La norma de empadronamiento de 4 de julio de 1997 fue aprobada ante "la conveniencia de unificar los criterios de aplicación de estas normas y de ofrecer a los más de 8.000 ayuntamientos pautas que les permitan resolver de manera uniforme las cuestiones que les plantean sus vecinos en materia de empadronamiento", según se lee en la exposición de motivos.

Las disposiciones son claras en cuanto a los extranjeros: "El control de la permanencia en España de ciudadanos extranjeros corresponde al Ministerio del Interior, que se sirve para ello del registro de permisos de residencia (...) El ayuntamiento ni interviene en la concesión de permisos de residencia ni es competente para controlarlos". La obligación es reflejar en el padrón "el domicilio y las circunstancias de todas las personas que habitan en su término municipal, y de la misma manera que no debe controlar a través del padrón la legalidad o ilegalidad de la ocupación de la vivienda, tampoco debe realizar ningún control sobre la legalidad o ilegalidad de la residencia en territorio español de ninguno de sus vecinos".

Esto último es lo que pretende hacer el Ayuntamiento de Vic a partir del mes que viene y lo que, en la práctica, está haciendo el de Torrejón de Ardoz (Madrid). La norma que aprobó Rajoy insiste en que la misión municipal no es controlar la situación legal de la inmigración: "Una vez más debe reiterarse que la misión del padrón es constatar el hecho de la residencia y no controlar los derechos de los residentes". La resolución conjunta de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial señala que los inmigrantes deben presentar para empadronarse su tarjeta de extranjero (el NIE) o el pasaporte. La normativa subraya que el padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio. "En consecuencia", añade, "las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etcétera, e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el padrón, ya que la realidad es en ocasiones así". Es decir que, como ocurre en el caso de Torrejón, tampoco se puede reclamar que el solicitante de inscripción deba disponer de un espacio útil y habitable de la vivienda.

Rajoy (a la derecha) saluda a Duran (CiU) en julio de 1997.
Rajoy (a la derecha) saluda a Duran (CiU) en julio de 1997.

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