Condenados tres ‘mossos’ de Girona por tráfico de marihuana a penas de entre 9 y 10 años de cárcel
Los abogados de las defensas han anunciado que recurrirán la sentencia
La Audiencia de Girona ha condenado a tres mossos a penas de entre 9 y 10 años de cárcel por considerar que integraban un grupo criminal con roles bien definidos que se dedicaba a hurtar la marihuana que ellos mismos incautaban y posteriormente la sacaban a la venta por medio de un traficante local. La sentencia, que recoge casi en su totalidad la tesis de la Fiscalía, pone una pena superior al cabecilla del grupo, el cabo Salva Muntané, “organizador y líder”, de quien dice “el reproche es aún mayor” porque “no era un simple funcionario público, sino que era el encargado de la persecución y evitación de delitos y responsable de la unidad contra delitos de salud pública, y de los dos operativos en los que se sustrajo la droga”, por los que han acabado condenados. Los abogados de los tres policías, Carles Monguilod y Benet Salellas, han avanzado que recurrirán la sentencia.
La sentencia de la sección tercera de la que ha sido ponente el magistrado Juan Mora, condena a 10 años y 9 meses al cabo Muntané, por los delitos de pertenencia a grupo criminal (6 meses), tráfico de drogas (4 años y 3 meses), hurto continuado (2 años y medio), y falsedad documental cometida por funcionario público -mentían en los atestados sobre la cantidad de droga y su destrucción- (3 años y medio). A los otros dos agentes a sus órdenes, como policías y como delincuentes, Óscar Hernández y Joan Francesc Pozo, Kiku, les impone 9 años y 9 meses y 15 días y 10 años y un mes y un día, respectivamente. A Kiku le condena a 3 años y 7 meses por revelación de secretos, ya que consultó bases de datos policiales para tener información de otros traficantes que tenían tratos con su amigo y traficante local, Albert Borrell, a quien le pasó la información. Salva y Óscar, deberán pagar una multa de 14.245 euros cada uno y Kiku de 17.582 euros. Además, les inhabilita para ejercer como policías tanto en los Mossos como de cualquier otro cuerpo durante la condena.
Borrell ha sido condenado a 2 años y 3 meses de cárcel y a pagar 10.989 euros de multa y su mujer ha sido absuelta porque según el Tribunal Supremo “la convivencia con el traficante y el simple conocimiento y tolerancia sin prueba adicional son insuficientes para afirmar la coautoría de un delito de tráfico de drogas”.
Durante la vista oral, los mossos se declararon inocentes de unas acusaciones respaldadas con imágenes y audios captados por los investigadores de la Divisió d’Afers Internes (DAI). La Sala no ha dado credibilidad a todas las versiones que dieron de los hechos y para condenarles por los hechos del 30 de julio y de 2 de septiembre de 2020, -cuando cogieron droga de dos decomisos hechos esos días- destaca como “especialmente relevantes” las actas de registro en el domicilio de los acusados, sobre todo del matrimonio, así como las sonorizaciones de las conversaciones entre los acusados en el interior del vehículo policial sin logotipo, los informes (con imágenes y grabaciones) de vigilancias y seguimientos a los acusados y su geolocalización.
Como recogía el fiscal, Enrique Barata, en su escrito de acusación, la Sala aprecia la existencia de “un grupo criminal con dos subgrupos en los que Kiku es el enlace”. Salva es el cabecilla y Óscar “tienen un papel subordinado y de colaboración con su superior, acompaña a Salva y es quien participa, de forma directa en la sustracción y transporte de la droga tantos los 3′5 kg de cogollos –del 30 de julio- como las cinco bolsas de marihuana que llevan a casa de Kiku” el 2 de septiembre. Kiku “es el tercer escalón, no interviene directamente en la sustracción de la droga, aunque es conocedor de ello y sabe que la va a recibir. En contacto con Borrell, ambos participan en la venta de la misma”.
Durante la vista oral se escucharon 74 grabaciones telefónicas. Para el magistrado “existen pluralidad de llamadas entre Borrell y Kiku que permiten concluir que la relación entre ellos era en el orden delictivo”. Asimismo, indica que “del resultado de las intervenciones telefónicas de llamadas entre Kiku y Salva y las sonorizaciones del coche entre Salva y Óscar en las que mencionan a Kiku, le vinculan al actual delito de los otros dos acusados”. Destaca el magistrado como “muy significativa” la conversación en la que Salva le dice a Óscar “cuál debe ser la respuesta a dar si alguien se da cuenta de que algo ha pasado con los cogollos” –'los hemos mezclado con el resto de marihuana”, apunta.
Aunque los dos hechos juzgados son de 2020, el delator por el cual se inició la investigación, -un traficante encarcelado que les denunció, presuntamente, tras hacer tratos con ellos y sentir que no le habían protegido- aseguró que el cabo ya le propuso este “trapicheo” en 2006 y que duró hasta 2018, intermitentemente. La investigación de la DAI empezó en 2020. Creyó que mentía y era una venganza, sin embargo al contrastar llamadas y datos, vieron que era cierto. Las defensas pidieron la nulidad de toda la prueba porque el delator se incriminó y no fue atendido con abogado, pero la sentencia resuelve que esto sólo le afectaría a él, no a los mossos.
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